Reforma Parcial De La Ley De Division Politico Territorial Del Estado Monagas
Descarga el documento en version PDF
DEL ESTADO MONAGAS
(NUMERO EXTRAORDINARIO)
Artículo 3º_ Los actos que registre la GACETA OFICIAL DEL ESTADO MONAGAS tendrán autenticidad y
entrarán en vigor desde que salgan publicados en ella.- (Decreto Ejecutivo del 3 de febrero de 1929).
La Ley quedará promulgada con el correspondiente "Cúmplase" y entrará en vigencia desde su publicación en la
Gaceta Oficial del Estado o en la fecha posterior que en ella se señale.- (Art. 72 de la Constitución del Estado).
Año LXVIII
Maturín, 29 de julio de 1998
S U M A R I O
Se reimprime por error de impresión en los Artículos 12 y 17 de la Reforma
Parcial de la Ley de División Político Territorial del Estado Monagas
del 27 de septiembre de 1994
La Asamblea Legislativa del Estado Monagas
en uso de sus atribuciones legales
DECRETA:
La siguiente,
Reforma Parcial de la Ley de División Político Territorial del Estado Monagas
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 2
Gaceta Oficial del Estado Monagas
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
Mánamo aguas arriba hasta un punto frente a la punta
Aramaya, y con el Esta do Bolívar sigue por el Orinoco
DEL ESTADO MONAGAS
aguas arriba hasta la desembocadura del río Los
Pozos, frente a la Isla de Fajardo; por el OESTE, linda
con el Estado Anzoátegui desde la confluencia del río
DECRETA:
Los Pozos hasta sus cabeceras, y de allí en línea
recta a I cabecera del río Uracoa, siguiendo en línea
recta la cabecera del río Yabito o Morichal Campereño
La siguiente,
luego continúa en línea recta a un punto en el río Yabo
situado a un kilómetro en línea recta agua arriba de la
desembocadura de la quebrada Aceital continúa por
Ley de Reforma Parcial de la Ley de División
el río Yabo aguas abajo hasta el Paso Morenero de
Político Territorial del Estado Monagas
donde prosigue en línea recta a l confluencia de los
ríos Claro y Morichal Largo, por el curso del río Claro
aguas arriba hasta su nacimiento, de donde sigue en
TITULO I
línea recta a la confluencia de los ríos Tigre y Oritupano,
DISPOSICIONES GENERALES
se sigue por el río Oritupano aguas arriba hasta su
cabecera y de all en línea recta a la boca de la
quebrada El Salto c Merecural, en el río Guanipa,
ARTÍCULO 1° - Se modifica el Artículo 3, con la
continuado por la que. brada aguas arriba hasta su
siguiente redacción:
cabecera y de aquí en línea recta pasando por el sitio
El Purgatorio hasta llegar al morichal del mismo
nombre, de este último punto se continúa en línea
ARTÍCULO 3° - El territorio del Estado está constituido
recta pasando por la Mesa Pelona, hasta la boca del
por veintisiete mil novecientos veinte kilómetros
río Tácata en el río Tonoro, de donde se sigue en línea
cuadrados (27.920km2) y cuyos límites generales son:
recta a la boca d• la quebrada Carapa en el río Amana,
por elNORTE, con el Estado Sucre a partir del cerro
continuando por la quebrada aguas arriba hasta su
El Diablo, donde nace el río Amana, punto trifinio entre
nacimientc en el cerro La Carapa, para luego bajar
los Estados Anzoátegui, Monagas y Sucre; se sigue
por el cerro Los Cantones al bajo de Chaguaramal
por la cresta de la Serranía del Turimiquire hasta el
continuándose en línea recta al Cerro Cuspural, se
cerro Los Caballos, de aquí se continúa por dicha fila
sigue por la fila de este cerro pasando por La Victoria
hasta cruzar el río Cocollar en el sitio llamado el Copey,
hasta el cerro El Baúl en la fila de Urica al sur de
de este último punto se sigue hasta el Cerro la
Mundo Nuevo, de aquí se sigue por el río Amana agua
Periquitera a pasar por la loma del Cantil hasta la
arriba hasta su nacimiento en el cerro Piedra Peluda,
quebrada Balbás y por ésta, aguas abajo hasta su
continuando por la fila hasta llegar al cerro E Diablo
confluencia con el río Guarapiche en el sitio
en la Serranía de Turimíquire, punto de partida.
denominado La Trampa; se continúa aguas abajo por
el río Guarapiche hasta la desembocadura de la
quebrada El Aguacate, localizada en el caserío
TITULO II
denominado Santana, se prosigue por la quebrada El
DE LA DIVISION POLITICO TERRITORIAL
Aguacate aguas arriba hasta su nacimiento en la
montaña del Aguacate; se sigue por dicha fila pasando
DEL ESTADO
por el cerro Las Cruces hasta el sitio Cerro Pelón en
CAPITULO I
la serranía de Cerro Negro, se continúa por la Cuchilla
de Paujicillo hasta el río Chorrerón o Santa María y
DE LOS MUNICIPIOS Y PARROQUIAS
por éste, aguas abajo hasta el cerro El Purgatorio
pasando por los cerros Carupanito y La Trampa hasta
el río El Naranjo, continuándose por este último aguas
ARTICULO 2° - Se modifica el Artículo 5, con la
abajo hasta encontrar la desembocadura de la
siguiente redacción:
quebrada El Caliche y por ésta, aguas arriba hasta su
confluencia con la quebrada La Paja Peluda, se sigue
por esta última, aguas arriba hasta el sitio Paja Peluda
ARTICULO 5° - El territorio del Estado Monagas es
y de aquí en línea recta cruzando la quebrada de
dividido en trece (13) Municipios que son: Acosta,
Bartolo o Juasjuillar hasta el cerro la Ceiba, siguiendo
Aguasay, Bolívar, Caripe, Cedeño, Ezequiel Zamora,
luego por la fila de la serranía de San Bonifacio hasta
Libertador, Maturín, Piar, Punceres, Santa Bárbara,
el nacimiento del río San Miguel y por éste, aguas
Sotillo y Uracoa.
abajo hasta su confluencia con el río San Juan por el
cual se continúa aguas abajo hasta su
desembocadura en la Barra de Maturín, en el Golfo
ARTICULO 3° - Se modifica el Artículo 6, con la
de Paria, donde concluye el lindero con el Estado
siguiente redacción:
Sucre; por el ESTE, linda con el Golfo de Paria, y con
el Estado Delta Amacuro por el caño Mánamo desde
su desembocadura en el Golfo de Paria hasta su origen
ARTICULO 6° - Los Municipios del Estado Monagas
en el río Orinoco; por el SUR, linda con el Estado
están constituidos de la siguiente manera:
Delta Amacuro por el Orinoco desde el origen del caño
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 3
a) MUNICIPIO ACOSTA: Cuya capital es la ciudad
en el ríoTonoro aguas abajo hasta la boca de Gabán;
de San Antonio, y en cuyo territorio se encuentra
por el Este, con cuatro líneas rectas dis criminadas
Parroquia San Francisco.
así: de la boca de Gabán a la boca del río Caris en el
río Guanipa, desde este punto hasta la boca de la
b) MUNICIPIO AGUASAY: Cuya capital es la
quebrada Las Gaviotas, en el río Ñato, de la boca de
ciudad de Aguasay.
Las Gaviotas a la confluencia de la quebrada Las
c) MUNICIPIO BOLIVAR: Cuya capital es la
Gaviotas y la quebrada El Latal, y de aquí a la
ciudad de Caripito.
confluencia de los ríos Tigre y Oritupano; por el Sur,
linda con el Estado Anzoátegui, por el río Oritupano
d) MUNICIPIO CARIPE: Cuya capital es la ciudad
desde su confluencia con el río Tigre hasta su
de Caripe, y en cuyo territorio se encuentran
cabecera; por el Oeste, con el Estado Anzoátegui,
Gaceta Oficial del Estado Monagas Parroquias El
por el lindero Oeste del Estado Monagas desde la
Guácharo, La Guanota, Teresén, Sabana de Piedra
cabecera del río Oritupano hasta las bocas del Tácata,
y San Agustín.
punto de partida.
e) MUNICIPIO CEDEÑO: Cuya capital es la ciudad
de Caicara, y en cuyo territorio se encuentran las
Parroquias Areo, San Félix y Viento Fresco.
ARTICULO 5° - Se modifica el Artículo 10, que pasa a
ser Artículo 11, con la siguiente redacción:
f) MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA: Cuya capital
es la ciudad de Punta de Mata y en cuyo territorio
se encuentra la Parroquia El Tejero.
ARTICULO 11° - Los límites del Municipio Cedeño son
g) MUNICIPIO LIBERTADOR: Cuya capital es la
los siguientes: por el Norte, con el Estado Anzoátegui
ciudad de Temblador, y en cuyo territorio se
por el río Los Chorros desde su desembocadura hasta
encuentran Las Parroquias Las Alhuacas,
su nacimiento en el cerro Piedra Peluda, sigue el cerro
Chaguaramas y Tabasca.
El Diablo en la Serranía del Turimiquire, desde este
punto lindado con el Estado Sucre hasta el punto
h) MUNICIPIO MATURIN: Cuya capital es la
donde arranca la fila de la montaña, desde aquí
ciudad de Maturín, y en cuyo territorio se
lindando con el Municipio Acosta por los linderos
encuentran las Parroquia Alto de Los Godos,
Oeste y Sur de dicho Municipio hasta el cerro Los
Boquerón, El Corozo, El Furrial, Jusepín, Las
Yaques; por el Este, el Municipio Piar desde el cerro
Cocuizas, La Pica, Santa Cruz, San Simón y San
Los Yaques; sigue por la fila Alto de las Cuspas, y de
Vicente.
este punto en línea recta al cerro de Aparicio, siguiendo
i) MUNICIPIO PIAR: Cuya capital es la ciudad de
por la fila a pasar por el cerro Azul, hasta el cerro
Aragua y en cuyo territorio se encuentran las
Palosanal, para continuar por la quebrada Jusepín
Parroquias Aparicio, Chaguaramal, El Pinto,
aguas abajo hasta la cabe cera de la quebrada
Guanaguana, La Toscana y Taguaya.
Curujural, y con el Municipio Maturín se continúa por
la quebrada Jusepín hasta el sitio Corocito, siguiendo
j) MUNICIPIO PUNCERES: Cuya capital es la
en línea recta a la cabe cera de Quebrada Seca, sigue
ciudad de Quiriquire, y en cuyo territorio se
en línea recta a un punto denominado la Mata de
encuentra la Parroquia Cachipo.
Mango en la carretera Potrerito-El Furrial; por el Sur,
k) MUNICIPIO SANTA BARBARA: Cuya capital
con el Municipio Maturín, desde el punto denominado
es la ciudad de Santa Bárbara.
la Mata de Mango en línea recta a la cabecera de la
Quebrada Arapia, continúa lindando con el Municipio
l) MUNICIPIO SOTILLO: Cuya capital es la ciudad
Ezequiel Zamora en línea recta a la Cruz de Rangel,
de Barrancas, y en cuyo territorio se encuentra la
sigue en línea recta al sitio Rincón de Santa Rita, de
Parroquia Los Barrancos de Fajardo.
aquí sigue el línea recta al sitio denominado El Pescado
m) MUNICIPIO URACOA: Cuya capital es la
en el río Amana, continúa lindando con el Municipio
ciudad de Uracoa.
Ezequiel Zamora hasta llegar a la desembocadura de
la quebrada Chaguaramita por la cual se sigue aguas
arriba hasta su cabecera, y de aquí una línea recta a
CAPITULO II
las bocas del río Tácata en el río Tonoro; por el Oeste,
los límites de los Estados Anzoátegui y Monagas
DE LAS DELIMITACIONES DE LAS ENTIDADES
comprendido entre las bocas del Tácata y la
MUNICIPALES QUE INTEGRAN
desembocadura del río Los Chorros, punto de partida.
EL ESTADO MONAGAS
ARTICULO 6° - Se modifica el Artículo 11, que pasa a
ser Artículo 12, con la siguiente redacción:
ARTICULO 4º- Se crea un nuevo Artículo, que será el
Artículo 8, con la siguiente redacción:
ARTICULO 12° - Los límites del Municipio Ezequiel
Zamora son los siguientes: Por el Norte, con el
ARTICULO 8° - Los límites del Municipio Aguasay son:
Municipio Cedeño en una línea recta desde el Rincón
por el Norte, linda con los Municipios Ezequiel Zamora
de Santa Rita a la Cruz de Rangel; por el Este, con el
y Santa Bárbara partiendo de las bocas del río Tácata
Municipio Cedeño, una línea recta desde la Cruz de
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 4
Gaceta Oficial del Estado Monagas
Rangel a la cabecera de la Quebrada Arapia, desde
Arenas en la meseta de Orocual, y sigue la quebrada
allí con el Municipio Maturín por la Quebrada Arapia,
Arenas, aguas abajo hasta su desembocadura en el
desde su nacimiento hasta su desemboca dura en el
río Punceres; continúa lindan do con el Municipio
río Amana; continúa por este río aguas abajo hasta la
Punceres, desde la confluencia de la quebrada Arenas
desembocadura de la Quebrada Masaguita, de allí en
con el río Punceres, se sigue aguas abajo hasta la
línea recta hasta los ejidos del Municipio Santa
boca del río Punceres en el río Guarapiche, de allí en
Bárbara en el punto de coordenadas UTM (N-1.066.620
línea recta hasta la confluencia del caño Dos Aguas
y E-428.420), continúa en línea recta, pasa por el río
con el río San Juan; con el Estado Sucre desde la
Queregua, la Quebrada los Cañaotes, la Quebrada
confluencia del caño Dos Aguas con el río San Juan
Sunsunes, el río Mapirito hasta el punto de
hasta la desembocadura de este río en el Golfo de
coordenadas UTM (N-1 .050.600 y E-428.400), en el
Paria en la barra de Maturín; por el Este, el Golfo de
río Tonoro; por el Sur, linda con el Municipio Maturín y
Paria y el Caño Mánamo, desde la desembocadura
desde el punto de coordenadas UTM (N-1.050.600 y
de éste en el Golfo de Paria hasta su confluencia en
E-428.400), en el río Tonoro, se sigue aguas arriba
el río Morichal Largo; por el Sur, con el Municipio
hasta las bocas de Tácata; Oeste, con el Municipio
Libertador, por el río Morichal Largo desde su
Cedeño, desde las bocas de Tácata hasta el Rincón
desembocadura en el caño Mánamo, aguas arriba
de Santa Rita, punto de partida.
hasta la boca del río Yabo y por este último, aguas
arriba hasta el paso Morenero; con el Estado
Anzoátegui, desde el paso Morenero en línea recta a
ARTICULO 7º- Se modifica el Artículo 12, que pasa a
la desembocadura del río Claro en río Morichal Largo,
ser Artículo 13, con la siguiente redacción:
y continúa aguas arriba del río Claro hasta su
cabecera; por el Oeste, los límites del Estado
Anzoátegui y los Municipios Aguasay, Santa Bárbara
ARTÍCULO 13° - Los límites del Municipio Libertador
y Ezequiel Zamora, comprendidos desde la cabecera
son los siguientes: Por el Norte, con el Municipio
del río Claro en línea recta hasta la confluencia de los
Maturín, de la confluencia del río Yabo en el río Morichal
ríos Tigre y Oritupano, de allí con Aguasay y pasando
Largo, aguas abajo por este último río hasta su
en línea recta hasta Las Gaviotas, se continúa en línea
desembocadura en el caño Mánamo; por el Este, con
recta desde es punto hasta la boca de Las Gaviotas
el Estado Delta Amacuro, el caño Mánamo desde la
en el río Ñato de aquí en línea recta a la boca del
desembocadura del río Morichal Largo hasta el sitio
Caris en el río Guanipa, de allí en línea recta hasta la
llamado Boca de Tabasca o de Uracoa, de allí con el
boca de quebrada El Gabán en el río Tonoro, desde
Municipio Uracoa se continúa aguas abajo por el río
es punto continúa limitando con el Municipio San
Tabasca hasta su confluencia con el río Uracoa; de
Bárbara aguas abajo del río Tonoro hasta la boca la
allí con el mismo Municipio Uracoa continúa aguas
quebrada Las Colmenas, de aquí en línea recta la boca
arriba por el río Tabasca hasta su nacimiento en la
de Los Pocitos en el río Mapirito, se continúa en línea
quebrada La Danta, y de allí en línea recta hasta la
recta hasta la confluencia del morichal El Hueso en el
confluencia de los morichales Morrocoy y Morrocoicito,
río Amana de donde continúa, agua arriba hasta la
y continúa en línea recta hasta la desembocadura del
desembocadura de la quebrada Arpía, desde este
morichal Cachimbo en el río Uracoa, y de este punto
punto limita con el Municipio Ezequiel Zamora hasta
en línea recta a la cabecera del río Los Pozos; por el
la cabecera de la quebrada Arpía, punto de partida.
Sur, el limite Oeste del Estado Monagas; comprendido
entre la cabe cera del río Los Pozos y el paso
Morenero; por el Oeste, con el Municipio Maturín,
ARTICULO 9° - Se modifica el Artículo 14, que pasa
desde el paso Morenero aguas abajo por el río Yabo
ser Artículo 15, con la siguiente redacción:
hasta su con fluencia con el río Morichal Largo, punto
de partida.
ARTICULO 15° - Los límites del Municipio Piar s los
siguientes: Por el Norte, desde el nacimiento de la
ARTICULO 8° - Se modifica el Artículo 13, que pasa a
quebrada La Alcantarilla en la Cuchilla de Guanaguana,
ser Artículo 14, con la siguiente redacción:
sigue por la fila hasta llegar al Alto Las D Sabanas,
continúa por la montaña de río Chiquito hasta el cerro
El Barrial continuando por La Cimarronera en la fila de
ARTICULO 14° - Los límites del Municipio Maturín son
la montaña de Santa María hasta el cerro Macanillar;
los siguientes: por el Norte, los linderos Sur de los
por el Este, desde el cerro Macanillar sigue por la fila
Municipios Cedeño, Piar y Punceres y en parte el
del cerro El Cantón pasando por el sitio llamado La
lindero Sur del Estado Sucre, discriminados así: con
Mata de Mango entre Buena Vista y la Bruja, hasta la
el Municipio Cedeño comprendido desde la cabecera
desembocadura de la quebrada El Caney en el río
de la quebrada Arapia hasta la cabecera de la
Punceres, continuando por este río hasta su
quebrada Curujural, de allí con el Municipio Piar desde
confluencia con la quebrada Arenas, la cual sigue
la cabecera de Curujural situada en la quebrada
aguas arriba hasta nacimiento en la meseta de
Jusepín, pasa por dicha cabecera y por la quebrada
Orocual, de este punto en línea recta hasta el sector
Curujural aguas abajo hasta su desemboca dura en
El Nevero en la quebrada Barrancas; por el Sur, la
la quebrada Barrancas, por ésta aguas abajo hasta el
quebrada de Barracas desde El Nevero aguas arriba
sitio El Nevero, de aquí en línea recta pasando por la
hasta su confluencia con la quebrada Curujural, y por
curva de Guayabal hasta la cabecera de la quebrada
ésta aguas arriba hasta su nacimiento hasta encontrar
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 5
la quebrada Jusepín, por el Oeste, el límite Este del
en el río Uracoa, se continúa por éste aguas abajo
Municipio Cedeño, entre el punto arriba indicado y el
hasta llegar al punto de coordenadas Latitud Norte
cerro Los Yaques; y desde aquí el límite Este del
8° 46’30” y Longitud 62° 29’ en el río Uracoa, luego se
Municipio Acosta hasta el nacimiento de la quebrada
continúa en línea recta hasta llegar a la cabecera de
La cantarilla, punto de partida.
la quebrada La Dominga, desde aquí se sigue en línea
recta hasta llegar al punto de coordenadas Latitud
Norte 8° 50’43” y Longitud 62° 16’15” en Punta de
ARTICULO 10º - Se modifica el Artículo 15, que pasa
Ventorrillo, luego se sigue en línea recta hasta llegar
a ser Artículo 16, con la siguiente redacción:
a La Punta en la Isla de Coporito; por el Este, partiendo
del sitio La Punta de la Isla de Coporito se sigue aguas
arriba por el caño Mánamo hasta su margen en el río
ARTICULO 16° - Los límites del Municipio Punceres
Orinoco; por el Sur, el río Orinoco se sigue aguas
son los siguientes: Por el Norte, con el Municipio
arriba des de el origen del caño Mánamo hasta llegar
Bolívar, por el río Azagua, desde su nacimiento hasta
a la des embocadura del río Los Pozos en el río
su desembocadura en el río San Juan, con Estado
Orinoco; por el Oeste, con el Estado Anzoátegui desde
Sucre con el río San Juan aguas abajo hasta la
la desembocadura del río Los Pozos hasta la cabecera
desembocadura del caño Dos Aguas; por el Este, linda
del mismo río, continuándose en línea recta por el
con el Municipio Maturín por una línea recta entre la
límite Este del Municipio Libertador, desde la cabecera
desembocadura del caño Dos Aguas en el río San
de Los Pozos hasta la desembocadura del morichal
Juan y la confluencia de los ríos Guarapiche y
Cachimbo en el río Uracoa, punto de partida.
Punceres; por el Sur, linda con el Municipio Maturín
por el río Punceres desde su confluencia con el río
Guarapiche aguas arriba hasta la d embocadura de la
ARTICULO 13° - Se crea un nuevo Artículo, que será
quebrada Arenas continúa Iindando con el Municipio
el Artículo 19, con la siguiente redacción:
Piar desde la boca de la queb da Arenas, por el río
Punceres hasta la quebrada Caney; por el Oeste, linda
con el Municipio F desde la boca de la quebrada El
ARTICULO 19° - Los límites del Municipio Uracoa son
Caney en línea recta hasta la Mata de Mango, desde
los siguientes: Por el Norte, con el Municipio
este punto sigue en línea hasta la fila del Cantón y
Libertador, linda con el río Tabasca desde la des
desde este punto hasta el cerro Macanillar, y con el
embocadura del morichal El Isleño, aguas abajo hasta
Municipio Caripe siguiendo por la fila del cerro
su confluencia con el río Uracoa y por éste, aguas
Macanillar a la cabecera del río Azagua, punto de
abajo hasta la desembocadura en el caño Mánamo,
partida.
por el que sigue lindando con el Estado Delta Amacuro,
aguas arriba hasta la punta de la Paloma frente a
Tucupita; por el Este, con el Estado Delta Amacuro,
ARTICULO 11° - Se crea un nuevo Artículo, que será
el caño Mánamo desde la punta de la Paloma, aguas
el Artículo 17, con la siguiente redacción:
arriba hasta llegar a La Punta en la Isla de Coporito;
por el Sur, el lindero comprendido entre La Punta en
la Isla de Coporito, continuando en línea recta hasta
ARTICULO 17° - Los límites del Municipio Santa
llegar al punto de coordenadas Latitud Norte 8° 50’43”
Bárbara son: Por el Norte, con el Municipio Ezequiel
y Longitud Oeste 62° 16’15” en Punta de Ventorrillo,
Zamora, por el río Amana desde la boca de la quebrada
desde este punto sigue en línea recta hasta llegar a
de Masagüita hasta la boca de la quebrada Arapia y
la naciente de la quebrada La Dominga, limitando
desde aquí con la Parroquia El Furrial, hasta la boca
desde aquí con el límite Este de la Parroquia Los
del morichal El Hueso; por el Este, con una línea recta
Barrancos de Fajar do en línea recta hasta un punto
desde la boca del morichal El Hueso en el río Amana,
en el río Uracoa de coordenadas Latitud Norte 8° 46’30
a la boca del morichal Los Pocitos en el río Mapirito y
y Longitud 62° 29’, de este punto se continúa aguas
de aquí en línea recta a la boca de la quebrada Las
arriba por el río Uracoa hasta la desembocadura del
Colmenas en el río Tonoro; por el Sur, con el río Tonoro
morichal Cachimbo; por el Oeste, con el límite Este
desde la boca de Las Colmenas hasta la boca de la
del Municipio Libertador comprendido desde la
quebrada El Gabán y de allí con el Municipio Aguasay
desembocadura del morichal Cachimbo en el río
hasta el punto de coordenadas UTM (N-1 .050.600 y
Uracoa hasta el río Tabasca en la boca del morichal
E-428.400) en el río Tonoro; por el Oeste, con el
El Isleño, punto de partida.
Municipio Ezequiel Zamora desde ese punto hasta la
boca de la quebrada Masagüita en el río Amana, punto
de partida.
CAPITULO III
DE LAS DELIMITACIONES DE LAS
ARTICULO 12° - Se modifica el Artículo 16, que pasa
PARROQUIAS CONSTITUIDAS DENTRO DE
a ser Artículo 18, con la siguiente redacción:
LOS TERRITORIOS DE LOS MUNICIPIOS
ARTICULO 18° - Los límites del Municipio Sotillo son
ARTICULO 14° - Se modifica el Artículo 17, que pasa
los siguientes: Por el Norte, con el Municipio Uracoa
a ser Artículo 20, con la siguiente redacción:
partiendo de la desembocadura del morichal Cachimbo
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 6
Gaceta Oficial del Estado Monagas
ARTICULO 20° - Los límites de la Parroquia San
desde el cerro El Toro en línea recta hasta la
Francisco, constituidos dentro del territorio del
quebrada El Guamo y de allí en línea recta hasta
Municipio Acosta, son los siguientes: Por el Norte,
la quebrada de Cerro Negro, punto de partida.
partiendo desde la quebrada Balbás sigue aguas abajo
c) De la Parroquia Teresén: Por el Norte, linda
hasta su confluencia con el río Guarapiche, y por este
con el Estado Sucre, desde el cerro El Palmar
río hasta su confluencia con la quebrada El Aguacate,
continuando por la serranía de San Bonifacio hasta
por ésta aguas arriba hasta su nacimiento en la
el nacimiento del río San Miguel; por el Este, linda
montaña El Aguacate y sigue por su fila hasta el Cerro
con el Oeste del Municipio Bolívar desde la
Pelón en la serranía de Cerro Negro; por el Este, linda
cabecera del río San Miguel en línea recta hasta
con el Municipio Caripe, desde el Cerro Pelón en la
la cabecera del río Azagua; por el Sur, tímita con
serranía del Cerro Negro hasta Cerro Negro; por el
el Norte del Municipio Punceres desde la cabecera
Sur, desde Cerro Negro cruza la quebrada El Palmar
del río Azagua hasta el cerro El Rincón,
o Banqueado, continúa por la fila de Cerro Grande,
continuando desde allí con el Norte del Municipio
cruza el río Guarapiche en el sitio denominado Los
Piar pasando por la fila Macanillar y la fila
Mangos, continúa por fila Tristé, el cerro Los Yépes
Cimarronera hasta el cerro Las Dos Sabanas; por
hasta el cerro de Agua Fría; por el Oeste, partiendo
el Oeste, linda con Caripe y las Parroquias San
del cerro Agua Fría sigue por el cerro de Los Caballos,
Agustín y La Guanota, desde el cerro Las Dos
sigue por éste a cruzar el río Cocollar en el sitio El
Sabanas pasa por el cerro El Perú, el río Caripe,
Copey, continúa por el cerro La Periquitera y por la
el sector las Delicias, Buena Vista hasta llegar a
loma del Cantil hasta encontrarse con la quebrada
la fila El Páramo, y de aquí hasta el cerro El Palmar,
Balbás, punto de partida.
punto de partida.
d) De la Parroquia Sabana de Piedra: Por el
ARTICULO 15° - Se modifica el Artículo 18, que pasa
Norte, linda con el límite de los Estados Monagas
a ser Artículo 21, con la siguiente redacción:
y Sucre comprendido desde el río Santa María o
Chorrerón, hasta la desembocadura de la quebrada
El Caliche en el río Naranjo; por el Este, linda con
ARTICULO 21° - Los límites de las Parroquias El
el límite Norte de la Parroquia La Guanota desde
Guácharo, La Guanota, Teresén, Sabana de Piedra y
la desembocadura de la quebrada El Caliche, sigue
San Agustín, constituidos dentro del territorio del
por éste, pasa por el cerro El Monagal hasta el
Municipio Caripe, son los siguientes:
sitio denominado Culantrillar; por el Sur, continúa
lindando con la Parroquia La Guanota, desde el
sitio denominado Culantrillar, pasa por los sitios
a) De la Parroquia El Guácharo: Por el Norte,
llamados Altamira y Juan Largo, sigue por el cerro
linda con el límite Suroeste de la Parroquia San
Los Manantiales, corta la quebrada El Guamo
Agustín, constituido entre Cerro Negro hasta el
hasta la quebrada Cerro Negro en el punto UTM
cerro El Guácharo; por el Este, desde el cerro El
(N-1.129.100 y E-438.300); por el Oeste, linda con
Guácharo en línea recta hasta un punto en el río
el límite Norte de la Parroquia San Agustín, desde
Caripe de coordenadas UTM (N-1.123.500 y E-
la quebrada Cerro Negro hasta el río Santa María
442.900); por el Sur, linda con el Municipio Piar
o Chorrerón, punto de partida.
desde el punto en el río Caripe de coordenadas
e) De la Parroquia San Agustín: Por el Norte,
UTM (N-1.123.500 y E-442.900), aguas arriba hasta
linda con el límite Oeste de la Parroquia Sabana
su cabecera en el cerro La Placeta, se continúa
Piedra, desde el río Santa María hasta la quebrada
por la quebrada La Alcantarilla hasta el límite Este
Cerro Negro, de aquí linda con el límite Oeste de
del Municipio Acosta en el cerro La Laguna; por el
Parroquia La Guanota, pasando por la quebrada
Oeste, linda con el límite Este del Municipio Acosta
Guamo y de aquí hasta Cerro Grande; por el Este
en el cerro La Laguna hasta Cerro Negro, punto de
con la Parroquia Teresén desde Cerro Grande hasta
partida.
el sitio denominado Las Delicias; por el Sur, de de
b) De la Parroquia La Guanota: Por el Norte,
el sitio denominado Las Delicias sigue en línea
linda con el límite Sureste de la Parroquia Sabana
recta hasta el cerro El Guácharo, de allí con el
de Piedra, desde la quebrada de Cerro Negro en el
límite Norte de la Parroquia El Guácharo, desde el
punto de coordenadas UTM (N-1.129.100 y E-
cerro El Guácharo hasta Cerro Negro, continuando
438.300), continúa por el cerro Los Manantiales,
por el limite Este del Municipio Acosta hasta la
sigue por el sector Juan Largo, continúa por el cerro
quebrada Barbascal; por el Oeste, con el límite
Culantrillar y El Monagal hasta llegar a la
Norte d Estado Monagas y Sucre, comprendido
desembocadura de la quebrada El Caliche; por el
entre la quebrada Barbascal hasta el río Santa
Este, con el límite del Estado Monagas y Sucre
María, punto partida.
desde la des embocadura de la quebrada El Caliche
en el río Naranjo hasta el cerro El Palmar; por el
Sur, linda con la Parroquia Teresén y San Agustín
ARTICULO 16º- Se modifica el Artículo 19, q pasa a
desde el cerro El Palmar pasando por la quebrada
ser Artículo 22, con la siguiente redacción:
El Aguacate, el cerro El Zumbador, la fila de El
Páramo hasta llegar al cerro El Toro; por el Oeste,
continúa limitando con la Parroquia San Agustín,
ARTICULO 22º- Los límites de las Parroquias Areo,
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 7
San Félix y Viento Fresco, constituidos dentro del
constituidos dentro del territorio del Municipio Ezequiel
territorio del Municipio Cedeño son los siguientes:
Zamora, son los siguientes: Por el Norte, linda con el
Municipio Ezequiel Zamora, desde el sitio denominado
a) De la Parroquia Areo: Por el Norte, linda con
El Pescado en el río Amana se sigue aguas abajo
Estado Anzoátegui, por el río Bucaral o los Chorros
hasta llegar a la desembocadura de la quebrada
desde su boca en el río Amana, hasta su nacimito
Masagüita en el río Amana; por el Este, desde la
en el cerro El Diablo en la Serranía de Turimiquire,
desembocadura de la quebrada Masagüita, hasta el
por ésta linda con el Estado Sucre hasta el punto
punto UTM (N-1 .066.620 y E- 428.420), en el Municipio
donde arranca la fila de la montaña, desde e punto
Santa Bárbara, continúa en línea recta hasta el río
linda con el Municipio Acosta por el lindero Oeste
Tonoro en el punto UTM (N-1 .050.600 y E-428.400);
de dicho Municipio hasta el cerro Los Horconcitos;
por el Sur, linda con el límite Norte del Municipio
por el Este, linda con la Parroquia San Félix desde
Aguasay, desde el punto UTM (N-1 .050.600 y E-
los Horconcitos en línea recta hasta el Cerro de
428.400), en el río Tonoro, continúa por éste aguas
las Vacas, continúa por la fila de Volad hasta la
arriba, hasta las bocas de Tácata; por el Oeste, linda
confluencia de los ríos Oro y Chacaracual sigue
con el límite Sur de la Parroquia Areo, comprendido
por el sitio denominado La Fábrica, pasa Bijagual,
desde las bocas de Tácata hasta el sitio denominado
Punta de Piedra, Punta de Rondón, Rincón de
El Pescado, punto de partida.
Santa Rita, y desde este punto lindando el Oeste
del Municipio Ezequiel Zamora en línea recta hasta
el sitio el Pescado en el río Amana; por el Sur,
ARTICULO 18° - Se modifica el Artículo 21, que pasa
continúa lindando con el Oeste del Municipio
a ser Artículo 24, con la siguiente redacción:
Ezequiel Zamora, desde el Pescado sigue aguas
arriba hasta la quebrada Chaguaramita hasta su
naciente y de allí continúa en línea recta hasta las
ARTICULO 24° - Los límites de las Parroquias
bocas del río Tácata con el río Tonoro; por el Oeste
Chaguaramas, Las Alhuacas y Tabasca, constituidos
linda con el Estado Anzoátegui por el lindero Oeste
dentro del Territorio del Municipio Libertador son los
del Estado Monagas, comprendido entre las bocas
siguientes:
del Tácata y la boca del río Bucaral o Los Chorros,
punto de partida.
a) De la Parroquia Chaguaramas: Por el Norte,
desde el paso Morenero, en el río Yabo continúa
b) De la Parroquia San Félix: Por el Norte, linda
en línea recta hasta las cabeceras del morichal
con el Municipio Acosta por el lindero Sur de dicho
Morrocoy, continúa por éste aguas abajo hasta su
Municipio comprendido entre los cerros
unión con el morichal Morrocoicito; por el Este con
Horconcitos y Yaques; por el Este, linda por el
el límite Oeste del Municipio Uracoa desde la unión
Oeste del Municipio Piar; comprendido entre el c
del río Morrocoy y morichal Morrocoicito, continúa
los Yaques y el cerro Palosanal; por el Sur,
en línea recta hasta la desembocadura del morichal
partiendo del cerro Palosanal, pasando por el cerro
Cachimbo en el río Uracoa, desde aquí con el límite
las Cuibas, el cerro El Macal, sigue a la cabecera
Oeste de la Parroquia Los Barrancos de Fajardo
de la quebrada La Cruz y de allí aguas abajo hasta
en línea recta a la cabecera del río Los Pozos; por
su desembocadura en el río Guarapiche, continúa
el Sur y el Oeste, con el límite Oeste del Estado
en línea recta hasta encontrarse con el río Oro en
Monagas, comprendido entre la cabecera del río
el punto UTM (N-1 .090.000 y E-422.000), de aquí
Los Pozos y el paso Morenero, punto de partida.
continúa en línea recta hasta el sitio denominado
La Fábrica; por el Oeste, linda con la Parroquia
b) De la Parroquia Las Alhuacas: Por el Norte,
Areo, por el lindero Este de dicha Parroquia,
con el límite Sur del Municipio Maturín,
comprendido entre el sitio La Fábrica y el cerro
comprendido desde la boca de la laguna
Los Horconcitos, punto de partida.
Guasacónica sigue aguas abajo por el río Morichal
Largo hasta la des embocadura del río Tigre, y de
c) De la Parroquia Viento Fresco: Por el Norte
allí en línea recta hasta la confluencia del caño
y el Este, desde el río Oro en el punto UTM (N
Guamal en el río El Mamo; por el Este, desde la
1.090.000 y E-422.000), continúa por dicho río
desembocadura del caño Guamal en el río El
aguas abajo hasta la boca del río Sucio y de aquí
Mamo, continúa en línea recta hasta un punto de
aguas arriba hasta sus cabeceras; por el Sur, linda
coordenadas Latitud 9° 05’30”, Longitud 62° 27’00”
con el límite Norte del Municipio Ezequiel Zamora,
en el río Simara; por el Sur, desde el punto anterior,
comprendido desde las cabeceras del río Sucio
continúa por el río Simara, aguas arriba hasta el
hasta el Rincón de Santa Rita; por el Oeste, linda
morichal Las Puerticas, en el punto de coordenadas
con la Parroquia Areo, comprendido desde el
geográficas Lat. 9° 3’00” y Long. 62° 33’00” en el
Rincón de Santa Rita hasta río de Oro en el punto
límite Este del Municipio Libertador comprendido
UTM (N 1.090.000 y E-422.000), punto de partida.
desde el morichal Las Puerticas en línea recta
hasta la boca de la laguna Guasacónica, en el
límite Sur del Municipio Maturín punto de partida.
ARTICULO 17° - Se modifica el Artículo 20, que pasa
a ser Artículo 23, con la siguiente redacción:
c) De la Parroquia Tabasca: Por el Norte, con
el Municipio Maturín, desde la desembocadura del
río Tigre en el río Morichal Largo hasta la
ARTICULO 23° - Los límites de la Parroquia El Tejero,
desemboca dura de éste en el Caño Mánamo; por
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 8
Gaceta Oficial del Estado Monagas
el Este, con el Estado Delta Amacuro, el Caño
límite Sur de la Parroquia Chaguaramal
Mánamo desde la desembocadura del río Morichal
comprendido desde la intersección entre las
Largo hasta la desembocadura del río Uracoa; por
nacientes de las quebradas Jusepín y Curujural,
el Sur, con el Municipio Uracoa, por el río Uracoa
continúa aguas abajo de la quebrada Curujural
hasta su con fluencia con el río Tabasca, sigue
hasta la desembocadura de la quebrada Las Piñas
por el río Tabasca aguas arriba hasta la
en la quebrada Barrancas; por el Este, desde la
desembocadura del morichal El Isleño; por el
quebrada Las Piñas continúa en línea recta hasta
Oeste, con el Municipio Libertador, desde la
la boca de la quebrada Carne Asada en el río Rusio
desembocadura del morichal El Isleño, en línea
Viejo, desde allí continúa en línea recta por la
recta hasta la desembocadura del morichal las
quebrada Candelaria y de aquí aguas abajo hasta
Puerticas en el río Simara en el punto de
su desembocadura en el río Guarapiche; por el
coordenadas geográficas Lat. 9° 3´00" y Long.
Sur, linda con el límite Norte de la Parroquia El
62° 33’00”, desde aquí con los límites Sur, Este y
Furrial, desde ese punto y continúa por el río
Norte de la Parroquia Las Alhuacas comprendidos
Guarapiche, aguas arriba hasta la desembocadura
desde la desembocadura del morichal Las
de Quebrada Seca en el mismo río; por el Oeste,
Puerticas en el río Simara sigue por el punto de
linda con el Municipio Cedeño, desde la des
coordenadas geográficas Lat. 9° 05’30” y Long.
embocadura de Quebrada Seca en el río
62° 27’00” aguas abajo del río Simara, continúa en
Guarapiche hasta la intersección entre las
línea recta hasta la desembocadura del caño
nacientes de las quebradas Jusepín y Curujural,
Guamal en el río Mamo y de aquí en línea recta
punto de partida.
hasta la desembocadura del río Tigre en el río
d) De la Parroquia La Pica: Por el Norte, desde
Morichal Largo, punto de partida.
el río Guarapiche en el punto UTM (N-1.089.200,
E-490.900), continúa por el mismo hasta la
desembocadura del río Punceres en el río
ARTICULO 19° - Se modifica el Artículo 22, que pasa
Guarapiche, de aquí con el límite del Municipio
a ser Artículo 25, con la siguiente redacción:
Punceres hasta la desembocadura del Caño Dos
Aguas en el río San Juan, continúa por este río
hasta la desembocadura en el Golfo de Paria, en
ARTICULO 25° - Los límites de las Parroquias El
la Barra de Maturín; por el Este, el Golfo de Paria,
Corozo, El Furrial, Jusepín, La Pica, San Vicente, San
en la Barra de Maturín hasta la boca de Guanipa;
Simón, Alto de Los Godos, Las Cocuizas, Boquerón
por el Sur, desde la Boca de Guanipa, aguas arriba
y Santa Cruz constituidos dentro del territorio del
hasta la boca de Amana, pasa por la
Municipio Maturín son los siguientes:
desembocadura del río Amana en el río Guanipa,
a) De la Parroquia el Corozo: Por el Norte, par
continúa por el río Amana hasta el sitio denominado
tiendo del río Guarapiche en el punto UTM (N-
Los Cañitos; por el Oeste, desde Los Cañitos sigue
1.073.000, E-456.400), continuando por el mismo
en línea recta hasta el sitio denominado Altamira,
hasta la desembocadura del río Rusio Viejo en el
y de aquí en línea recta hasta el caño Juanico en
río Guarapiche; por el Este, desde ese punto
un punto de coordenadas UTM (N-1.077.800, E-
continúa en línea recta, atraviesa la carretera que
489.300), continúa por los ejidos del Municipio
conduce a la ciudad de Maturín, hasta el punto
Maturín en línea recta hasta el punto de
UTM (N-1.065.000, E-464.000), en el río Amana;
coordenadas UTM (N-1.089.200, E-490.000), en
por el Sur, desde ese punto continúa por el río
el río Guarapiche, punto de partida.
Amana aguas arriba hasta el punto UTM (N-
e) De la Parroquia San Vicente: Por el Norte
.1.067.0000, E-455.400); por el Oeste, desde ese
des de la desembocadura del río Rusio Viejo en el
punto sigue en línea recta atraviesa la carretera
río Guarapiche, sigue por dicho río hasta la
que conduce a la ciudad de Maturín hasta el punto
desembocadura de la quebrada Boconó en el río
UTM (N-1.073.000 y E-456.400), en el río
Guarapiche; por el Este, desde la desembocadura
Guarapiche, punto de partida.
de la quebrada Boconó en el río Guarapiche, sigue
b) De la Parroquia El Furrial: Por el Norte, linda
en línea recta, corta la quebrada La Guacharaca,
con la Parroquia Jusepín, comprendido desde la
sigue i la quebrada El Zanjón aguas arriba hasta la
des embocadura de Quebrada Seca en el río
carrera que conduce a Maturín en el punto UTM
Guarapiche hasta el punto UTM (N-1.073.000, E-
(N-1.074.000, E-471.100); por el Sur, desde su
456.400); por el Este, desde ese punto continúa
punto continúa por la carretera que conduce a El
en línea recta hasta el río Amana en el punto UTM
Corozo hasta el punto UTM (N-1.072.400, E-
(N-1.067.000, E-455.400); por el Sur, desde ese
462.900); por el Oeste, desde ese punto continúa
punto continúa por el río Amana aguas arriba, hasta
en línea recta hasta la desembocadura de la
la desemboca dura de la quebrada Arapia en el río
quebrada Rusio Viejo en el río Guarapiche, punto
Amana; por el Oeste, linda por el límite Este de
de partida.
los Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, desde
f) De la Parroquia San Simón: Parroquia Urbana
la desemboca dura de la quebrada Arapia en el río
constituida por el área que encierra la poligonal
Amana hasta la desembocadura de la Quebrada
que se origina en la Av. Ugarte Pelayo, en el puente
Seca en el río Guarapiche, punto de partida.
sobre el río Guarapiche, continúa desde allí con
c) De la Parroquia Jusepín: Por el Norte, con el
rumbo sur-este por la misma avenida y luego a lo
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 9
la de la Av. Raúl Leoni hasta unirse con la Av.
Guarapiche con la línea de los ejidos formada por
Libertador, que a su vez, la limita por el sur
los puntos F, G y H. De allí en rumbo Oeste y
conjuntamente con la vía hacia la Cruz desde el
siguiendo el curso del río Guarapiche hasta el
punto donde unen ambas vías hasta la intersección
territorio de la Parroquia San Vicente. De allí
de esta ultima con la poligonal que por el Oeste
continúa con rumbo Sur sobre el límite Este de la
de Maturín delimita la ampliación de los ejidos,
Parroquia San Vicente hasta intersectarse con el
efectuada en el año 1786, ubicada en la altura del
río Amana, continuando luego con rumbo Este por
vértice noreste del Fuerte Paramaconi. A partir de
el cause del río Amana hasta intersectarse con la
este punto continúa con rumbo Nor-este, y sobre
prolongación de la línea conformada en parte por
la misma línea de la poligonal de ejidos hasta
los puntos F y G de los ejidos de Maturín. De allí
intersectarse con río Guarapiche, que cierra la
en rumbo Norte y en la misma dirección de la
poligonal siguiendo desde ese punto la dirección
prolongación de la línea F y G de la poligonal hasta
de su lecho hasta u se en el punto de origen,
unirse con el punto F, cuyas coordenadas son:
ubicado en la Av. Ugarte Pelayo en el puente sobre
(N-1.072.870, E-473.800), continuando así por la
el río.
línea Oeste que define los ejidos municipales
pasando por el punto G cuyas coordenadas son:
g) De la Parroquia Alto de Los Godos: Parroquia
(N-1.074.770, E-473.730), hasta cerrar la poligonal
urbana constituida por el área que encierra la
en el punto de intersección formado por el cruce
poligonal que se origina en la Av. Libertador cruce
de la línea G y H de los ejidos, con el curso del río
Av. Raúl Leoni, y que continúa por esta última con
Guarapiche.
rumbo Sur hasta intersectarse con la poligonal por
ese viento define los ejidos de Maturín, se
mediciones de Luis Chávez y Mendoza de 1783
ARTICULO 20º- Se modifica el Artículo 23, que pasa
desde este punto y siguiendo rumbo oeste aya
a ser Artículo 26, con la siguiente redacción:
por la línea de ese polígono, hasta llegar al vértice
de coordenadas UTM (N-1.071.720, E-477.890).
allí continúa también con dirección Oeste, hasta
ARTICULO 26° - Los límites de las Parroquias Aparicio,
punto F, también definidos en la poligonal de ejidos
Chaguaramal, El Pinto, Guanaguana, La Toscana y
cuyas coordenadas son: (N-1.072.870, E-473.81
Taguaya, constituidos dentro del territorio del Municipio
Luego continúa desde el punto F con dirección
Piar, son los siguientes:
Norte y sobre la línea el Oeste define la dotación
año 1786, hasta intersectarse con la vía La Cruz-
a) De la Parroquia Aparicio: Por el Norte, con
Maturín, a la altura del vértice Nor-oeste del Fuerte
el límite Oeste de la Parroquia Guanaguana,
Paramaconi, desde donde continúa con rumbo
comprendido desde el cerro Aparicio hasta el Cerro
Este por la vía La Cruz-Maturín, hasta la Av.
Grande; por el Este, desde Cerro Grande hasta
Libertador que a su vez cierra el polígono en su
las Cabeceras del río Taguaya, continúa por éste
intersección con la Av. Raúl Leoni.
hasta el punto UTM (N-1.104.000 y E-446.400);
por el Sur, desde ese punto continúa en línea recta,
h) De la Parroquia Las Cocuizas: Parroquia
pasa por el río Aragua, de allí a la quebrada
urbana constituida por el área que circunda la
Tenteduro hasta sus cabeceras en Cerro Azul; por
poligonal que se origina en la Av. Ugarte Pelayo en
el Oeste, con el límite Este del Municipio Cedeño,
el puente sobre el río Guarapiche, y continúa
comprendido desde Cerro Azul hasta el cerro
siguiendo el curso del río, hasta intersectarse con
Aparicio, punto de partida.
la poligonal que delimita los ejidos de Maturín en
el sector Nor-este, según medición de Luis Chávez
b) De la Parroquia Chaguaramal: Por el Norte,
y Mendoza. Desde allí continúa con rumbo Este
partiendo del cerro El Palosanal en línea recta
hasta llega punto B de la misma poligonal y cuyas
hasta la cabecera de la quebrada La Soledad,
coordenadas son: (N-1.085.070, E-489.100). De
aguas abajo hasta la desembocadura de ésta en
allí parte con rumbo Sur hasta el punto C cuyas
el río Azagua, se continúa por éste aguas arriba
coordenadas son: (N-1.070.500, E-487. 150).
hasta la desembocadura de la quebrada Rondón,
Luego continúa con rumbo Oeste por la línea que
aguas arriba hasta el cerro Ramírez; por el Este,
limita por el Sur del Esta do Monagas. Luego
linda con la Parroquia El Pinto, desde el cerro
siguiendo rumbo Norte y en la misma dirección de
Ramírez en la cabecera del río Orocual, bordea la
la carretera del sur y avenida Raúl Leoni, hasta su
mesa de Punceres para llegar al cerro Las Gallinas,
intersección con la avenida Ugarte Pelayo, que a
continúa hasta el sitio El Palmichal en el río Orocual
su vez, y continuando rumbo Norte cierra el
y desde allí con la Parroquia La Toscana, pasando
polígono en su intersección con el puente sobre el
por Oro- cual de Las Minas, cruza el río Aragua,
río Guarapiche.
hasta llegar al sector La Montaña, y de aquí hasta
la quebrada Barrancas; por el Sur, linda con el
i) De la Parroquia Boquerón: Parroquia sub-
Municipio Maturín por la quebrada Barrancas aguas
urbana constituida por el área ubicada al Norte del
arriba hasta la boca de la quebrada Curucujul, por
río Guarapiche dentro de la jurisdicción del
la que sigue hasta su cabecera, y de allí en línea
Municipio Maturín.
recta Oeste Franco hasta la quebrada Jusepín, en
j) De la Parroquia Santa Cruz: Parroquia sub-
un punto de coordenadas UTM (N-1.086.400 y E-
urbana constituida por el área que encierra el
445.600); por el Oeste, linda con el Este del
polígono que se origina en la intersección del río
Municipio Cedeño, desde el punto anterior en la
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 10
Gaceta Oficial del Estado Monagas
quebrada Jusepín hasta el cerro El Palosanal,
continuando aguas abajo hasta su confluencia con
punto de partida.
el río Aragua, desde allí sigue hasta el punto UTM
(N-1.100.400 y E-447.600), de aquí sigue en línea
c) De la Parroquia El Pinto: Por el Norte, desde
recta hasta el río Guayuta en el punto UTM (N-
el cerro Ramírez, continúa en línea recta hasta la
1.103.200 y E-451.600) y de este a la quebrada
des embocadura en el río Punceres, por este río
Rondón en el punto UTM (N-1 .101.500 y E-
continúa aguas abajo hasta la boca de la quebrada
454.100); por el Este, desde el punto UTM anterior
El Pulvio; por el Este, linda con el límite Oeste del
en la quebrada Rondón aguas arriba, continúa por
Municipio Punceres desde la cabecera de la
ésta hasta su desembocadura en el río Aragua,
quebrada El Pulvio, pasando por el cerro Macanillar,
continúa por este río hasta la desembocadura de
la fila del Cantón, el sitio denominado La Mata de
la quebrada La Soledad en el río Aragua; por el
Mango, hasta llegar a la desembocadura de la
Sur, desde la desembocadura de la quebrada
quebrada El Caney en el río Punceres y en un
Soledad aguas arriba hasta sus cabeceras, de allí
punto de coordenadas UTM (N-1.099.200 y E-
en línea recta hasta el cerro Palosanal; por el
468.000); por el Sur, con el límite Norte de la
Oeste, con el límite Este del Municipio Cedeño,
Parroquia La Toscana, des de la desembocadura
comprendido des de el cerro Palosanal hasta el
de la quebrada El Caney y en el río Punceres,
Cerro Azul, punto de partida.
pasando en línea recta por el sector Concavao y la
quebrada San Felero hasta llegar al sitio
denominado Palmichar, en el río Orocual; por el
ARTICULO 21° - Se modifica el Artículo 25, que pasa
Oeste, con el límite Este de la Parroquia
a ser Artículo 28, con la siguiente redacción:
Chaguaramal, comprendido desde el Palmichar en
el río Orocual hasta el cerro Ramírez, punto de
partida.
ARTICULO 28° - Los límites de la Parroquia Los
d) De la Parroquia Guanaguana: Por el Norte
Barrancos, constituidos dentro del territorio del
y Este, linda con el Sur del Municipio Caripe,
Municipio Sotillo son los siguientes:
comprendido entre el nacimiento de la quebrada
a) De la Parroquia Los Barrancos: Por el Norte,
Alcantarilla y el cerro La Cimarronera; por el Sur,
desde la desembocadura del morichal Cachimbo
con el límite Norte del Municipio Piar comprendido
en el río Uracoa continúa por éste, aguas abajo
entre el cerro La Cimarronera, Cerro Grande y el
hasta un punto de coordenadas: Lat. 8° 37’00”,
cerro de Aparicio; por el Oeste, linda con el
Long. 62° 29’00” en el río Uracoa; por el Este, desde
Municipio Cedeño, por el lindero Este de dicho
este punto continúa en línea recta hasta llegar a la
Municipio comprendido entre el cerro de Aparicio
cabe cera de la quebrada La Dominga, desde aquí
y el cerro Los Yaques y con el Municipio Acosta,
continúa en línea recta hasta llegar a la punta de
sigue desde el cerro Los Yaques a pasar por los
Los Cocos; por el Sur, con el límite Oeste del
cerros de Las Piedras y El Potrero hasta el
Estado Monagas, comprendido desde punta de
nacimiento de la quebrada La Alcantarilla, punto
Los Cocos hasta la cabecera del río Los Pozos;
de partida.
por el Oeste, con el límite Este de la Parroquia
e) De la Parroquia La Toscana: Por el Norte,
Chaguaramas, comprendidos desde las cabeceras
linda con el límite Sur de la Parroquia El Pinto,
del río Los Pozos hasta la desembocadura del
desde el sitio denominado Palmichar en el río
morichal Cachimbo en el río Uracoa, punto de
Orocual en línea recta hasta la desembocadura
partida.
de la quebrada El Caney en el río Punceres y de
allí aguas abajo por este río con el Municipio
Punceres hasta la des embocadura de la quebrada
DISPOSICION FINAL
Arenas o Tigual; por el Este, con el Municipio
Maturín desde la desembocadura de la quebrada
Arenas en el río Punceres hasta sus cabeceras
ARTICULO 22° - Imprímase en un solo texto la Ley de
en la Meseta de Orocual, continúa en línea recta
División Político Territorial del Estado Monagas, con
hasta el sitio llamado El Nevero, en la quebrada
las modificaciones aquí sancionadas, y en su texto
Barrancas; por el Sur, continúa lindando con el
único, sustitúyanse por los de la presente, las fechas,
Municipio Maturín, comprendido des de el sitio El
formas y demás datos de sanción y promulgación de
Nevero hasta la boca de la quebrada La Montaña,
la Ley Reformada.
en la quebrada Barrancas; por el Oeste, linda con
la Parroquia Chaguaramal, desde la boca de la
quebrada La Montaña pasa por la des embocadura
Dado, firmado y sellado en el salón donde celebra
de la quebrada El Cachicamo en el río Aragua,
sus sesiones la Asamblea Legislativa del Estado
sigue en línea recta hasta el sitio denominado
Monagas, en Maturín a los veinticinco del mes de junio
Palmichal en el río Orocual, punto de partida.
de mil novecientos noventa y cuatro. Años: 184 de la
Independencia y 135 de Federación.
f) De la Parroquia Taguaya: Por el Norte, linda
con el límite Surde la Parroquia Aparicio,
comprendido desde el cerro Azul aguas abajo de
Iraida M. de Arismendi
la quebrada Tenteduro hasta un punto de
coordenadas UTM (N-1.102.500 y E-441 .500),
PRESIDENTE
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 11
José V. Pereira
en el caserío denominado Santana, se j sigue por la
quebrada El Aguacate aguas arriba ha su nacimiento
PRIMER VICE-PRESIDENTE
en la montaña del Aguacate; se sigue por dicha fila
pasando por el cerro Las Cruces hasta el sitio Cerro
Pelón en la serranía de Cerro Negro, se continúa por
Luis M. Bravo
la Cuchilla de Paujicillo hasta el río Chorrerón o Santa
SEGUNDO VICE-PRESIDIDENTE
María y por éste, aguas abajo hasta el cerro El
Purgatorio pasando por los cerros Carupanito y La
Trampa hasta el río El Naranjo, continuándose por
Alfredo M. Marcano E.
este último aguas abajo hasta encontrar la
desembocadura de la quebrada El Caliche y por ésta,
SECRETARIO
aguas arriba hasta su con fluencia con la quebrada
La Paja Peluda, se sigue por esta última, aguas arriba
hasta el sitio Paja Pe luda y de aquí en línea recta
cruzando la quebrada de Bartolo o Juasjuillar hasta el
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL ESTADO
cerro la Ceiba, siguiendo luego por la fila de la serranía
MONAGAS
de San Bonifacio hasta el nacimiento del río San
Miguel y por éste, aguas abajo hasta su confluencia
con el río San Juan por el cual se continúa aguas
DECRETA:
abajo hasta su desembocadura en la Barra de Maturín,
en el Golfo de Paria, donde concluye el lindero con el
Estado Sucre; por el ESTE, linda con el Golfo de Paria,
La siguiente,
y con el Estado Delta Amacuro por el caño Mánamo
desde su desembocadura en el Golfo de Paria hasta
su origen en el río Orinoco; por el SUR, linda con el
Ley de División Político Territorial del Estado
Estado Delta Amacuro por el Orinoco desde el origen
Monagas
del caño Mánamo aguas arriba hasta un punto frente
a la punta Aramaya, y con el Esta do Bolívar sigue
por el Orinoco aguas arriba hasta la desembocadura
TITULO I
del río Los Pozos, frente a la Isla de Fajardo; por el
OESTE, linda con el Estado Anzoátegui desde la
DISPOSICIONES GENERALES
confluencia del río Los Pozos hasta sus cabeceras, y
de allí en línea recta a la cabecera del río Uracoa,
siguiendo en línea recta a la cabecera del río Yabito o
ARTICULO 1° - La presente Ley tiene por objeto
Morichal Campereño, luego continúa en línea recta a
establecer la división político territorial del Estado
un punto en el río Yabo situado a un kilómetro en
Monagas, en ejercicio de la competencia atribuida por
línea recta aguas arriba de la desembocadura de la
el Ordinal 2 del Artículo 17 de la Constitución Nacional,
quebrada Aceital, continúa por el río Yabo aguas abajo
en concordancia con lo establecido e Constitución
hasta el Paso Morenero de donde prosigue en línea
del Estado.
recta a la confluencia de los ríos Claro y Morichal
Largo, y por el curso del río Claro aguas arriba hasta
su nacimiento, de donde sigue en línea recta a la
ARTICULO 2° - Conforme a lo previsto por la
confluencia de los ríos Tigre y Oritupano, se sigue por
Constitución del Estado Monagas, el territorio de
el río Oritupano aguas arriba hasta su cabecera y de
entidad es el que determina la Ley de División F lico
allí en línea recta a la boca de la quebrada El Salto o
Territorial de la República, del 28 de abril año 1856,
Merecural, en el río Guanipa, continuado por la
con las modificaciones contenidas actos jurídicos
quebrada aguas arriba hasta su cabecera y de aquí
válidamente celebrados.
en línea recta pasando por el sitio El Purgatorio hasta
llegar al morichal del mismo nombre, de este último
punto se continúa en línea recta pasando por la Mesa
ARTICULO 3° - El territorio del Estado está constituido
Pelona, hasta la boca del río Tácata en el río Tonoro,
por veintisiete mil novecientos veinte kilómetros
de donde se sigue en línea recta a la boca de la
cuadrados (27.920km2) y cuyos límites generales son:
quebrada Carapa en el río Amana, continuando por la
por el NORTE, con el Estado Sucre partir del cerro El
quebrada aguas arriba hasta su nacimiento en el cerro
Diablo, donde nace el río Ama punto trifinio entre los
La Carapa, para luego bajar por el cerro Los Cantones
Estados Anzoátegui, Monagas y Sucre; se sigue por
al bajo de Chaguaramal continuándose en línea recta
la cresta de la Serra del Turimiquire hasta el cerro
al Cerro Cuspural, se sigue por la fila de este cerro
Los Caballos, de a se continúa por dicha fila hasta
pasando por La Victoria hasta el cerro El Baúl en la
cruzar el río Cocollar en el sitio llamado el Copey, de
fila de Urica al sur de Mundo Nuevo, de aquí se sigue
este último p lo se sigue hasta el Cerro la Periquitera
por el río Amana aguas arriba hasta su nacimiento en
a pasar la loma del Cantil hasta la quebrada Balbás y
el cerro Piedra Peluda, continuando por la fila hasta
ésta, aguas abajo hasta su confluencia con el
llegar al cerro El Diablo en la Serranía de Turimiquire,
Guarapiche en el sitio denominado La Trampa;
punto de partida.
continúa aguas abajo por el río Guarapiche ha la
desembocadura de la quebrada El Aguacate, calizada
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 12
Gaceta Oficial del Estado Monagas
ARTICULO 4° - El territorio del Estado Monagas, a
ciudad de Quiriquire, y en cuyo territorio se
los fines de su organización política y administrativa,
encuentra la Parroquia Cachipo.
se divide en Municipios, los cuales constituyen la
k) MUNICIPIO SANTA BARBARA: Cuya capital
unidad política primaria y autónoma de la organización
es la ciudad de Santa Bárbara.
Estadal. Forman parte de cada Municipio las
Parroquias que se encuentran en el respectivo territorio
l) MUNICIPIO SOTILLO: Cuya capital es la ciudad
Municipal de acuerdo a esta Ley.
de Barrancas, y en cuyo territorio se encuentra la
Parroquia Los Barrancos de Fajardo.
m) MUNICIPIO URACOA: Cuya capital es la
TITULO II
ciudad de Uracoa.
DE LA DIVISION POLITICO TERRITORIAL DEL
ESTADO
CAPITULO II
DE LAS DELIMITACIONES DE LAS ENTIDADES
CAPITULO I
MUNICIPALES QUE INTEGRAN
DE LOS MUNICIPIOS Y PARROQUIAS
EL ESTADO MONAGAS
ARTICULO 5° - El territorio del Estado Monagas está
ARTICULO 7º- Los límites del Municipio Acosta son
dividido en trece (13) Municipios que son: Acosta,
los siguientes: Por el Norte, los límites con el Estado
Aguasay, Bolívar, Caripe, Cedeño, Ezequiel Zamora,
Sucre desde el punto donde arranca la fila de la
Libertador, Maturín, Piar, Punceres, Santa Bárbara,
Montaña en la Sierra de Turimiquire, por la fila de esta
Sotillo y Uracoa.
sien-a hasta el cerro Los Caballos, sigue por éste a
cruzar el río Cocoyar en el sitio el Copey, continúa
por el cerro La Penquitera y por la loma del Cantil a
ARTICULO 6° - Los Municipios del Estado Monagas
encontrarse con la quebrada Barbás, la cual sigue
están constituidos de la siguiente manera:
aguas abajo hasta su confluencia con el río Guarapiche
a) MUNICIPIO ACOSTA: Cuya capital es la ciudad
y por este río aguas abajo hasta la confluencia con la
de San Antonio, y en cuyo territorio se encuentra
quebrada El Aguacate, por ésta aguas arriba hasta
la Parroquia San Francisco.
su nacimiento en la montaña del Aguacate y sigue
por la fila hasta el cerro Pelón en la serranía de Cerro
b) MUNICIPIO AGUASAY: Cuya capital es la
Negro; por el Este, limita con el Municipio Caripe desde
ciudad de Aguasay.
cerro Pelón en la serranía de Cerro Negro sigue por el
c) MUNICIPIO BOLIVAR: Cuya capital es la
Cerro Grande hasta cortar la quebrada el Palmar, de
ciudad de Caripito.
aquí sigue el cerro La Laguna y por el sitio Boquerón
de Periquito hasta el nacimiento de la quebrada la
d) MUNICIPIO CARIPE: Cuya capital es la ciudad
Alcantarilla en el cerro la Cuchilla de Guanaguana y
de Caripe, y en cuyo territorio se encuentran las
de este punto limitando con el Municipio Piar sigue la
Parroquias El Guácharo, La Guanota, Teresén,
línea pasan do por los cerros El Potrero, Las Piedras
Sabana de Piedra y San Agustín.
y Los Yaques; por el Sur, limita con el Municipio
e) MUNICIPIO CEDEÑO: Cuya capital es la ciudad
Cedeño des de el cerro Los Vaques, continuando por
de Caicara, y en cuyo territorio se encuentran las
su fila ha cia el suroeste a la desembocadura de la
Parroquias Areo, San Félix y Viento Fresco.
quebrada Pardillar en el río Guarapiche, prolongándose
en lí nea recta hasta el río Capiricual por el cual se
f) MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA: Cuya capital
sigue aguas arribas hasta el sitio Cordero, de aquí en
es la ciudad de Punta de Mata y en cuyo territorio
lí nea recta al cerro Los Horconcitos; por el Oeste,
se encuentra la Parroquia El Tejero.
limita con el Municipio Cedeño desde el cerro Los
g) MUNICIPIO LIBERTADOR: Cuya capital es la
Horconcitos sigue en línea recta a Los Canelos, de
ciudad de Temblador, y en cuyo territorio se
aquí por la fila a la Cumbre del Hueso hasta la fila de
encuentran Las Parroquias Las Alhuacas,
la montaña que es el divorcio de aguas de los ríos
Chaguaramas y Tabasca.
Areo y Colorado hasta la sierra de Turimiquire, punto
de partida.
h) MUNICIPIO MATURIN: Cuya capital es la
ciudad de Maturín, y en cuyo territorio se
encuentran las Parroquia Alto de Los Godos,
ARTICULO 8° - Los límites del Municipio Aguasay son:
Boquerón, El Corozo, El Furrial, Jusepín, Las
por el Norte, linda con los Municipios Ezequiel Zamora
Cocuizas, La Pica, Santa Cruz, San Simón y San
y Santa Bárbara partiendo de las bocas del río Tácata
Vicente.
en el río Tonoro aguas abajo hasta la boca de Gabán;
i) MUNICIPIO PIAR: Cuya capital es la ciudad de
por el Este, con cuatro líneas rectas dis criminadas
Aragua y en cuyo territorio se encuentran las
así: de la boca de Gabán a la boca del río Caris en el
Parroquias Aparicio, Chaguaramal, El Pinto,
río Guanipa, desde este punto hasta la boca de la
Guanaguana, La Toscana y Taguaya.
quebrada Las Gaviotas, en el río Ñato, de la boca de
Las Gaviotas a la confluencia de la quebrada Las
j) MUNICIPIO PUNCERES: Cuya capital es la
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 13
Gaviotas y la quebrada El Latal, y de aquí a la
lindando con el Municipio Ezequiel Zamora hasta llegar
confluencia de los ríos Tigre y Oritupano; por el Sur,
a la desembocadura de la quebrada Chaguaramita por
linda con el Estado Anzoátegui, por el río Oritupano
la cual se sigue aguas arriba hasta su cabecera, y de
desde su confluencia con el río Tigre hasta su
aquí una nea recta a las bocas del río Tácata en el río
cabecera; por el Oeste, con el Estado Anzoátegui,
Tonoro; por el Oeste, los límites de los Estados
por el lindero Oeste del Estado Monagas desde la
Anzoátegui y Monagas comprendido entre las bocas
cabecera del río Oritupano hasta las bocas del Tácata,
de Tácata y la desembocadura del río Los Chorro punto
punto de partida.
de partida.
ARTICULO 9° - Los límites del Municipio Bolívar son
ARTICULO 12° - Los límites del Municipio Ezequiel
los siguientes: Por el Norte y Este, linda con el Estado
Zamora son los siguientes: Por el Norte, con el
Sucre por el río San Miguel desde su cabe cera hasta
Municipio Cedeño en una línea recta desde el Rincón
su desembocadura en el río San Juan, y por éste
de Santa Rita a la Cruz de Rangel; por el Este, con el
aguas abajo hasta su confluencia con el río Azagua;
Municipio Cedeño, una línea recta desde la Cruz de
por el Sur, linda con el Municipio Punceres por el río
Rangel a la cabecera de la Quebrada Arapia desde
Azagua, desde su desembocadura agua arriba hasta
allí con el Municipio Maturín por la Quebrada Arapia,
su cabecera; por el Oeste, linda con Municipio Caripe
desde su nacimiento hasta su desemboca dura en el
por una línea entre las cabecera de los ríos Azagua y
río Amana; continúa por este río aguas abajo hasta la
San Miguel, punto de partida.
desembocadura de la Quebrada Masaguita, de allí en
línea recta hasta los ejidos del Municipio Santa
Bárbara en el punto de coordenadas UTM (N-1
ARTICULO 10° - Los límites del Municipio Caripe son
.066.620 y E-428.420), continúa en línea recta, pasa
los siguientes: Por el Norte, el límite del Esta Monagas
por el río Queregua, la Quebrada los Cañaotes, la
y Sucre, comprendido entre Cerro Pelón la cabecera
Quebrada Sunsunes, el río Mapirito hasta el punto de
del río San Miguel; por el Este, el límite Oeste de los
coordenadas UTM (N-1 .050.600 y E-428.400), en el
Municipios Bolívar y Punceres, comprendidos entre
río Tonoro; por el Sur, linda con el Municipio Maturín y
la cabecera del Río San Miguel y cerro Macanillar;
desde el punto de coordenadas UTM (N-1 .050.600 y
por el Sur, con el Municipio Piar desde el cerro
E-428.400), en el río Tono- ro, se sigue aguas arriba
Macanillar, sigue pasando por la montaña de Santa
hasta las bocas de Tácata; Oeste, con el Municipio
María, el cerro la Cimarronera, los cerros El Barrial y
Cedeño, desde las bocas de Tácata hasta el Rincón
Chorrerón, Alto las Dos Sabanas La Cuchilla de
de Santa Rita, punto de partida.
Guanaguana, hasta la cabecera la quebrada La
Alcantarilla; por el Oeste, el linde Este del Municipio
Acosta comprendido entre el nacimiento de la
ARTICULO 13° - Los límites del Municipio Libertador
quebrada La Alcantarilla y Cerro Pelón, punto de
son los siguientes: Por el Norte, con el Municipio
partida.
Maturín, de la confluencia del río Yabo en el río Morichal
Largo, aguas abajo por este último río hasta su
desembocadura en el caño Mánamo; por el Este, con
ARTICULO 11° - Los límites del Municipio Cedeño son
el Estado Delta Amacuro, el caño Mánamo desde la
los siguientes: por el Norte, con el Estado Anzoátegui
desembocadura del río Morichal Largo hasta el sitio
por el río Los Chorros desde su desembocadura hasta
llamado Boca de Tabasca o de Uracoa, de allí con el
su nacimiento en el cerro Piedra P luda, sigue el cerro
Municipio Uracoa se continúa aguas abajo por el río
El Diablo en la Serranía del Tugrimiquire, desde este
Tabasca hasta su confluencia con el río Uracoa; de
punto lindado con el Estado Sucre hasta el punto
allí con el mismo Municipio Uracoa continúa aguas
donde arranca la fila de montaña, desde aquí lindando
arriba por el río Tabasca hasta su nacimiento en la
con el Municipio Acosta la por los linderos Oeste y
quebrada La Danta, y de allí en línea recta hasta la
Sur de dicho Municipio hasta el cerro Los Vaques;
confluencia de los morichales Morrocoy y Morrocoicito,
por el Este, el Municipio Piar desde el cerro Los
y continúa en línea recta hasta la desembocadura del
Vaques; sigue por la fila Al de las Cuspas, y de este
morichal Cachimbo en el río Uracoa, y de este punto
punto en línea recta cerro de Aparicio, siguiendo por
en línea recta a la cabecera del río Los Pozos; por el
la fila a pasar por cerro Azul, hasta el cerro Palosanal,
Sur, el limite Oeste del Estado Monagas; comprendido
para continuando por la quebrada Jusepín aguas abajo
entre la cabecera del río Los Pozos y el paso
hasta la cabecera de la quebrada Curujural, y con el
Morenero; por el Oeste, con el Municipio Maturín,
Municipio Maturín se continúa por la quebrada Jusepín
desde el paso Morenero aguas abajo por el río Yabo
has el sitio Corocito, siguiendo en línea recta a la
hasta su con fluencia con el río Morichal Largo, punto
cabecera de Quebrada Seca, sigue en línea recta a
de partida.
punto denominado la Mata de Mango en la carretera
Potrerito-El Furrial; por el Sur, con el Municipio Maturín,
desde el punto denominado la Mata de Mango en línea
ARTICULO 14° - Los límites del Municipio Maturín son
recta a la cabecera de la Quebrada Arapia, continúa
los siguientes: por el Norte, los linderos Sur de los
lindando con el Municipio Ezequiel Zamora en línea
Municipios Cedeño, Piar y Punceres y en parte el
recta a la Cruz de Rangel, sigue en línea recta al sitio
lindero Sur del Estado Sucre, discriminados así: con
Rincón de Santa Rita, de aquí sigue el línea recta al
el Municipio Cedeño comprendido desde la cabecera
sitio denominado El Pescao en el río Amana, continúa
de la quebrada Arapia hasta la cabecera de la
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 14
Gaceta Oficial del Estado Monagas
quebrada Curujural, de allí con el Municipio Piar desde
por el Sur, la quebrada de Barrancas desde El Nevero
la cabecera de Curujural situada en la quebrada
aguas arriba hasta su confluencia con la quebrada
Jusepín, pasa por dicha cabecera y por la quebrada
Curujural, y por ésta aguas arriba hasta su nacimiento
Curujural aguas abajo hasta su desemboca dura en
hasta encontrar la quebrada Jusepín, por el Oeste, el
la quebrada Barrancas, por ésta aguas abajo hasta el
límite Este del Municipio Cedeño, entre el punto arriba
sitio El Nevero, de aquí en línea recta pasando por la
indicado y el cerro Los Yaques; y desde aquí el límite
curva de Guayabal hasta la cabecera de la quebrada
Este del Municipio Acosta hasta el nacimiento de la
Arenas en la meseta de Orocual, y sigue la quebrada
quebrada La Alcantarilla, punto de partida.
Arenas, aguas abajo hasta su desembocadura en el
río Punceres; continúa lindan do con el Municipio
Punceres, desde la confluencia de la quebrada Arenas
ARTICULO 16° - Los límites del Municipio Punce res
con el río Punceres, se sigue aguas abajo hasta la
son los siguientes: Por el Norte, con el Municipio
boca del río Punceres en el río Guarapiche, de allí en
Bolívar, por el río Azagua, desde su nacimiento hasta
línea recta hasta la confluencia del caño Dos Aguas
su desembocadura en el río San Juan, con el Estado
con el río San Juan; con el Estado Sucre desde la
Sucre con el río San Juan aguas abajo hasta la
confluencia del caño Dos Aguas con el río San Juan
desembocadura del caño Dos Aguas; por el Este, linda
hasta la desembocadura de este río en el Golfo de
con el Municipio Maturín por una línea recta entre la
Paría en la barra de Maturín; por el Este, el Golfo de
desembocadura del caño Dos Aguas en el río San
Paria y el Caño Mánamo, desde la desembocadura
Juan y la confluencia de los ríos Guarapiche y
de éste en el Golfo de Paria hasta su confluencia en
Punceres; por el Sur, linda con el Municipio Maturín
el río Morichal Largo; por el Sur, con el Municipio
por el río Punceres desde su confluencia con el río
Libertador, por el río Morichal Largo desde su
Guarapiche aguas arriba hasta la des embocadura de
desembocadura en el caño Mánamo, aguas arriba
la quebrada Arenas continúa lindan do con el Municipio
hasta la boca del río Yabo y por este último, aguas
Piar desde la boca de la quebrada Arenas, por el río
arriba hasta el paso Morenero; con el Estado
Punceres hasta la quebrada El Caney; por el Oeste,
Anzoátegui, desde el paso Morenero en línea recta a
linda con el Municipio Piar desde la boca de la
la desembocadura del río Claro en río Morichal Largo,
quebrada El Caney en línea recta hasta la Mata de
y continúa aguas arriba del río Claro hasta su
Mango, desde este punto sigue en línea hasta la fila
cabecera; por el Oeste, los límites del Estado
del Cantón y desde este punto hasta el cerro
Anzoátegui y los Municipios Aguasay, Santa Bárbara
Macanillar, y con el Municipio Caripe siguiendo por la
y Ezequiel Zamora, comprendidos desde la cabecera
fila del cerro Macanillar a la cabecera del río Azagua,
del río Claro en línea recta hasta la confluencia de los
punto de partida.
ríos Tigre y Oritupano, de allí con Aguasay y pasando
en línea recta hasta Las Gaviotas, se continúa en línea
recta desde este punto hasta la boca de Las Gaviotas
ARTICULO 17° - Los límites del Municipio Santa
en el río Ñato, de aquí en línea recta a la boca del
Bárbara son: Por el Norte, con el Municipio Ezequiel
Caris en el río Guanipa, de allí en línea recta hasta la
Zamora, por el río Amana desde la boca de la quebrada
boca de la quebrada El Gabán en el río Tonoro, desde
de Masagüita hasta la boca de la quebrada Arapia y
este punto continúa limitando con el Municipio Santa
desde aquí con la Parroquia El Furrial, hasta la boca
Bárbara aguas abajo del río Tonoro hasta la boca de
del morichal El Hueso; por el Este, con una línea recta
la quebrada Las Colmenas, de aquí en línea recta a la
desde la boca del morichal El Hueso en el río Amana,
boca de Los Pocitos en el río Mapirito, se continúa en
a la boca del morichal Los Pocitos en el río Mapirito y
línea recta hasta la confluencia del morichal El Hueso
de aquí en línea recta a la boca de la quebrada Las
en el río Amana de donde continúa, aguas arriba hasta
Colmenas en el río Tonoro; por el Sur, con el río Tonoro
la desembocadura de la quebrada Arapia, desde este
desde la boca de Las Colmenas hasta la boca de la
punto limita con el Municipio Ezequiel Zamora hasta
quebrada El Gabán y de allí con el Municipio Aguasay
la cabecera de la quebrada Arapia, punto de partida.
hasta el punto de coorde nadas UTM (N-1.050.600 y
E-428.400) en el río Tofloro; por el Oeste, con el
Municipio Ezequiel Zamora desde ese punto hasta la
ARTICULO 15° - Los límites del Municipio Piar son
boca de la quebrada Masagüita en el río Amana, punto
los siguientes: Por el Norte, desde el nacimiento de
de partida.
la quebrada La Alcantarilla en la Cuchilla de
Guanaguana, sigue por la fila hasta llegar al Alto Las
Dos Sabanas, continúa por la montaña de río Chiquito
ARTICULO 18° - Los límites del Municipio Sotillo son
hasta el cerro El Barrial continuando por La
los siguientes: Por el Norte, con el Municipio Uracoa
Cimarronera en la fila de la montaña de Santa María
partiendo de la desembocadura del morichal Cachimbo
hasta el cerro Macanillar; por el Este, desde el cerro
en el río Uracoa, se continúa por éste aguas abajo
Macanillar sigue por la fila del cerro El Cantón y
hasta llegar al punto de coordenadas Latitud Norte
pasando por el sitio llamado La Mata de Mango entre
8° 46’30” y Longitud 62° 29 en el río Uracoa, luego se
Buena Vista y la Bruja, hasta la desembocadura de
continúa en línea recta hasta llegar a la cabecera de
la quebrada El Caney en el río Punceres, continuando
la quebrada La Dominga, desde aquí se sigue en línea
por este río hasta su confluencia con la quebrada
recta hasta llegar al punto de coordenadas Latitud
Arenas, la cual sigue aguas arriba hasta su nacimiento
Norte 8° 50’43” y Longitud 62° 1615” en Punta de
en la meseta de Orocual, de este punto en línea recta
Ventorrillo, luego se sigue en línea recta hasta llegar
hasta el sector El Nevero en la quebrada Barrancas;
a La Punta en la Isla de Coporito; por el Este, partiendo
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 15
del sitio La Punta de la Isla de Coporito se sigue aguas
Fría sigue por el cerro de Los Caballos, sigue por éste
arriba por el caño Mánamo hasta su margen en el río
a cruzar el río Cocollar en el sitio El Copey, continúa
Orinoco; por el Sur, el río Orinoco se sigue aguas
por el cerro La Periquitera y por la loma del Cantil
arriba des de el origen del caño Mánamo hasta llegar
hasta encontrarse con la quebrada Balbás, punto de
a la des embocadura del río Los Pozos en el río
partida.
Orinoco; por el Oeste, con el Estado Anzoátegui desde
la desembocadura del río Los Pozos hasta la cabecera
del mismo río, continuándose en línea recta por el
ARTICULO 21º- Los límites de las Parroquia
límite Este del Municipio Libertador, desde la cabecera
Guácharo, La Guanota, Teresén, Sabana de Piedra y
de Los Pozos hasta la desembocadura del morichal
San Agustín, constituidos dentro del territorio
Cachimbo en el río Uracoa, punto de partida.
Municipio Caripe, son los siguientes:
a) De la Parroquia El Guácharo: Por el Norte,
da con el límite Suroeste de la Parroquia San Al
ARTICULO 19° - Los límites del Municipio Uracoa son
fin, constituido entre Cerro Negro hasta el cerro
los siguientes: Por el Norte, con el Municipio
Guácharo; por el Este, desde el cerro El Guácharo
Libertador, linda con el río Tabasca desde la
en línea recta hasta un punto en el río Caripe
desembocadura del morichal El Isleño, aguas abajo
coordenadas UTM (N-1.123.500 y E-442.900); el
hasta su confluencia con el río Uracoa y por éste,
Sur, linda con el Municipio Piar desde el punto en
aguas abajo hasta la desembocadura en el caño
el río Caripe de coordenadas UTM (N-1.123.500 y
Mánamo, por el que sigue lindando con el Estado Delta
E-442.900), aguas arriba hasta su cabecera en el
Amacuro, aguas arriba hasta la punta de la Paloma
cerro La Placeta, se continúa por la quebrada La
frente a Tucupita; por el Este, con el Estado Delta
Alcantarilla hasta el límite Este del Municipio
Amacuro, el caño Mánamo desde la punta de la
Acosta en el cerro La Laguna; por el Oeste, linda
Paloma, aguas arriba hasta llegar a La Punta en la
con el límite Este del Municipio Acosta en el cerro
Isla de Coporito; por el Sur, el lindero comprendido
La Laguna hasta Cerro Negro, punto de partida.
entre La Punta en la Isla de Coporito, continuando en
línea recta hasta llegar al punto de ordenadas Latitud
b) De la Parroquia La Guanota: Por el Norte,
Norte 8° 50’43 y Longitud Oeste 62° 16’15” en Punta
linda con el límite Sureste de la Parroquia Sabana
de Ventorrillo, desde este punto sigue en línea recta
de Piedra, desde la quebrada de Cerro Negro en el
hasta llegar a la naciente de la quebrada La Dominga,
punto de coordenadas UTM (N-1.129.100 y E-
limitando desde aquí con el límite Este de la Parroquia
438.300), continúa por el cerro Los Manantiales,
Los Barrancos de Fajardo en línea recta hasta un punto
sigue por el sector Juan Largo, continúa por el cerro
en el río Uracoa de coordenadas Latitud Norte 8° 46’30”
Culantrillar y El Monagal hasta llegar a la
y Longitud 62° 29’ de este punto se continúa aguas
desembocadura de la quebrada El Caliche; por el
arriba el río Uracoa hasta la desembocadura del
Este, con el límite del Estado Monagas y Sucre
morichal Cachimbo; por el Oeste, con el límite Este
desde la des embocadura de la quebrada El Caliche
del Municipio Libertador comprendido desde la
en el río Naranjo hasta el cerro El Palmar; por el
desembocadura del morichal Cachimbo en el río
Sur, linda con la Parroquia Teresén y San Agustín
Uracoa hasta el río Tabasca en la boca del morichal
desde el cerro El Palmar pasando por la quebrada
El Isleño, punto de partida.
El Aguacate, el cerro El Zumbador, la fila de El
Páramo hasta llegar al cerro El Toro; por el Oeste,
continúa limitando con la Parroquia San Agustín,
CAPITULO III
desde el cerro El Toro en línea recta hasta la
quebrada El Guamo y de allí en línea recta hasta
DE LAS DELIMITACIONES DE LAS PARROQUIAS
la quebrada de Cerro Negro, punto de partida.
CONSTITUIDAS DENTRO DE LOS TERRITORIOS
DE LOS MUNICIPIOS
c) De la Parroquia Teresén: Por el Norte, linda
con el Estado Sucre, desde el cerro El Palmar
continuando por la serranía de San Bonifacio hasta
ARTICULO 20º- Los límites de la Parroquia Francisco,
el nacimiento del río San Miguel; por el Este, linda
constituidos dentro del territorio del Municipio Acosta,
con el Oeste del Municipio Bolívar desde la
son los siguientes: Por el Norte partiendo desde la
cabecera del río San Miguel en línea recta hasta
quebrada Balbás sigue agua abajo hasta su
la cabecera del río Azagua; por el Sur, limita con
confluencia con el río Guarapiche por este río hasta
el Norte del Municipio Punceres desde la cabecera
su confluencia con la quebrad Aguacate, por ésta
del río Azagua hasta el cerro El Rincón,
aguas arriba hasta su nacimiento en la montaña El
continuando desde allí con el Norte del Municipio
Aguacate y sigue por su hasta el Cerro Pelón en la
Piar pasando por la fila Macanillar y la fila
serranía de Cerro Negro; por el Este, linda con el
Cimarronera hasta el cerro Las Dos Sabanas; por
Municipio Caripe, desde Cerro Pelón en la serranía
el Oeste, linda con Caripe y las Parroquias San
del Cerro Negro hasta Cerro Negro; por el Sur, desde
Agustín y La Guanota, desde el cerro Las Dos
Cerro Negro cruza la quebrada El Palmar o
Sabanas pasa por el cerro El Perú, el río Caripe,
Banqueado, continúa la fila de Cerro Grande, cruza el
el sector las Delicias, Buena Vista hasta llegar a
río Guarapiche el sitio denominado Los Mangos,
la fila El Páramo, y de aquí hasta el cerro El Palmar,
continúa por Tristé, el cerro Los Yépes hasta el cerro
punto de partida.
de Agua Fría; por el Oeste, partiendo del cerro Agua
d) De la Parroquia Sabana de Piedra: Por el
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 16
Gaceta Oficial del Estado Monagas
Norte, linda con el límite de los Estados Monagas
y la boca del río Bucaral o Los Chorros, punto de
y Sucre comprendido desde el río Santa María o
partida.
Chorrerón, hasta la desembocadura de la quebrada
b) De la Parroquia San Félix: Por el Norte, linda
El Caliche en el río Naranjo; por el Este, linda con
con el Municipio Acosta por el lindero Sur de dicho
el límite Norte de la Parroquia La Guanota desde
Municipio comprendido entre los cerros Los
la desembocadura de la quebrada El Caliche, sigue
Horconcitos y Yaques; por el Este, linda por el
por éste, pasa por el cerro El Monagal hasta el
Oeste del Municipio Piar; comprendido entre el
sitio denominado Culantrillar; por el Sur, continúa
cerro los Yaques y el cerro Palosanal; por el Sur,
lindando con la Parroquia La Guanota, desde el
partiendo del cerro Palosanal, pasando por el cerro
sitio denominado Culantrillar, pasa por los sitios
las Cuibas, el cerro El Macal, sigue a la cabecera
llamados Altamira y Juan Largo, sigue por el cerro
de la quebrada La Cruz y de allí aguas abajo hasta
Los Manantiales, corta la quebrada El Guamo
su desemboca dura en el río Guarapiche, continúa
hasta la quebrada Cerro Negro en el punto UTM
en línea recta hasta encontrarse con el río Oro en
(N-1.129.100 y E-438.300); por el Oeste, linda con
el punto UTM (N-1.090.000 y E-422.000), de aquí
el límite Norte de la Parroquia San Agustín, desde
continúa en línea recta hasta el sitio denominado
la quebrada Cerro Negro hasta el río Santa María
La Fábrica; por el Oeste, linda con la Parroquia
o Chorrerón, punto de partida.
Areo, por el lindero Este de dicha Parroquia,
e) De la Parroquia San Agustín: Por el Norte,
comprendido entre el sitio La Fábrica y el cerro
linda con el límite Oeste de la Parroquia Sabana
Los Horconcitos, punto de partida.
de Piedra, desde el río Santa María hasta la
c) De la Parroquia Viento Fresco: Por el Norte
quebrada Cerro Negro, de aquí linda con el límite
y el Este, desde el río Oro en el punto UTM (N-
Oeste de la Parroquia La Guanota, pasando por la
1.090.000 y E-422.000), continúa por dicho río
quebrada El Guamo y de aquí hasta Cerro Grande;
aguas abajo hasta la boca del río Sucio y de aquí
por el Este, con la Parroquia Teresén desde Cerro
aguas arriba hasta sus cabeceras; por el Sur, linda
Grande hasta el sitio denominado Las Delicias;
con el límite Norte del Municipio Ezequiel Zamora,
por el Sur, des de el sitio denominado Las Delicias
comprendido desde las cabeceras del río Sucio
sigue en línea recta hasta el cerro El Guácharo,
hasta el Rincón de Santa Rita; por el Oeste, linda
de allí con el límite Norte de la Parroquia El
con la Parroquia Areo, comprendido desde el
Guácharo, desde el cerro El Guácharo hasta Cerro
Rincón de Santa Rita hasta río de Oro en el punto
Negro, continuando por el limite Este del Municipio
UTM (N-1.090.000 y E-422.000), punto de partida.
Acosta hasta la quebrada Barbascal; por el Oeste,
con el límite Norte del Estado Monagas y Sucre,
comprendido entre la quebrada Barbascal hasta
ARTICULO 23° - Los límites de la Parroquia El Tejero,
el río Santa María, punto de partida.
constituidos dentro del territorio del Municipio Ezequiel
Zamora, son los siguientes: Por el Norte, linda con el
Municipio Ezequiel Zamora, desde el sitio denominado
ARTICULO 22° - Los límites de las Parroquias Areo,
El Pescado en el río Amana se sigue aguas abajo
San Félix y Viento Fresco, constituidos dentro del
hasta llegar a la desembocadura de la quebrada
territorio del Municipio Cedeño son los siguientes:
Masagüita en el río Amana; por el Este, desde la
a) De la Parroquia Areo: Por el Norte, linda con
desembocadura de la quebrada Masagüita, hasta el
el Estado Anzoátegui, por el río Bucaral o los
punto UTM (N-1.066.620 y E- 428.420), en el Municipio
Chorros desde su boca en el río Amana, hasta su
Santa Bárbara, continúa en línea recta hasta el río
nacimiento en el cerro El Diablo en la Serranía de
Tonoro en el punto UTM (N-1.050.600 y E-428.400);
Turimiquire, por ésta linda con el Estado Sucre
por el Sur, linda con el límite Norte del Municipio
hasta el punto donde arranca la fila de la montaña,
Aguasay, desde el punto UTM (N-1.050.600 y E-
desde este punto linda con el Municipio Acosta
428.400), en el río Tonoro, continúa por éste aguas
por el lindero Oeste de dicho Municipio hasta el
arriba, hasta las bocas de Tácata; por el Oeste, linda
cerro Los Horconcitos; por el Este, linda con la
con el límite Sur de la Parroquia Areo, comprendido
Parroquia San Félix desde los Horconcitos en línea
desde las bocas de Tácata hasta el sitio denominado
recta hasta el Cerro de las Vacas, continúa por la
El Pescado, punto de partida.
fila de Voladero hasta la confluencia de los ríos
Oro y Chacaracual, sigue por el sitio denominado
La Fábrica, pasa por Bijagual, Punta de Piedra,
ARTICULO 24° - Los límites de las Parroquias
Punta de Rondón, Rincón de Santa Rita, y desde
Chaguaramas, Las Alhuacas y Tabasca, constituidos
este punto lindando con el Oeste del Municipio
dentro del Territorio del Municipio Libertador son los
Ezequiel Zamora en línea recta hasta el sitio el
siguientes:
Pescado en el río Amana; por el Sur, continúa
a) De la Parroquia Chaguaramas: Por el Norte,
lindando con el Oeste del Municipio Ezequiel
desde el paso Morenero, en el río Yabo continúa
Zamora, desde el Pescado sigue aguas arriba hasta
en línea recta hasta las cabeceras del morichal
la quebrada Chaguaramita hasta su naciente y de
Morrocoy, continúa por éste aguas abajo hasta su
allí continúa en línea recta hasta las bocas del río
unión con el morichal Morrocoicito; por el Este con
Tácata con el río Tonoro; por el Oeste, linda con el
el límite Oeste del Municipio Uracoa desde la unión
Estado Anzoátegui por el lindero Oeste del Estado
del río Morrocoy y morichal Morrocoicito, scontinúa
Monagas, comprendido entre las bocas del Tácata
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 17
en línea recta hasta la desembocadura del morichal
de Maturín, hasta el punto UTM (N-1.065.000, E-
Cachimbo en el río Uracoa, desde aquí con el límite
464.000), en el río Amana; por el desde ese punto
Oeste de la Parroquia Los Barrancos de Fajardo
continúa por el río Amana a arriba hasta el punto
en línea recta a la cabecera del río Los Pozos; por
UTM (N-.1.067.0000 455.400); por el Oeste, desde
el Sur y el Oeste, con el límite Oeste del Estado
ese punto sigue en línea recta atraviesa la carretera
Monagas, comprendido entre la cabecera del río
que conduce ciudad de Maturín hasta el punto UTM
Los Pozos y el paso Morenero, punto de partida.
(N-1 .073 y E-456.400), en el río Guarapiche, punto
de partida.
b) De la Parroquia Las Alhuacas: Por el Norte,
con el límite Sur del Municipio Maturín,
b) De la Parroquia El Furrial: Por el Norte, linda
comprendido desde la boca de la laguna
con la Parroquia Jusepín, comprendido desde la
Guasacónica sigue aguas abajo por el río Morichal
desembocadura de Quebrada Seca en el río
Largo hasta la des embocadura del río Tigre, y de
Guarapiche hasta el punto UTM (N-1.073.000, E-
allí en línea recta hasta la confluencia del caño
456.400); por el Este, desde ese punto continúa
Guamal en el río El Mamo; por el Este, desde la
en línea recta hasta el río Amana en el punto UTM
desembocadura del caño Guamal en el río El
(N-1.067.000, E-455.400); por el Sur, desde ese
Mamo, continúa en línea recta hasta un punto de
punto continúa por el río Amana aguas arriba, hasta
coordenadas Latitud 9° 05’30”, Longitud 62° 27 en
la desembocadura de la quebrada Arapia en el río
el río Simara; por el Sur, desde el punto anterior,
Amana; por Oeste, linda por el límite Este de los
continúa por el río Simara, aguas arriba hasta el
Municipios Ezequiel Zamora y Cedeño, desde la
morichal Las Puerticas, en el punto de coordenadas
desembocadura de la quebrada Arapia en el río
geográficas Lat. 9º3´00” y Long. 62° 3300 en el límite
Amana hasta la desembocadura de la Quebrada
Este del Municipio Libertador comprendido desde
Seca en el río Guarapiche, punto de partida.
el morichal Las Puerticas en línea recta hasta la
c) De la Parroquia Jusepín: Por el Norte, con el
boca de laguna Guasacónica, en el límite Sur del
límite Sur de la Parroquia Chaguaramal
Municipio Maturín punto de partida.
comprendido desde la intersección entre las
c) De la Parroquia Tabasca: Por el Norte, con
nacientes de las quebradas Jusepín y Curujural,
el Municipio Maturín, desde la desembocadura dE
continúa aguas abajo de la quebrada Curujural
Tigre en el río Morichal Largo hasta la
hasta la desembocadura de la quebrada Las Piñas
desembocadura de éste en el Caño Mánamo; por
en la quebrada Barrancas; por el Este, desde la
el Este, el Estado Delta Amacuro, el Caño Mánamo
quebrada Las Piñas continúa en línea recta hasta
d la desembocadura del río Morichal Largo has
la boca de la quebrada Carne Asada en el río Rusio
desembocadura del río Uracoa; por el Sur, con el
Viejo, desde allí continúa en línea recta por la
Municipio Uracoa, por el río Uracoa hasta su
quebrada Candelaria y de aquí aguas abajo hasta
fluencia con el río Tabasca, sigue por el río Tabasca
su desembocadura en el río Guarapiche; por el
aguas arriba hasta la desembocadura del morichal
Sur, linda con el límite Norte de la Parroquia El
El Isleño; por el Oeste, con el Municipio Libertador
Furrial, desde ese punto y continúa por el río
desde la desembocadura del morichal El Isleño
Guarapiche, aguas arriba hasta la desembocadura
línea recta hasta la desembocadura del morichal
de Quebrada Seca en el mismo río; por el Oeste,
las Puerticas en el río Simara en el punto de
linda con el Municipio Cedeño, desde la
coordenadas geográficas Lat. 9° 3’00” y Long.
desembocadura de Quebrada Seca en el río
62° 33´00 desde aquí con los límites Sur, Este y
Guarapiche hasta la intersección entre las
Norte de la Parroquia Las Alhuacas comprendidos
nacientes de las quebradas Jusepín y Curujural,
desde la desembocadura del morichal Las
punto de partida.
Puerticas en el río Simara sigue por el punto de
d) De la Parroquia La Pica: Por el Norte, desde
coordenadas geográficas Lat. 9° 05’30” y Long.
el río Guarapiche en el punto UTM (N-1.089.200,
62° 27’00” aguas abajo del río Simara, continúa en
E- 490.900), continúa por el mismo hasta la
línea recta hasta la desembocadura del caño
desembocadura del río Punceres en el río
Guamal en el río Mamo y de en línea recta hasta
Guarapiche, de aquí con el límite del Municipio
la desembocadura del río - en el río Morichal Largo,
Punceres hasta la desembocadura del Caño Dos
punto de partida.
Aguas en el río San Juan, continúa por este río
hasta la desembocadura en el Golfo de Paria, en
la Barra de Maturín; por el Este, el Golfo de Paria,
ARTICULO 25° - Los límites de las Parroquia Corozo,
en la Barra de Maturín hasta la boca de Guanipa;
El Furrial, Jusepín, La Pica, San Vicente San Simón,
por el Sur, desde la Boca de Guanipa, aguas arriba
Alto de Los Godos, Las Cocuizas, Boquerón y Santa
hasta la boca de Amana, pasa por la
Cruz constituidos dentro del territorio del Municipio
desembocadura del río Amana en el río Guanipa,
Maturín son los siguientes:
continúa por el río Amana hasta el sitio denominado
a) De la Parroquia el Corozo: Por el Norte, tiendo
Los Cañitos; por el Oeste, desde Los Cañitos sigue
del río Guarapiche en el punto UTM (N-1.073.000,
en línea recta hasta el sitio denominado Altamira,
E-456.400), continuando por el mismo hasta la
y de aquí en línea recta hasta el caño Juanico en
desembocadura del río Rusio Viejo en Guarapiche;
un punto de coordenadas UTM (N-1.077.800, E-
por el Este, desde ese punto continúa en línea
489.300), continúa por los ejidos del Municipio
recta, atraviesa la carretera que conduce a la ciudad
Maturín en línea recta hasta el punto de
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 18
Gaceta Oficial del Estado Monagas
coordenadas UTM (N-1.089.200, E-490.000), en
siguiendo el curso del río, hasta intersectarse con
el río Guarapiche, punto de partida.
la poligonal que delimita los ejidos de Maturín en
el sector Nor-este, según medición de Luis Chávez
e) De la Parroquia San Vicente: Por el Norte
y Mendoza. Desde allí continúa con rumbo Este
desde la desembocadura del río Rusio Viejo en el
hasta llegar al punto B de la misma poligonal y
río Guarapiche, sigue por dicho río hasta la
cuyas coordenadas son: (N-1.085.070, E-489.100).
desembocadura de la quebrada Boconó en el río
De allí parte con rumbo Sur hasta el punto C cuyas
Guarapiche; por el Este, desde la desembocadura
coordenadas son: (N-1.070.500, E-487.150). Luego
de la quebrada Boconó en el río Guarapiche, sigue
continúa con rumbo Oeste por la línea que limita
en línea recta, corta la quebrada La Guacharaca,
por el Sur del Estado Monagas. Luego siguiendo
sigue por la quebrada El Zanjón aguas arriba hasta
rumbo Norte y en la misma dirección de la carretera
la carretera que conduce a Maturín en el punto
del sur y avenida Raúl Leoni, hasta su intersección
UTM (N-1.074.000, E-471.100); por el Sur, desde
con la avenida Ugarte Pelayo, que a su vez, y
su punto continúa por la carretera que conduce a
continuando rumbo Norte cierra el polígono en su
El Corozo hasta el punto UTM (N-1.072.400, E-
intersección con el puente sobre el río Guarapiche.
462.900); por el Oeste, desde ese punto continúa
en línea recta hasta la desembocadura de la
i) De la Parroquia Boquerón: Parroquia sub-
quebrada Rusio Viejo en el río Guarapiche, punto
urbana constituida por el área ubicada al Norte del
de partida.
río Guarapiche dentro de la jurisdicción del
Municipio Maturín.s
f) De la Parroquia San Simón: Parroquia Urbana
constituida por el área que encierra la poligonal
j) De la Parroquia Santa Cruz: Parroquia sub-
que se origina en la Av. Ugarte Pelayo, en el puente
urbana constituida por el área que encierra el
sobre el río Guarapiche, continúa desde allí con
polígono que se origina en la intersección del río
rumbo sur-este por la misma avenida y luego a lo
Guarapiche con la línea de los ejidos formada por
largo de la Av. Raúl Leoni hasta unirse con la Av.
los puntos F, G y H. De allí en rumbo Oeste y
Libertador, que a su vez, la limita por el sur
siguiendo el curso del río Guarapiche hasta el
conjuntamente con la vía hacia la Cruz desde el
territorio de la Parroquia San Vicente. De allí
punto donde se unen ambas vías hasta la
continúa con rumbo Sur sobre el límite Este de la
intersección de esta última con la poligonal que
Parroquia San Vicente hasta intersectarse con el
por el Oeste de Maturín delimita la ampliación de
río Amana, continuando luego con rumbo Este por
los ejidos, efectuada en el año 1786, ubicada en
el cause del río Amana hasta intersectarse con la
la altura del vértice noreste del Fuerte Paramaconi.
prolongación de la línea conformada en parte por
A partir de este punto continúa con rumbo Nor-
los puntos F y G de los ejidos de Maturín. De allí
este, y sobre la misma línea de la poligonal de
en rumbo Norte y en la misma dirección de la
ejidos hasta intersectarse con el río Guarapiche,
prolongación de la línea F y G de la poligonal hasta
que cierra la poligonal siguiendo desde ese punto
unirse con el punto F, cuyas coordenadas son:
la dirección de su lecho hasta unirse en el punto
(N-1.072.870, E-473.800), continuando así por la
de origen, ubicado en la Av. Ugarte Pelayo en el
línea Oeste que define los ejidos municipales
puente sobre el río.
pasando por el punto G cuyas coordenadas son:
(N-1.074.770, E-473.730), hasta cerrar la poligonal
g) De la Parroquia Alto de Los Godos: Parroquia
en el punto de intersección formado por el cruce
urbana constituida por el área que encierra la
de la línea G y H de los ejidos, con el curso del río
poligonal que se origina en la Av. Libertador cruce
Guarapiche.
con Av. Raúl Leoni, y que continúa por esta última
con rumbo Sur hasta intersectarse con la poligonal
que por ese viento define los ejidos de Maturín,
ARTÍCULO 26° - Los límites de las Parroquias Aparicio,
según mediciones de Luis Chávez y Mendoza de
Chaguaramal, El Pinto, Guanaguana, La Toscana y
1783, desde este punto y siguiendo rumbo oeste
Taguaya, constituidos dentro del territorio del Municipio
avanza por la línea de ese polígono, hasta llegar al
Piar, son los siguientes:
vértice de coordenadas UTM (N-1.071.720, E-
477.890). De allí continúa también con dirección
a) De la Parroquia Aparicio: Por el Norte, con
Oeste, hasta el punto F, también definidos en la
el límite Oeste de la Parroquia Guanaguana,
poligonal de ejidos, cuyas coordenadas son: (N-
comprendido desde el cerro Aparicio hasta el Cerro
1.072.870, E-473.800). Luego continúa desde el
Grande; por el Este, desde Cerro Grande hasta
punto F con dirección Norte y sobre la línea el
las Cabeceras del río Taguaya, continúa por éste
Oeste define la dotación del año 1786, hasta
hasta el punto UTM (N-1.104.000 y E-446.400);
intersectarse con la vía La Cruz-Maturín, a la altura
por el Sur, desde ese punto continúa en línea recta,
del vértice Nor-oeste del Fuerte Paramaconi, desde
pasa por el río Aragua, de allí a la quebrada
donde continúa con rumbo Este por la vía La Cruz-
Tenteduro hasta sus cabeceras en Cerro Azul; por
Maturín, hasta la Av. Libertador; que a su vez cierra
el Oeste, con el límite Este del Municipio Cedeño,
el polígono en su intersección con la Av. Raúl Leoni.
comprendido desde Cerro Azul hasta el cerro
Aparicio, punto de partida.
h) De la Parroquia Las Cocuizas: Parroquia
urbana constituida por el área que circunda la
b) De la Parroquia Chaguaramal: Por el Norte,
poligonal que se origina en la Av. Ugarte Pelayo en
partiendo del cerro El Palosanal en línea recta
el puente sobre el río Guarapiche, y continúa
hasta la cabecera de la quebrada La Soledad,
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 19
aguas abajo hasta la desembocadura de ésta en
Punceres hasta sus cabeceras en la Meseta de
el río Azagua, se continúa por éste aguas arriba
Orocual, continúa en línea recta hasta el sitio
hasta la desembocadura de la quebrada Rondón,
llamado El Nevero, en la quebrada Barrancas; por
aguas arriba hasta el cerro Ramírez; por el Este,
el Sur, continúa lindando con el Municipio Maturín,
linda con la Parroquia El Pinto, desde el cerro
comprendido desde el sitio El Nevero hasta la boca
Ramírez en la cabecera del río Orocual, bordea la
de la quebrada La Montaña, en la quebrada
mesa de Punceres para llegar al cerro Las Gallinas,
Barrancas; por el Oeste, linda con la Parroquia
continúa hasta el sitio El Palmichal en el río Orocual
Chaguaramal, desde la boca de la quebrada La
y desde allí con la Parroquia La Toscana, pasando
Montaña pasa por la desembocadura de la
por Orocual de Las Minas, cruza el río Aragua,
quebrada El Cachicamo en el río Aragua, sigue en
hasta llegar al sector La Montaña, y de aquí hasta
línea recta hasta el sitio denominado Palmichal
la quebrada Barrancas; por el Sur, linda con el
en el río Orocual, punto de partida.
Municipio Maturín por la quebrada Barrancas aguas
f) De la Parroquia Taguaya: Por el Norte, linda
arriba hasta la boca de la quebrada Curucujul, por
con el límite Sur de la Parroquia Aparicio,
la que sigue hasta su cabecera, y de allí en línea
comprendido desde el cerro Azul aguas abajo de
recta Oeste Franco hasta la quebrada Jusepín, en
la quebrada Tenteduro hasta un punto de
un punto de coordenadas UTM (N-1.086.400 y E-
coordenadas UTM (N-1.102.500 y E-441.500),
445.600); por el Oeste, linda con el Este del
continuando aguas abajo hasta su confluencia con
Municipio Cedeño, desde el punto anterior en la
el río Aragua, desde allí sigue hasta el punto UTM
quebrada Jusepín hasta el cerro El Palosanal,
(N-1.100.400 y E-447.600), de aquí sigue en línea
punto de partida.
recta hasta el río Guayuta en el punto UTM (N-
c) De la Parroquia El Pinto: Por el Norte, desde
1.103.200 y E-451.600) y de este a la quebrada
el cerro Ramírez, continúa en línea recta hasta la
Rondón en el punto UTM (N-1.101. y E-454.100);
desembocadura en el río Punceres, por este río
por el Este, desde el punto UTM anterior en la
continúa aguas abajo hasta la boca de la quebrada
quebrada Rondón aguas arriba, continua por ésta
Pulvio; por el Este, linda con el límite Oeste
hasta su desembocadura en el río Aragua, continúa
Municipio Punceres desde la cabecera de la
por este río hasta la desembocadura de la quebrada
quebrada El Pulvio, pasando por el cerro Macanillar,
La Soledad en el río Aragua; por el Sur, desde la
la fila del Cantón, el sitio denominado La Mata de
desembocadura de la quebrada Soledad aguas
Mango, hasta llegar a la desembocadura de la
arriba hasta sus cabeceras, de allí en línea recta
quebrada El Caney en el río Punceres y en un
hasta el cerro Palosanal; por el Oeste, con el límite
punto de coordenadas UTM (N-1.099.200 y E-
Este del Municipio Cedeño, comprendido des de
468.000); por el Sur, con el límite Norte de la
el cerro Palosanal hasta el Cerro Azul, punto de
Parroquia La Toscana, de la desembocadura de la
partida.
quebrada El Caney y en el río Punceres, pasando
en línea recta por el sector Concavao y la quebrada
San Felero hasta llegar sitio denominado Palmichar,
ARTICULO 27° s- Los límites de la Parroquia Cachipo
en el río Orocual; por el Oeste, con el límite Este
constituidos dentro del territorio del Municipio Punceres
de la Parroquia Chaguaramal, comprendido desde
son los siguientes: Por el Norte y el Este, desde las
el Palmichar en el río Orocual hasta el cerro
cabeceras de la quebrada Cachipito, sigue en línea
Ramírez, punto de partida.
recta hasta el río La Pulga, de aquí continúa por la
quebrada de la Vuelta del Burro hasta su
d) De la Parroquia Guanaguana: Por el Norte
desembocadura en el río Azagua, desde este punto
y Este, linda con el Sur del Municipio Caripe,
continúa por el límite Sur del Municipio Bolívar hasta
comprendido entre el nacimiento de la quebrada
la desembocadura del río Azagua en el río San Juan y
Alcantarilla y el cerro La Cimarronera; por el Sur,
de aquí con el Estado Sucre por el río San Juan, aguas
con el límite Norte del Municipio Piar comprendido
abajo hasta la desembocadura del caño Dos Aguas
entre el cerro La Cimarronera, Cerro Grande y el
en el río San Juan; por el Sur y el Oeste, linda con el
cerro de Aparicio; por el Oeste, linda con el
Municipio Maturín por una línea recta entre la
Municipio Cedeño, por el lindero Este de dicho
desembocadura del caño Dos Aguas en el río San
Municipio comprendido entre el cerro de Aparicio
Juan hasta la confluencia de la quebrada morichal entre
y el cerro Los Yaques y con el Municipio Acosta,
el río Punceres, de este punto continúa por la quebrada
sigue desde el cerro Yaques a pasar por los cerros
Cachipito hasta su cabecera, punto de partida.
de Las Piedras y El Potrero hasta el nacimiento
de la quebrada La Alcantarilla, punto de partida.
e) De la Parroquia La Toscana: Por el Norte,
ARTÍCULO 28° - Los límites de la Parroquia Los
linda con el límite Sur de la Parroquia El Pinto,
Barrancos, constituidos dentro del territorio del
desde el sitio denominado Palmichar en el río
Municipio Sotillo son los siguientes:
Orocual en línea recta hasta la desembocadura
a) De la Parroquia Los Barrancos: Por el Norte,
de la quebrada El Caney en el río Punceres y de
desde la desembocadura del morichal Cachimbo
allí aguas al por este río con el Municipio Punceres
en el río Uracoa continúa por éste, aguas abajo
hasta la desembocadura de la quebrada Arenas o
hasta un punto de coordenadas: Lat. 8° 37´00”,
Tigual; por el Este, con el Municipio Maturín desde
Long. 62° 29’00” en el río Uracoa; por el Este, desde
la desembocadura de la quebrada Arenas en el río
este punto continúa en línea recta hasta llegar a la
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Página 20
Gaceta Oficial del Estado Monagas
cabecera de la quebrada La Dominga, desde aquí
disponer los recursos necesarios para efectuar el
continúa en línea recta hasta llegar a la punta de
amojonamiento preciso de los linderos entre las
Los Cocos; por el Sur, con el límite Oeste del
entidades Municipales y colaborará con las autoridades
Estado Monagas, comprendido desde punta de
municipales para la determinación precisa del territorio
Los Cocos hasta la cabecera del río Los Pozos;
de las entidades locales menores.
por el Oeste, con el límite Este de la Parroquia
Chaguaramas, comprendidos desde las cabeceras
del río Los Pozos hasta la desembocadura del
ARTICULO 35° - Publíquese íntegramente el texto de
morichal Cachimbo en el río Uracoa, punto de
la Ley de División Político Territorial del Estado
partida.
Monagas, acompañado de un mapa oficial
representativo de la conformación política territorial de
ARTICULO 29° - Las aldeas y caseríos que quedan
la entidad.
excluidos de la jurisdicción de una determinada
Parroquia, podrán a través de sus vecinos interesados
o por protesta del Concejo Municipal constituirse en
Dado, firmado y sellado en el salón donde celebra
Parroquias, siendo la Asamblea Legislativa el órgano
sus sesiones la Asamblea Legislativa del Estado
encargado de determinarla. Así mismo, los votos
Monagas, en Maturín a los veinticinco días del mes
escrutados en dichas aldeas y caseríos les serán
de junio de mil novecientos noventa y cuatro Años:
sumados a la Parroquia que designe la Junta Electoral
184 de la Independencia y 135 de la Federación.
que tenga Jurisdicción en el Municipio, tomándose
en cuenta por tal fin los límites de la Parroquia más
cercana.
Iraida M. de Arismendi
PRESIDENTE
TITULO III
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
José V. Pereira
PRIMER VICE-PRESIDENTE
ARTÍCULO 30º- Son terrenos ejidos de los Municipios
del Estado Monagas los que con dicho carácter defina
la Ley Orgánica de Régimen Municipal. También tienen
Luis M. Bravo
el carácter de ejido las tierras adjudicadas en tiempo
SEGUNDO VICE-PRESIDENTE
de la Colonia a los pueblos de Maturín, Santa Bárbara,
Aguasay, San Antonio, San Francisco, Caripe,
Teresén, Guanaguana, Aragua, Chaguaramal, San
Alfredo M. Marcano E.
Félix, Caicara, Areo, Barrancas, Tabasca y Uracoa, y
las demás definidas con tal carácter en Ordenanzas
SECRETARIO
y demás instrumentos municipales, según la Ley.
Luis E. Martínez
ARTICULO 31° - Los terrenos ejidos ubicados en
DIPUTADO
jurisdicción de un Municipio se entienden adjudicados
a esa misma entidad Municipal, y forman parte de su
dominio público a todos los efectos legales, quedando
Antonio J. Sosa V.
sujetos al régimen peculiar establecido en la
Constitución y en las Leyes de la República, y en las
DIPUTADO
Ordenanzas Municipales.
Pablo Herdé Lira
ARTICULO 32° - Para los fines de la Administración
DIPUTADO
Estadal podrá continuar vigente la unidad territorial y
administrativa llamada Distrito, cuando así lo defina
el instrumento legal que se trate, pero la Asamblea
Domingo Urbina S.
Legislativa promoverá activamente la adaptación
progresiva de la estructura administrativa a la nueva
DIPUTADO
organización municipal establecida por esta Ley.
Darcy C. de Gómez
ARTICULO 33° - Es de la competencia de los
DIPUTADA
respectivos Concejos Municipales la determinación
de la división territorial de las áreas urbanas para fines
de la administración local.
Agustín Adrián Álvarez
DIPUTADO
ARTICULO 34° - El Ejecutivo del Estado deberá
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Gaceta Oficial del Estado Monagas
Página 21
Antonio Natera
República de Venezuela - Estado Monagas -
Gobernación. Maturín, 26 de septiembre de 1994.
DIPUTADO
Años 184 de la Independencia y 135 de la Federación.
Eliso Acuña
Cúmplase,
DIPUTADO
GOBERNADOR DEL ESTADO
Wilfredo Fébres
Ing° Guillermo Antonio Call
DIPUTADO
Refrendado:
Nélida Guzmán
DIPUTADA
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
Ing° María Elena de Cañizales
Ismael Vallenilla
DIPUTADO
SECRETARIO DE EDUCACIÓN
Prof. Edgardy Alfaro
José Boada
DIPUTADO
SECRETARIO DE ADMINISTRACION
Lic. Gladys Vívenes
Enmanuel Rojas
DIPUTADO
SECRETARIO DE O. P. E.
Ing° Enrique Rodulfo M.
Manuel Villalba
DIPUTADO
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Esta Edición se procesa por transcripción directa y fiel del Original, por consiguiente,
la Imprenta Oficial del Estado Monagas no se hace responsable por transcripciones cuyos
originales lleguen en forma defectuosa
Imprenta Oficial del Estado Monagas