Ley De Becas Del Estado Carabobo
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GACETA OFICIAL
D E L E S T A D O C A R A B O B O
ARTÍCULO 13. Las Leyes, Decretos, Resoluciones y demás actos oficiales tendrán el carácter de públicos, por el solo hecho
de aparecer en la Gaceta Oficial del Estado Carabobo y los ejemplares de ésta tendrán fuerza de documentos públicos. Ley de
Publicaciones Oficiales del Estado Carabobo. Gaceta Oficial del Estado Carabobo, Extraordinaria Nº 89 del 5 de Junio de 1972.-
SUMARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ESTADO CARABOBO
RESOLUCIÓN Nº 1622: Dictada por el Secretario General
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
de Gobierno, ordenando la inserción del acto publicado en esta
Valencia, 06 de noviembre de 2006
edición Extraordinaria de la Gaceta Oficial del Estado Carabobo.
196º y 147º
RESOLUCIÓN Nº 1622
LEY DE BECAS DEL ESTADO CARABOBO,
SANCIONADA POR EL CONSEJO LEGISLATIVO
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 75, numeral 2,
DEL ESTADO CARABOBO Y PROMULGADA
de la Ley de Organización de la Administración Pública del
POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO
Estado Carabobo procédase, de acuerdo con lo previsto en la
CARABOBO.
vigente Ley de Publicaciones Oficiales, a insertar en la Gaceta
Oficial del Estado Carabobo (EDICION EXTRAORDINARIA) la
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Ley de Becas del Estado Carabobo, sancionada por el
…………………………………………………………………………..
Consejo Legislativo del Estado Carabobo y Promulgada por el
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Gobernador del Estado Carabobo.
…………………………………………………………………………..
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COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE
…………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………..
L.S.
…………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………..
JUAN JOSÉ HERNÁNDEZ
…………………………………………………………………………..
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
…………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………..
.................................................................................................…..
…………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
…………………………………………………………………………..
EL CONSEJO LEGISLATIVO
…………………………………………………………………………..
DEL ESTADO CARABOBO
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…………………………………………………………………………..
DECRETA
…………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………..
La siguiente:
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LEY DE BECAS DEL ESTADO CARABOBO
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………………………………………………………………………
La educación es un derecho consagrado en las diferentes
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Constituciones del mundo, entre ellas la Constitución de la
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República Bolivariana de Venezuela, la cual prevé como un
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derecho inherente a la persona humana en cualquier etapa de
…..………………………………………………………………………
su vida, este derecho no esta solamente estructurado en la
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acción de recibir educación académica, sino todo lo que
…..………………………………………………………………………
signifique la atención al educando, desde la conformación de los
…..………………………………………………………………………
pensum de estudio hasta la orientación sico-vocacional;
…..………………………………………………………………………
pasando por la atención social y preparación para una mejor
…..………………………………………………………………………
calidad de vida.
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Valencia, 06 de noviembre de 2006 EXTRAORDINARIA Nº 2182
debidamente inscritos en planteles de carácter oficial, estadales,
En este contexto se inserta la Ley de Becas instrumento
nacionales y municipales, ubicados en el Estado Carabobo. Así
normativo que establece un sistema de subvenciones para
como en los Programas Educativos creados por el Ejecutivo
apuntalar el proceso educativo y con ello atender a ciertos
Nacional.
sectores más vulnerables de la sociedad.
ARTÍCULO 3.- El Ejecutivo del Estado Carabobo ofrecerá
Esta Ley, debe estar enmarcada en los principios
becas, mediante cupos previamente establecidos, de acuerdo
constitucionales que permitan el acceso y permanencia en el
con las necesidades sociales y en virtud del interés superior del
sistema educativo creando condiciones, para disminuir las
colectivo como un proceso integral, determinado a orientar y
carencias y necesidades del estudiante para la protección
planificar de manera primordial el derecho permanente e
integral de los mismos lo cual está representado por un sistema
irrenunciable que tiene toda persona al estudio, desde la
de asistencia en el plano económico.
Educación Básica hasta la Educación Superior Universitaria,
pasando por las modalidades de Educación Especial y
Esto ha de traducirse en un Programa de Becas Escolares,
Educación aptitudinal.
donde el criterio para otorgarlas, mas que el rendimiento
académico sea la situación socioeconómica de su grupo
ARTÍCULO 4.- Las asignaciones a los beneficiarios, serán
familiar; ya que es difícil en la mayoría de las veces, exigir un
otorgadas de acuerdo al valor de la Unidad Tributaria al
óptimo rendimiento académico, cuando existe un bajo perfil
momento de la asignación de la beca, distribuidas de la
nutricional en los niños, niñas y adolescentes, además de la
siguiente manera: el valor de cuatro (4) unidades tributarias a
carencia notoria de atención, afectividad y motivación por parte
los estudiantes de Educación Inicial y la primera etapa de
de los padres, representantes o responsables y de los maestros
Educación Básica. El valor de seis (6) unidades tributarias a los
o tutores.
estudiantes de la segunda etapa de Educación Básica, Media y
Diversificada, y ocho (8) unidades tributarias para los
Los lineamientos anteriores sirven de marco referencial de este
estudiantes del nivel de Educación Superior, Universitaria y
proyecto de Ley la cual no establece limitaciones en el campo
Profesional.
educativo sino por el contrario refleja la flexibilidad necesaria
para la aplicación en un contexto general para la educabilidad,
que más que una acción se convierta en un producto final
ARTÍCULO 5.- Las Instituciones en las cuales cursan
fundamentado en el trípode familia, escuela y sociedad.
estudios los beneficiarios de los distintos programas deberán
ser de carácter oficial y estar debidamente inscritos en el
De lo anteriormente expuesto se establece un sistema que
Ministerio de Educación y Deportes.
comprende un conjunto de modalidades para la protección y
asistencia al educando.
ARTÍCULO 6.- No podrán ser beneficiarios de becas quienes
ya lo estén por otra entidad federal o posean un beneficio de
Esta Ley está estructurada en Cinco Capítulos ordenados de la
naturaleza similar.
siguiente manera: Capítulo I. De las Becas. Capítulo II De la
Solicitud y Otorgamiento de Becas. Capítulo III. De los Deberes
ARTÍCULO 7.- A los fines de brindar apoyo a un mayor
de los Beneficiarios. Capítulo IV. Disposiciones Finales. Capítulo
número de familias, se propenderá a conceder una beca por
V. Disposiciones Transitorias.
grupo familiar, según los casos, garantizando el ejercicio y
…………………………………………………………………………..
disfrute pleno de este beneficio.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ARTÍCULO 8.- El Ejecutivo del Estado Carabobo estimará
EL CONSEJO LEGISLATIVO DEL
un número de becas de estudio para todas las ramas del
ESTADO CARABOBO
sistema educativo establecidas por el Ejecutivo Nacional.
DECRETA
La Siguiente:
CAPITULO II
DE LA SOLICITUD Y OTORGAMIENTO
LEY DE BECAS DEL ESTADO CARABOBO
DE BECAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 9.- El aspirante a obtener una beca debe estar
residenciado en el Estado Carabobo.
ARTÍCULO 1.- Esta Ley tiene como objeto establecer el
programa de becas del Estado Carabobo para los alumnos
ARTÍCULO 10.- La solicitud de becas para cualquier nivel o
cursantes de estudios en los niveles de Educación Inicial,
modalidad se efectuará mediante los formularios que suministre
Básica, Media, Diversificada y profesional, Educación Superior,
la Secretaria de Educación y Deporte del Estado Carabobo.
perfeccionamiento Profesional y los programas educativos del
Gobierno Nacional, y modalidades de Educación Especial del
ARTÍCULO 11.- El procedimiento para otorgar el beneficio
sistema educativo en esta Entidad Federal.
de las becas se establecerá en el Reglamento de esta Ley.
ARTÍCULO 2.- Se otorgaran becas a estudiantes que
ARTÍCULO 12.- Se efectuaran dos procesos de captación
carezcan de recursos económicos y a los estudiantes que tienen
de nuevos becarios al año: uno en el primer trimestre y otro en
un record académico excelente, los cuales deben estar
el tercer trimestre del año en curso.
2
Valencia, 06 de noviembre de 2006 EXTRAORDINARIA Nº 2182
ARTÍCULO 13.- Las condiciones exigidas para otorgar el
1.
Ser venezolano.
beneficio de Becas de Educación Inicial son los siguientes:
2.
Estar residenciado en el Estado Carabobo.
1.
Ser venezolano.
3.
Estar formalmente inscrito en estudios de perfeccionamiento
2.
Estar residenciado en el Estado Carabobo.
profesional: diplomado, especialidad, post-grado, maestría o
3.
Cursar estudios en instituciones educativas oficiales
doctorado.
(públicas) ubicadas en el Territorio del Estado Carabobo.
4.
Cursar estudios en instituciones educativas superiores
4.
No ser beneficiario de otro programa de Becas otorgado por
oficiales (públicas) ubicadas en el Territorio del Estado
cualquier otro organismo o institución de carácter oficial o
Carabobo.
privado.
5.
No ser beneficiario de otro programa de Becas otorgado por
5.
Presentar los certificados y documentos que le sean
cualquier otro organismo o institución de carácter oficial o
requeridos.
privado.
6.
Presentar los certificados y documentos que le sean
ARTÍCULO 14.- Las condiciones exigidas para otorgar el
requeridos.
beneficio de Becas de Educación Básica son las siguientes:
1.
Ser venezolano.
ARTÍCULO 18.- Las condiciones exigidas para la tramitación
2.
Estar residenciado en el Estado Carabobo.
de Becas de Educación Especialson las siguientes:
3.
Cursar estudios en instituciones educativas oficiales
1.
Ser venezolano.
(públicas) ubicadas en el Territorio del Estado Carabobo.
2.
Estar residenciado en el Estado Carabobo.
4.
No ser beneficiario de otro programa de Becas otorgado por
3.
Cursar estudios en instituciones educativas oficiales
cualquier otro organismo o institución de carácter oficial o
(públicas) ubicadas en el Territorio del Estado Carabobo.
privado.
4.
No ser beneficiario de otro programa de Becas otorgado por
5.
Presentar los certificados y documentos que le sean
cualquier otro organismo o institución de carácter oficial o
requeridos.
privado.
6.
Mantener buena conducta.
5.
Presentar los certificados y documentos que le sean
requeridos.
ARTÍCULO 15.- Las condiciones exigidas para otorgar el
ARTÍCULO 19.- Las condiciones exigidas para la tramitación
beneficio de Becas de EducaciónMedia y Diversificada y
de Becas Aptitudinales son las siguientes:
Profesional son las siguientes:
1.
Ser venezolano.
1.
Ser venezolano.
2.
Estar residenciado en el Estado Carabobo.
2.
Estar residenciado en el Estado Carabobo.
3.
Cursar estudios en instituciones educativas oficiales
3.
Cursar estudios en instituciones educativas oficiales
(públicas) ubicadas en el Territorio del Estado Carabobo.
(públicas) ubicadas en el Territorio del Estado Carabobo.
4. Poseer aptitud comprobada en algún área: deportes,
4.
No ser beneficiario de otro programa de Becas otorgado por
música, artes, entre otras.
cualquier otro organismo o institución de carácter oficial o
5.
Estar afiliado a un club, asociación o institución reconocida
privado.
en el área en la que se ubica su habilidad.
5.
Presentar los certificados y documentos que le sean
6.
No ser beneficiario de otro programa de Becas otorgado por
requeridos.
cualquier otro organismo o institución de carácter oficial o
6.
Mantener buena conducta.
privado.
7.
Presentar los certificados y documentos que le sean
requeridos.
ARTÍCULO 16.- Las condiciones exigidas para la tramitación
de Becas de Educación Superior son las siguientes:
ARTÍCULO 20.- Las Becas serán otorgadas por la
1.
Ser venezolano.
Secretaría de Educación y Deporte del Estado Carabobo, de
2.
Estar residenciado en el Estado Carabobo.
acuerdo con las condiciones y requisitos exigidos en esta Ley.
3.
Cursar estudios en instituciones educativas superiores
oficiales (públicas) ubicadas en el Territorio del Estado
ARTÍCULO 21.- Cuando la demanda sea mayor a los cupos
Carabobo.
disponibles de acuerdo al presupuesto asignado a los
4.
Haber aprobado el primer semestre de la carrera cursada ó
programas respectivos, se concederán las becas en atención a
el primer año, si el régimen es anual.
la fecha de recepción y al estudio socio-económico
5.
No ser beneficiario de otro programa de Becas otorgado por
correspondiente.
cualquier otro organismo o institución de carácter oficial o
privado.
ARTÍCULO 22.- Todos los Beneficiarios deberán actualizar
6.
Presentar los certificados y documentos que le sean
su documentación una vez al año.
requeridos.
Si el beneficiario es menor de edad dicho trámite será
7.
Mantener buena conducta.
responsabilidad de su representante.
Los aspirantes para obtener becas que tengan un calendario
ARTÍCULO 23.-
escolar diferente al establecido en la Ley de Educación, deberán
Son causales de suspensión ó revocación
presentar los recaudos dentro del mes siguiente a la
del beneficio de la Beca de estudio, las siguientes:
culminación de su régimen escolar.
1.
Abandono definitivo de los estudios.
2.
Suministro de datos falsos y presentación de documentos
ARTÍCULO 17.-
adulterados.
Las condiciones exigidas para la tramitación
3.
Disfrute permanente y simultáneo de otra beca otorgada por
de Becas de Perfeccionamiento Profesional otorgadas, son las
organismo gubernamental o privado.
siguientes:
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Valencia, 06 de noviembre de 2006 EXTRAORDINARIA Nº 2182
GACETA OFICIAL
CAPITULO V
DISPOSICION TRANSITORIA
ARTÍCULO 29.- Hasta tanto se dicte el reglamento que
regule el procedimiento para el otorgamiento del beneficio de las
D E L E S T A D O C A R A B O B O
becas establecido en el artículo 11, se aplicará el siguiente:
1. Acudir a la Secretaría de Educación y Deporte del Gobierno
IMPRENTA DEL ESTADO CARABOBO
del Estado Carabobo a solicitar información sobre el lapso
de captación de nuevos becarios y los requisitos necesarios
Avenida Soublette, entre Calle Páez y Colombia, Valencia,
para dicho tramite.
Edo. Carabobo Telf.: (0241) 8574920
2.
Asistir en la fecha que indique la Secretaría de Educación y
Esta Gaceta contiene 04 páginas
Deporte con todos los recaudos exigidos.
Nro. Depósito Legal: pp76-0420
Tiraje: 100 ejemplares
3.
Suministrar los datos que le sean solicitados para la
respectiva inclusión en la planilla respectiva.
Nro._____________________________________
4.
Firmar la solicitud.
Dado, firmado y sellado en el Salón de Sesiones del Consejo
Legislativo del Estado Carabobo, en Valencia a los once (11)
días del mes de julio del año dos mil seis. Años 196º de
la Independencia y 147º de la Federación.
4.
Culminación de los estudios.
L.S.
5. Renuncia voluntaria del beneficiario.
6.
Fallecimiento del beneficiario.
Leg. BLANCA DE DOMÍNGUEZ
7.
Cambio de residencia a otro Estado.Presidenta
Abog. INDRA TOLEDO
Secretaria
CAPITULO III
LEGISLADORES:
DE LOS DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS
DEYALITZA ARAY
ANTOR VLADIMIR NAVAS
ARTÍCULO 24.- Los beneficiarios que cursen estudios
KARELLY LIZARRAGA
VALMORE D. AZUAJE
profesionales, deberán mientras tengan el beneficio de la beca,
realizar una actividad social que le sea requerida.
AURA MONTERO
JOSÉ CHIRINOS
ALEJANDRO FEO LA CRUZ
GETULIO FONSECA
CAPITULO IV
EDUARDO PINO
OSCAR PÉREZ
DISPOSICIONES FINALES
YANETT RAMOS DE ROMÁN
ALBERTINA DE BRICEÑO
ARTÍCULO 25.- Cuando los beneficiarios de las becas sean
DAHYANA VILLAVICENCIO
CÉSAR BURGUERA
mayores de edad, se le pagará directamente al beneficiario. En
…………………………………………………………………………..
el caso de los menores de edad se pagará a su representante
legal. En los casos cuyos menores se encuentren bajo la tutela
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ESTADO
del Estado el pago por concepto del beneficio se entregará a la
CARABOBO, PODER EJECUTIVO, Valencia, seis (06) de
persona que los organismos competentes designen como tutor
noviembre de 2006. Años 196º de la Independencia y 147º de
institucional.
la Federación.
ARTÍCULO 26.- Los actuales beneficiarios de becas
CÚMPLASE
otorgadas por el Ejecutivo del Estado Carabobo, seguirán
disfrutando del beneficio hasta la culminación de sus estudios,
L.S.
siempre que cumplan con las condiciones y requisitos que le
hubieren exigido.
LUIS FELIPE ACOSTA CARLEZ
ARTÍCULO 27.-
GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO
Esta Ley entrará en vigencia a partir de su
publicación en la Gaceta Oficial del Estado Carabobo.
…………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………..
ARTÍCULO 28.-
…………………………………………………………………………..Queda derogada la Ley de Becas del 15 de
…………………………………………………………………………..
noviembre del año 1975.
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…………………………………………………………………………
4