Ley que deroga la Ley que Establece el Impuesto al Débito Bancario
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Decreta
La siguiente,
Ley que deroga la Ley que Establece el Impuesto al Débito Bancario
Artículo 1.Se deroga la Ley que Establece el Impuesto al Débito Bancario, publicada en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.326 de fecha 01 de diciembre
de 2005 y demás normas dictadas en desarrollo de esta Ley.
Artículo 2.Los agentes de retención y percepción del impuesto al débito bancario, cumplirán los
deberes establecidos en la Ley que Establece el Impuesto al Débito Bancario, en virtud
de los hechos imponibles acaecidos con anterioridad a la entrada en vigencia de esta
Ley.
Artículo 3.La presente Ley que Deroga la Ley que Establece el Impuesto al Debito Bancario,
entrará en vigencia el segundo día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela.
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea
Nacional, en Caracas a los ocho días del mes de febrero del año dos mil seis. Año 195°
de la Independencia y 146° de la Federación.
Nicolás Maduro Moros
Presidente
Desirée Santos Amaral
Roberto Hernández
Primera Vicepresidente
Segunda Vicepresidente
Iván Zerpa Guerrero
José Gregorio Viana
Secretario
Subsecretario