Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público
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LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION
cumplimiento de la obligación de los funcionarios de
FINANCIERA DEL
rendir cuenta de su gestión.
SECTOR PÚBLICO
Artículo 6.- Están sujetos a las regulaciones de esta
Ley, con las especificidades que la misma establece, los
Gaceta Oficial N° 37.606 de fecha 09 de enero de 2003
entes u organismos que conforman el sector público,
enumerados seguidamente: (1)
LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
1.
La República.
VENEZUELA
2.
Los estados.
3.
El Distrito Metropolitano de Caracas.
DECRETA
4.
Los distritos.
5.
Los municipios.
6.
Los institutos autónomos.
la siguiente,
7.
Las personas jurídicas estatales de derecho
público.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
8.
Las sociedades mercantiles en las cuales la
FINANCIERA DEL
República o las demás personas a que se refiere
SECTOR PÚBLICO
el presente artículo tengan participación igual o
mayor al cincuenta por ciento del capital social.
TITULO I
Quedarán comprendidas además, las
DISPOSICIONES GENERALES
sociedades de propiedad totalmente estatal,
cuya función, a través de la posesión de
Artículo 1.- Esta Ley tiene por objeto regular la
acciones de otras sociedades, sea coordinarla
administración financiera, el sistema de control
gestión empresarial pública de un sector de la
interno del sector público, y los aspectos referidos a
economía nacional.
la coordinación macroeconó mica, al Fondo de
9.
Las sociedades mercantiles en las cuales las
Estabilización Macroeconómica y al Fondo de Ahorro
personas a que se refiere el numeral anterior
Intergeneracional.
tengan participación igual o mayor al cincuenta
por ciento del capital social.
Artículo 2.- La administración financiera del sector
10. Las fundaciones, asociaciones civiles y demás
público comprende el conjunto de sistemas, órganos,
instituciones constituidas con fondos públicos o
normas y procedimientos que intervienen en la
dirigidas por algunas de las personas referidas
captación de ingresos públicos y en su aplicación
en este artículo, cuando la totalidad de los
para el cumplimiento de los fines del Estado, y estará
aportes presupuestarios o contribuciones en un
regida por los principios Constitucionales de
ejercicio efectuados por una o varias de las
legalidad, eficiencia, solvencia, transparencia,
personas referidas en el presente artículo,
responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación
represente el cincuenta por ciento o más de su
macroeconómica.
presupuesto.
Artículo 7.- A los efectos de la aplicación de esta Ley
Artículo 3.- Los sistemas de presupuesto, crédito
se hacen las siguientes definiciones:
público, tesorería y contabilidad, regulados en esta
Ley; así como los sistemas tributario y de
administración de bienes, regulados por leyes
1.
Se entiende por entes descentralizados
especiales, conforman la administración financiera
funcionalmente, sin fines empresariales los
del sector público. Dichos sistemas estarán
señalados en los numerales 6, 7 y 10 del
interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la
artículo anterior, que no realizan actividades de
coordinación de un órgano rector.
producción de bienes o servicios destinados ala
venta y cuyos ingresos o recursos provengan
Artículo 4.- El Ministerio de Finanzas coordina la
fundamentalmente del presupuesto de la
administración financiera del sector público nacional
República.
y dirige y supervisa la implantación y mantenimiento
2.
Se entiende por entes descentralizados con
de los sistemas que la integran, de conformidad con
fines empresariales aquellos cuya actividad
lo establecido en la Constitución y en la ley.
principal es la producción de bienes o servicios
destinados ala venta y cuyos ingresos o
Artículo 5.- El sistema de control interno del sector
recursos provengan fundamentalmente de esa
público, cuyo órgano rector es la Superintendencia
actividad.
Nacional de Auditoria Interna, comprende el conjunto
3.
Se entiende por sector público nacional al
de normas, órganos y procedimientos de control,
conjunto de entes enumerados en el artículo 6
integrados a los procesos de la administración
de esta Ley, salvo los mencionados en los
financiera así como la auditoría interna. El sistema de
numerales 2, 3, 4 y 5, y los creados por ellos.
control interno actuará coordinadamente con el
4.
Se entiende por deuda pública el
Sistema de Control Externo a cargo de la Contraloría
endeudamiento que resulte de las operaciones
General de la República tiene por objeto promover la
de crédito público. No se considera deuda
eficiencia en la capacitación y uso de los recursos
pública la deuda presupuestaria o del Tesoro.
públicos, el acatamiento de las normas legales en las
5.
Se entiende por ingresos ordinarios, los
operaciones del Estado, la confiabilidad de la
ingresos recurrentes.
información que se genere y divulgue sobre los
6.
Se entiende por ingresos extraordinarios, los
mismos; así como mejorar la capacidad
ingresos no recurrentes, tales como los
administrativa para evaluar el manejo de los recursos
provenientes de operaciones de crédito público
del Estado y garantizar razonablemente el
1
y de leyes que originen ingresos de carácter
compensaciones entre sí, para el correspondiente
eventual o cuya vigencia no exceda de 3
ejercicio económico financiero .
años.
7.
Se entiende por ingresos corrientes, los
Con el proyecto de ley de presupuesto anual, el
ingresos recurrentes, sean o no tributarios,
Ministerio de Finanzas presentará los estados de cuenta
petroleros o no petroleros.
anexos en los que se describan los planes de previsión
8.
Se entiende por ingresos de capital,
social, así como la naturaleza y relevancia de riesgos
ingresos por concepto de ventas de activos
fiscales que puedan identificarse, tales como:
y por concepto de transferencias con fines
de capital.
1.
Obligaciones contingentes, es decir, aquellas
9.
Se entiende por ingreso total, la suma de los
cuya materialización efectiva, monto y
ingresos corrientes y los ingresos de capital.
exigibilidad dependen de eventos futuros
10. Se entiende por ingresos recurrentes,
inciertos que de hecho pueden no ocurrir,
aquellos que se prevea producir o se hayan
incluidas garantías y asuntos litigiosos que
producido por más de 3 años.
puedan originar gastos en el ejercicio;
2.
Gastos tributarios, tales como excepciones,
Artículo 8.- A los fines previstos en esta Ley, el
exoneraciones, deducciones, diferimientos y
ejercicio económico financiero comenzará el primero
otros sacrificios fiscales que puedan afectarlas
de enero y terminará el treinta y uno de diciembre de
previsiones sobre el producto fiscal tributario
cada año.
estimado del ejercicio;
3.
Actividades cuasifiscales, es decir, aquellas
TITULO II
operaciones relacionadas con el sistema
DEL SISTEMA PRESUPUESTARIO
financiero o cambiario, o con el dominio público
comercial, incluidos los efectos fiscales
Capítulo I
previsibles de medidas de subsidios, de manera
Disposiciones Generales
que puedan evaluarse los efectos económicos y
la eficiencia de las políticas que se expresan en
Sección Primera
dichas actividades.
Normas Comunes
La obligación establecida en este artículo no será
exigible cuando tales datos no puedan ser cuantificables
Artículo 9.- El sistema presupuestario está
o aquellos cuyo contenido total o parcial haya sido
integrado por el conjunto de principios, órganos,
declarado secreto o confidencial de conformidad con la
normas y procedimientos que rigen el proceso
ley.
presupuestario de los entes y órganos del sector
público.
Artículo 13.- Los presupuestos públicos de ingresos
contendrán la enumeración de los diferentes ramos de
Artículo 10.- Los presupuestos públicos expresan
ingresos corrientes y de capital y las cantidades
los planes nacionales regionales y locales, elaborados
estimadas para cada uno de ellos. No habrá rubro
dentro de las líneas generales del plan de desarrollo
alguno que no esté representado por una cifra numérica
económico y social de la Nación aprobadas por la
Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen,
Las denominaciones de los diferentes rubros de ingreso
por parte del sector público, captar y asignar
serán lo suficientemente específicas como para
recursos conducentes al cumplimiento de las metas
identificar las respectivas fuentes.
de desarrollo económico, social e institucional del
país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal
Artículo 14.- Los presupuestos públicos de gastos
contempladas en esta Ley y en la Ley del marco
contendrán los corrientes y de capital, y utilizarán las
plurianual del presupuesto. ( 7)(15)
técnicas más adecuadas para formular, ejecutar, seguir
y evaluar las políticas, los planes de acción y la
El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio
producción de bienes y servicios de los entes y órganos
de Planificación y Desarrollo, será presentado ala
del sector público, así como la incidencia económica y
Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la
financiera de la ejecución de los gastos y la vinculación
cual se efectúe la presentación formal del proyecto
de éstos con sus fuentes de financiamiento. Para cada
de ley de presupuesto.
crédito presupuestario se establecerá el objetivo
especifico a que esté dirigido, así como los resultados
Artículo 11.- El Ejecutivo Nacional podrá establecer
concretos que se espera obtener, en términos
normas que limiten y establezcan controles al uso de
cuantitativos, mediante indicadores de desempeño,
los créditos presupuestarios de los entes referidos en
siempre que ello sea técnicamente posible.
el artículo 6, adicionales a las establecidas en esta
Ley. Tales limitaciones no se aplicarán a los
El reglamento de esta Ley establecerá las técnicas de
presupuestos del Poder Legislativo, del Poder
programación presupuestaria y los clasificadores de
Judicial, de los órganos del Poder Ciudadano, del
gastos e ingresos que serán utilizados. (2-3-4)(6)
Poder Electoral, de los estados, del Distrito
Metropolitano de la ciudad de Caracas, de los
Artículo 15.- Las operaciones de financiamiento
distritos, de los municipios y del Banco Central de
comprenden todas las fuentes y aplicaciones financieras,
Venezuela (140)
sea que originen o no movimientos monetarios durante
el ejercicio económico-financiero.
Artículo 12.- Los presupuestos públicos
comprenderán todos los ingresos y todos los gastos,
Las fuentes financieras provienen de la disminución de
así como las operaciones de financiamiento sin
activos financieros y de incrementos de pasivos, tales
como las operaciones de crédito público.
2
Las aplicaciones financieras son incrementos de
2.
Participar en la elaboración del plan operativo
activos financieros y disminución de pasivos, tales
anual y preparar el presupuesto consolidado del
como la amortización de la deuda pública
sector público.
3.
Participar en la preparación del proyecto de ley
Artículo 16.- Sin perjuicio del equilibrio económico
del marco plurianual del presupuesto del sector
de la gestión fiscal que se establezca para el período
público nacional bajo los lineamientos de
del marco plurianual del presupuesto, los
política económica y fiscal que elaboren,
presupuestos públicos deben mostrar equilibrio entre
coordinadamente, el Ministerio de Planificación
el total de las cantidades autorizadas para gastos y
y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el
aplicaciones financieras y e l total de las cantidades
Banco Central de Venezuela, de conformidad
estimadas como ingresos y fuentes financieras.
con la ley.
4.
Preparar el proyecto de ley de presupuesto y
Artículo 17.- En los presupuestos se indicarán las
todos los informes que sean requeridos por las
unidades administrativas que tengan a su cargo la
autoridades competentes.
producción de bienes y servicios prevista. En los
5.
Analizar los proyectos de presupuesto que
casos de ejecución presupuestaria con participación
deban ser sometidos a su consideración y,
de diferentes unidades administrativas de uno o
cuando corresponda, proponerlas correcciones
varios entes u órganos públicos, se indicará la
que considere necesarias.
actividad que a cada una de ellas corresponda y los
6.
Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional
recursos asignados para el cumplimiento de las
del Tesor o, la programación de la ejecución de
metas previstas.
la ley de presupuesto.
7.
Preparar y dictar las normas e instrucciones
Artículo 18.- Las autoridades correspondientes
técnicas relativas al desarrollo de las diferentes
designarán a los funcionarios encargados de las
etapas del proceso presupuestario.
metas y objetivos presupuestarios, quienes
8.
Asesorar en materia presupuestarias a los entes
participarán en su formulación y responderán del
u órganos regidos por esta Ley.
cumplimiento de los mismos y la utilización eficiente
9.
Analizar las solicitudes de modificaciones
de los recursos asignados.
presupuestarias que deban ser sometidas a su
consideración y emitir opinión al respecto.
Cuando sea necesario establecer la coordinación
10. Evaluar la ejecución de los presupuestos
entre programas de distintos entes u órganos se
aplicando las normas y criterios establecidos
crearán mecanismos técnico-administrativos con
por esta Ley, su reglamento y las normas
representación de las instituciones participantes en
técnicas respectivas.
dichos programas.
11. Informar al Ministro de Finanzas, con la
periodicidad que éste lo requiera, acerca de la
Artículo 19.- Cuando en los presupuestos se
gestión presupuestaria del sector público.
incluyan créditos para obras, bienes o servicios cuya
12. Las demás que le confiera la ley.
ejecución exceda del ejercicio presupuestario, se
(10)(16)(17)(21)(28)
incluirá también la información correspondiente a su
monto total, el cronograma de ejecución, los
Artículo 22.- Los funcionarios y demás trabajadores al
recursos erogados en ejercicios precedentes, los que
servicio de los entes y órganos cuyos presupuestos se
se erogarán en el futuro y la respectiva autorización
para gastar en el ejercicio presupuestario
rigen por esta Ley, estén obligados a suministrar las
informaciones que requiera la Oficina Nacional de
correspondiente. Si el financiamiento tuviere
Presupuesto, así como a cumplirlas normas e
diferentes orígenes se señalare además, si se trata
instructivos técnicos que emanen de ella (8-9)
de ingresos corrientes, de capital o de fuentes
financie ras. Las informaciones a que se refiere este
artículo se desagregarán en el proyecto de ley de
Artículo 23.- Cada uno de los entes y órganos cuyos
presupuestos se rigen por esta Ley, contarán con
presupuesto y se evaluará su impacto en el marco
unidades administrativas para el cumplimiento de las
plurianual del presupuesto.
funciones presupuestarias aquí establecidas. Estas
unidades administrativas, acatarán las normas e
Sección Segunda
Organización del Sistema
instructivos técnicos dictados por la Oficina Nacional de
Presupuesto de conformidad con esta Ley y su
reglamento.
Artículo 20.- La Oficina Nacional de Presupuesto es
el órgano rector del Sistema Presupuestario Público y
Capítulo II
estará bajo la responsabilidad y dirección de un Jefe
Del Régimen Presupuestario de la República y de
de Oficina, de libre nombramiento y remoción del
sus entes Descentralizados Funcionalmente,
Ministro de Finanzas.
sin fines Empresariales
Sección Primera
Artículo 21.- La Oficina Nacional de Presupuesto es
De los Entes y órganos Regidos por este Capítulo
una dependencia especializada del Ministerio
Finanzas y tiene las siguientes atribuciones:
Artículo 24.- Se regirán por este Capítulo, los entes del
sector público nacional indicados en los numerales 1, 6,
1.
Participar en la formulación de los aspectos
7 y 10 del artículo 6 de esta Ley, salvo aquellos que por
presupuestarios de la política financiera que,
la naturaleza de sus funciones empresariales deban
para el sector público nacional, elabore el
regirse por el Capítulo IV de este Título.
Ministerio de Finanzas.
3
Sección Segunda del Marco Plurianual del
las estimaciones de gastos para cada uno de los
Presupuesto
ejercicios fiscales del período. Estas estimaciones se
vincularán con los pronósticos macroeconómicos
Artículo 25.- El Proyecto de Ley del marco
indicados para el mediano plazo, y las correspondientes
plurianual del presupuesto será elaborado por el
al primer año del período se explicitarán de manera que
Ministerio de Finanzas, en coordinación con el
constituyan la base de las negociaciones presupuestarias
Ministerio de Planificación y Desarrollo y el Banco
para ese ejercicio. (5)(14)(18)(19)
Central de Venezuela, y establecerá los límites
máximos de gasto y de endeudamiento que hayan de
Artículo 27.- El Ejecutivo Nacional, por órgano del
contemplarse en los presupuestos nacionales para un
Ministro de Finanzas, presentará a la Asamblea Nacional
período de tres años, los indicadores y demás reglas
el proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto,
de disciplina fiscal que permitan asegurar la solvencia
antes del quince de julio del primero y del cuarto año del
y Sostenibilidad fiscal y equilibrarla gestión financiera
período constitucional de la Presidencia de la República,
nacional en dicho período, de manera que los
y el mismo será sancionado antes del 15 de agosto del
ingresos ordinarios sean suficientes para cubrir los
mismo año de su presentación.
gastos ordinarios. (11-12)
Artículo 28.- El Ejecutivo Nacional presentará
El marco plurianual del presupuesto especificará lo
anualmente a la Asamblea Nacional, antes del quince de
siguiente: (13)
julio, un informe global contentivo de lo siguiente:
1.
El período al cual corresponde y los
1.
La evaluación de la ejecución de la ley de
resultados financieros esperados de la
presupuesto del ejercicio anterior, comparada
gestión fiscal de cada año. Estos resultados
con los presupuestos aprobados por la
deberán compensarse de manera que la
Asamblea Nacional, con la explicación de las
sumatoria para el período muestre equilibrio
diferencias ocurridas en materia de ingresos,
o superávit entre ingresos ordinarios y
gastos y resultados financieros.
gastos ordinarios, entendiendo por los
2.
Un documento con las propuestas más
primeros, los ingresos corrientes deducidos
relevantes que contendrá el proyecto de ley de
los aportes al Fondo de Estabilización
presupuesto para el año siguiente, con
Macroeconómica y al Fondo de Ahorro
indicación del monto general de dicho
Intergeneracional, y por los segundos los
presupuesto, su correspondencia con las metas
gastos totales, excluida la inversión directa
macroeconómicas y sociales definidas para el
del gobierno central. El ajuste fiscal a los
sector público en el marco plurianual del
fines de lograr el equilibrio no se
presupuesto y la Sostenibilidad de las mismas,
concentrará en el último año del período del
a los fines de proporcionarla base de la
marco plurianual.
discusión de dicho proyecto de ley.
2.
El límite máximo del total del gasto
3.
La cuenta ahorro-inversión-financiamiento y las
causado, calculado para cada ejercicio del
estimaciones agregadas de gasto para los dos
período del marco plurianual, en relación al
años siguientes, de conformidad con las
producto interno bruto, con indicación del
proyecciones macroeconómicas actualizadas y
resultado financiero primario y del resultado
la sostenibilidad de las mismas, de acuerdo con
financiero no petrolero mínimos
las limitaciones establecidas en la Ley del
correspondientes a cada ejercicio, de
marco plurianual del presupuesto.
acuerd o con los requerimientos de
La Asamblea Nacional comunicará al Ejecutivo Nacional
sostenibilidad fiscal. (20)
el acuerdo resultante de las deliberaciones efectuadas
Se entenderá como resultado financiero primario la
sobre el informe global a que se refiere este artículo,
diferencia resultante entre los ingresos totales y los
antes del quince de agosto de cada año.
gastos totales, excluidos los gastos correspondientes
a los intereses de la deuda pública, y como resultado
Artículo 29.- Las modificaciones de los limites de gasto,
financiero no petrolero, la resultante de la diferencia
de endeudamiento y de resultados financieros
entre los ingresos no petroleros y el gasto total.
establecidos en la ley del marco plurianual del
presupuesto sólo procederán en casos de estados de
3.
El límite máximo de endeudamiento que
excepción decretados de conformidad con la ley, o de
haya de contemplarse para cada ejercicio
variaciones que afecten significativamente el servicio de
del período del marco plurianual, de acuerdo
la deuda pública. En este último caso, el proyecto de
con los requerimientos da sostenibilidad
modificación será sometido por el Ejecutivo Nacional a la
fiscal. El límite máximo de endeudamiento
consideración de la Asamblea Nacional con una
para cada ejercicio será definido a un nivel
exposición razonada de las causas que la motiven y sólo
prudente en relación con el tamaño de la
podrán afectarse las reglas de límite máximo de gasto,
economía, la inversión reproductiva y la
de resultado primario y de resultado no petrolero de la
capacidad de generar ingresos fiscales. Para
gestión económico-financiera.
la determinación de la capacidad de
endeudamiento se tomará en cuenta el
Sección Tercera
monto global de los activos financieros de la
De la Estructura de la Ley de Presupuesto
República.
Artículo 26.- El proyecto de Ley del marco
Artículo 30.- La ley de presupuesto constará de tres
plurianual del presupuesto irá acompañado de la
títulos cuyos contenidos serán los siguientes: (22)
cuenta ahorro-inversión-financiamiento
TITULO I Disposiciones Generales
presupuestada para el período a que se refiere dicho
TITULO Ii Presupuestario De Ingresos Y Gastos Y
marco, los objetivos de política económica, con
Operaciones De Financiamiento De La República
expresa indicación de la política fiscal, así como de
(23)(38)
4
TITULO III Presupuesto De Ingresos Y Gastos Y
3.
Los que resulten de la gestión de los servicios
Operaciones De Financiamiento De Los Entes
autónomos sin personalidad jurídica.
Descentralizados Funcionalmente De La Repú blica,
4.
El producto de las contribuciones especiales.
Sin Fines Empresariales (24)
Sección Cuarta
De la Formulación del Presupuesto de la Re pública
Artículo 31.- Las disposiciones generales de la ley
y de sus Entes Descentralizados sin Fines
de presupuesto constituirán normas complementarias
Empresariales
del Título B de esta Ley que regirán para cada
ejercicio presupuestario y contendrán normas que se
Artículo 35.- El Presidente de la República, en Consejo
relacionen directa y exclusivamente con la
de Ministros, fijará anualmente los lineamientos
aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto
generales para la formulación del proyecto de ley de
del que forman parte. En consecuencia, no podrán
presupuesto y las prioridades de gasto, atendiendo a los
contener disposiciones de carácter permanente, ni
límites y estimaciones establecidos en la ley del marco
reformar o derogar leyes vigentes, o crear, modificar
plurianual del presupuesto. (31)
o suprimir tributos u otros ingresos, salvo que se
trate de modificaciones autorizadas por las leyes
A tal fin, el Ministerio de Planificación y Desarrollo
creadoras de los respectivos tributos.
practicará una evaluación del cumplimiento de los planes
y políticas nacionales y de desarrollo general del país, así
Artículo 32.- Se considerarán ingresos de la
como una proyección de las variables macroeconómicas
República aquellos que se prevea recaudar durante el
y la estimación de metas físicas que contendrá el plan
ejercicio y el financiamiento proveniente de
operativo anual para el ejercicio que se formulará.
donaciones, representen o no entradas de dinero en
efectivo al Tesoro. (25)
El Ministerio de Finanzas, con el objeto de delimitar el
En el presupuesto de gastos de la República se
impacto anual del marco plurianual del presupuesto, por
identificará la producción de bienes y servicios que
órgano de la Oficina Nacional de Presupuesto, preparará
cada uno de los organismos ordenadores se propone
los lineamientos de política que regirán la formulación
alcanzar en el ejercicio y los créditos presupuestarios
del presupuesto.
correspondientes. Los créditos presupuestarios
expresarán los gastos que se estime han de causarse
Artículo 36.- La Oficina Nacional de Presupuesto
en el ejercicio, se traduzcan o no en salida de fondos
elaborará el proyecto de ley de presupuesto atendiendo
del Tesoro. (27)
a los anteproyectos preparados por los órganos de la
República y los entes descentralizados funcionalmente
Las operaciones financieras contendrán todas las
sin fines empresariales, y con los ajustes que resulte
fuentes financieras, incluidos los excedentes que se
necesario introducir. (32)(33)
estimen existentes ala fecha del cierre del ejercicio
anterior al que se presupuesta, calculadas de
Artículo 37.- Los órganos del Poder Judicial, del Poder
conformidad con lo que establezca el reglamento de
Ciudadano y del Poder Electoral formularán sus
esta Ley, así como las aplicaciones financieras del
respectivos proyectos de presupuesto de gastos
ejercicio.
tomando en cuenta las limitaciones establecidas en la
Constitución y en la ley del marco plurianual del
Artículo 33.- Los presupuestos de los entes
presupuesto y los tramitarán ante la Asamblea Nacional,
descentralizados funcionalmente comprenderán sus
pero deberán remitirlos al Ejecutivo Nacional a los
ingresos, gastos y financiamientos. Los presupuestos
efectos de su inclusión en el proyecto de ley de
de ingresos incluirán todos aquellos que se han de
presupuesto.
recaudar durante el ejercicio. Los presupuestos de
gastos identificarán la producción de bienes y
Artículo 38.- El proyecto de ley de presupuesto será
servicios, así como los créditos presupuestarios
presentado por el Ejecutivo a la Asamblea Nacional antes
requeridos para ello. Los créditos presupuestarios
del quince de octubre de cada año. Será acompañado de
expresarán los gastos que se estime han de causarse
una exposición de motivos que, dentro del contexto de la
en el ejercicio, se traduzcan o no en salidas de
ley del marco plurianual del presupuesto y en
fondos en efectivo. Las operaciones financieras se
consideración del acuerdo de la Asamblea Nacional a que
presupuestarán tal como se establece para la
se refiere el artículo 28 de esta Ley, exprese los
República en el artículo anterior. (26)
objetivos que se propone alcanzar y las explicaciones
adicionales relativas a la metodología utilizada para las
Artículo 34.- No se podrá destinar específicamente
estimaciones de ingresos y fuentes financieras y para la
el producto de ningún ramo de ingreso con el fin de
determinación de las autorizaciones para gastos y
atender el pago de determinados gastos, ni
aplicaciones financieras, así como las demás
predeterminarse asignaciones presupuestarias para
informaciones y elementos de juicio que estime
atender gastos de entes o funciones estatales
oportuno. (30)(32)
específicas, salvo las afectaciones constitucionales.
No obstante y sin que ello constituye la posibilidad de
Artículo 39.- Si por cualquier causa el Ejecutivo no
realizar gastos extrapresupuestarios, podrán ser
hubiese presentado ala Asamblea Nacional, dentro del
afectados para fines específicos los siguientes
plazo previsto en el artículo anterior, el proyecto de ley
ingresos:
de presupuesto, o si el mismo fuere rechazado o no
aprobado por la Asamblea Nacional antes del quince de
1.
Los provenientes de donaciones, herencias o
diciembre de cada año, el presupuesto vigente se
legados a favor de la República o sus entes
reconducirá, con los siguientes ajustes que introducirá el
descentralizados funcionalmente sin fines
Ejecutivo Nacional:
empresariales, con destino específico.
2.
Los recursos provenientes de operaciones de
1.
En los presupuestos de ingreso:
crédito público.
a. Eliminará los ramos de ingreso que no
5
pueden ser recaudados nuevamente.
De la Ejecución del Presupuesto de la República y
b. Estimará cada uno de los ramos de
de sus Entes Descentralizados sin Fines
ingreso para el nuevo ejercicio.
Empresariales
2.
En los presupuestos de gasto:
a. Eliminará los créditos presupuestarios que
Artículo 43.-Si durante la ejecución del presupuesto se
no deben repetirse, por haberse cumplido
evidencia una reducción de los ingresos previstos para el
los fines para los cuales fueron previstos.
ejercicio, en relación con las estimaciones de la ley de
b. Incluirá en el presupuesto de la República
presupuesto, que no pueda ser compensada con
la asignación por concepto del Situado
recursos del Fondo de Estabilización Macroeconómica a
Constitucional correspondiente a los
que se refiere el Capítulo I del Título VIII de esta Ley, el
ingresos ordinarios que se estimen para el
Presidente de la República, en Consejo de Ministros,
nuevo ejercicio, y los aportes que deban ser
ordenará los ajustes necesarios, oídas las opiniones del
hechos de conformidad con lo establecido
Ministerio de Planificación y Desarrollo y del Ministerio de
por las leyes vigentes para la fecha de
Finanzas por órgano de la Oficina Nacional de
presentación del proyecto de ley de
Presupuesto y la Oficina Nacional del Tesoro. La decisión
presupuesto respectivo.
será publicada en la Gaceta Oficial de la República
c. Incluirá los créditos presupuestarios
Bolivariana de Venezuela.
indispensables para el pago de los intereses
de la deuda pública y las cuotas que se
Artículo 44.- Los reintegros de fondos erogados,
deban aportar por concepto de compromisos
cuando corresponda, deberán ser restablecidos en el
derivados de la ejecución de tratados
nivel de agregación que haya aprobado la Asamblea
internacionales.
Nacional, siempre que la devolución se efectúe durante
d. Incluirá los créditos presupuestarios
la ejecución del presupuesto bajo cuyo régimen se hizo
indispensables para asegurar la continuidad
la operación.
y eficiencia de la administración del Estado
y, en especial, de los servicios educativos,
Artículo 45.- Los niveles de agregación que haya
sanitarios, asistenciales y de seguridad.
aprobado la Asamblea Nacional en los gastos y
3.
En las operaciones de financiamiento:
aplicaciones financieras de la ley de presupuesto
a. Suprimirá los recursos provenientes de
constituyen los límites máximos de las autorizaciones
operaciones da crédito público autorizadas,
disponibles para gastar. (42)
en la cuantía en que fueron utilizados.
b. Excluirá los excedentes de ejercicios
Artículo 46.- Una vez promulgada la ley de
anteriores, en el caso de que el presupuesto
presupuesto, el Presidente de la República decretará la
que se reconduce hubiere previsto su
distribución general del presupuesto de gastos, la cual
utilización.
consistirá en la presentación desagregada hasta el
c. Incluirá los recursos provenientes de
último nivel previsto en los clasificadores y categorías de
operaciones de crédito público, cuya
programación utilizadas, de los créditos y realizaciones
percepción deba ocurrir en el ejercicio
contenidas en la ley de presupuesto. (41)
correspondiente.
d. Incluirá las aplicaciones financieras
Artículo 47.- Se considera gastado un crédito cuando
indispensables para la amortización de la
queda afectado definitivamente al causarse un gasto. El
deuda pública.
reglamento de esta Ley establecerá los criterios y
4.
Adaptará los objetivos y metas a las
procedimientos para la aplicación de este artículo. (56)
modificaciones que resulten de los ajustes
anteriores.
Artículo 48.- Los órganos de la República así como los
Artículo 40.- En caso da reconducción el Ejecutivo
entes descentralizados funcionalmente sin fines
Nacional ordenará la publicación del correspondiente
empresariales están obligados a llevar los registros de
decreto en la Gaceta Oficial de la República
ejecución presupuestaria, en las condiciones que fije el
Bolivariana de Venezuela
reglamento de esta Ley. En todo caso, se registrará la
liquidación o el momento en que se devenguen los
Artículo 41.- Durante el período de vigencia de los
ingresos y su recaudación efectiva; y en materia de
presupuestos reconducidos regirán las disposiciones
gastos, además del momento en que se causen éstos,
generales de la ley de presupuesto anterior, en
según lo establece el artículo anterior, las etapas del
cuanto sean aplicables.
compromiso y del pago. (56)
Artículo 42.- Si la Asamblea Nacional sancionare la
El registro del compromiso se utilizará como mecanismo
ley de presupuesto durante el curso del primer
para afectar preventivamente la disponibilidad de los
trimestre del año en que hubieren entrado en
créditos presupuestarios; y el del pago para reflejarla
vigencia los presupuestos reconducidos, esa ley
cancelación de las obligaciones asumidas. (58)
regirá desde el primero de abril hasta el treinta y uno
de diciembre, y se darán por aprobados los créditos
Artículo 49.- No se podrán adquirir compromisos para
presupuestarios equivalentes a los compromisos
los cuales no existan créditos presupuestarios, ni
adquiridos con cargo a los Presupuestos
disponer de créditos para una finalidad distinta a la
reconducidos. Si para el treinta y uno de marzo no
prevista. (57)(59)
hubiese sido sancionada dicha ley, los presupuestos
reconducidos se considerarán definitivamente
Artículo 50.- Los órganos de la República así como los
vigentes hasta el término del ejercicio.
entes descentralizados funcionalmente sin fines
empresariales programarán, para cada ejercicio, la
Sección Quinta
ejecución física y financiera de los presupuestos,
siguiendo las normas que fijará el reglamento de esta
Ley y las disposiciones complementarias y
6
procedimientos técnicos que dicten la Oficina
Artículo 53.- En el presupuesto de gastos de la
Nacional de Presupuesto y la Oficina Nacional del
República se incorporará un crédito denominado:
Tesoro. Dicha programación será aprobada por los
Rectificaciones al Presupuesto, cuyo monto no podrá ser
referidos órganos rectores, con las variaciones que
inferior a cero coma cinco por ciento ni superior al uno
estimen necesarias para coordinarla con el flujo de
por ciento de los ingresos ordinarios estimados en el
los ingresos. ( 39)(40)(43)(44)(45)(46)(47)(48)
mismo presupuesto. El Ejecutivo Nacional podrá
disponer de este crédito para atender gastos imprevistos
El monto total de las cuotas de compromisos fijadas
que se presenten en el transcurso del ejercicio o para
para el ejercicio no podrá ser superior al monto de
aumentar los créditos presupuestarios que resultaren
los recursos que se estime recaudar durante el
insuficientes, previa autorización del Presidente de la
mismo.
República en Consejo de Ministros. La decisión será
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana
Artículo 51.- El Director del Despacho del
de Venezuela. Salvo casos de emergencia, los recursos
Presidente de la República, el Vicepresidente
de este crédito no podrán destinarse a crear nuevos
Ejecutivo de la República, los Ministros, el Presidente
créditos ni a cubrir gastos cuyas asignaciones hayan sido
de la Asamblea Nacional, el Presidente del Tribunal
disminuidas por los mecanismos formales de
Supremo de Justicia, el Presidente del Consejo Moral
modificación presupuestaria.
Republicano, el Contralor General de la República, el
Fiscal General de la República, el Defensor del
No se podrán decretar créditos adicionales a los créditos
Pueblo, el Presidente del Consejo Nacional Electoral,
para rectificaciones de presupuesto, ni incrementar esto
el Procurador General de la República, el
mediante traspaso.
Superintendente Nacional de Auditoria Interna y las
máximas autoridades de los entes descentralizados
Artículo 54.- Ningún pago puede ser ordenado sino
sin fines empresariales, serán los ordenadores de
para pagar obligaciones válidamente contraídas y
compromisos y pagos en cuanto el presupuesto de
causadas, salvo lo previsto en el Artículo 113 de esta
cada uno de los entes u organismos que dirigen.
Ley.
Dichas facultades se ejercerán y podrán delegarse de
acuerdo con lo que fije el reglamento de esta Ley,
Artículo 55.- El reglamento de esta Ley establecerá las
salvo lo relativo a la Asamblea Nacional la cual se
normas sobre la ejecución y ordenación de los
regirá por sus disposiciones internas.
compromisos y los pagos, las piezas justificativas que
(49)(50)(51)(132)
deben componerlos expedientes en que se funden dichas
ordenaciones y cualquier otro aspecto relacionado con la
Artículo 52.- Quedarán reservadas a la Asamblea
ejecución del presupuesto de gastos que no esté
Nacional, a solicitud del Ejecutivo Nacional, las
expresamente señalado en la presente Ley.
modificaciones que aumenten el monto total del
(50)(60 a 86)
presupuesto de gastos de la República, para las
cuales se tramitarán los respectivos créditos
Los ordenadores de pagos podrán recibir las propuestas
adicionales; las modificaciones de los límites
y librar las correspondientes solicitudes de pago por
máximos para gastar aprobados por ésta, en la
medios informáticos. En este supuesto, la
cuantía que determine la ley de presupuesto. (187)
documentación justificativa del gasto realizado quedará
en aquellas unidades en las que se reconocieron las
Las modificaciones que impliquen incremento del
obligaciones, a los fines de la rendición de cuentas.
gasto corriente en detrimento del gasto de capital,
sólo podrán ser autorizadas por la Asamblea Nacional
Sección Sexta
en casos excepcionales debidamente documentados
De la Liquidación del Presupuesto de la República y
por el Ejecutivo Nacional.
de sus Entes Descentralizados Funcionalmente sin
Fines Empresariales
No se podrán efectuar modificaciones
presupuestarias que impliquen incrementar los
Artículo 56.- Las cuentas de los pr esupuestos da
gastos corrie ntes en detrimento de los gastos del
ingresos y gastos se cerrarán al 31 de diciembre cada
servicio de la deuda pública.
año. Después de esa fecha, los ingresos que se recauden
se considerarán parte del presupuesto vigente, con
Los créditos adicionales al presupuesto de gastos que
independencia de la fecha en que se hubiere originado la
hayan de financiarse con ingresos provenientes de
obligación de pago o liquidación de los mismos. Con
operaciones de crédito público serán decretados por
posterioridad al treinta y uno de diciembre de cada año,
el Poder Ejecutivo, con la sola autorización contenida
no podrán asumirse compromisos ni causarse gastos con
en la correspondiente ley de endeudamiento.
cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha.
(131)(135)
El Poder Ejecutivo autorizará las modificaciones de
los presupuestos de los entes descentralizados sin
Artículo 57.- Los gastos causados y no pagados al
fines empresariales, según el procedimiento que
treinta y uno de diciembre de cada año se pagarán
establezca el reglamento e informará
durante el año siguiente, con cargo alas disponibilidades
inmediatamente de las mismas ala Asamblea
en caja y banco existentes a la fecha señalada.
Nacional.
(134)(137)
El reglamento de esta Ley establecerá los alcances y
Los Gastos comprometidos y no causados al treinta y
mecanismos para efectuar las modificaciones a los
uno de diciembre de cada año se imputarán
presupuestos que resulten necesarias durante su
automáticamente al ejercicio siguiente, afectando los
ejecución. (88)(89)(90)(91)(92)(140)
mismos a los créditos disponibles para ese
ejercicio.(135)
7
Los compromisos originados en sentencia judicial
El reglamento de esta Ley establecerá los métodos y
firme con autoridad de cosa juzgada o reconocidos
procedimientos para la aplicación de las disposiciones
administrativamente de conformidad con los
contenidas en esta Sección, así como el uso que se dará
procedimientos establecidos en la Ley Orgánica de la
a la información generada.
Procuraduría General de la República y en el
reglamento de esta Ley, así como los derivados de
Artículo 61.- Si de la evaluación de los resultados
reintegros que deban efectuarse por concepto de
físicos se evidenciare incumplimientos injustificados de
tributos recaudados en exceso, se pagarán con cargo
las metas y objetivos programados, la Oficina Nacional
al crédito presupuestario que, a tal efecto, se incluirá
de Presupuesto actuará de conformidad con lo
en el respectivo presupuesto de gastos.
establecido en el Título IX de esta Ley.
El reglamento de esta Ley establecerá los plazos y
Capítulo III
los mecanismos para la aplicación de estas
Del Régimen Presupuestario de los Estados, del
disposiciones. (133)
Distrito Metropolitano de la Ciudad de Caracas, de
los Distritos y de los Municipios
Artículo 58.- Al término del ejercicio se reunirá
información de las dependencias responsables de la
Artículo 62.- El proceso presupuestario de los estados,
liquidación y captación de ingresos de la República y
distritos y municipios se regirá por la Ley Orgánica de
de sus entes descentralizados funcionalmente sin
Régimen Municipal, las leyes estadales y las ordenanzas
fines empresariales y se procederá al cierre de los
municipales respectivas, pero se ajustará, en cuanto sea
respectivos presupuestos de ingresos.
posible, a las disposiciones técnicas que establezca la
Oficina Nacional de Presupuesto.
Del mismo modo procederán los organismos
ordenadores de gastos y pagos con el presupuesto
Las leyes y ordenanzas de presupuesto de los estados,
de gastos de la República y de sus entes
distritos y municipios, dentro de los sesenta días
descentralizados sin fines empresariales.
siguientes a su aprobación, se remitirán, a través del
Vicepresidente Ejecutivo de la República, a la Asamblea
Esta información, junto al análisis de correspondencia
Nacional, al Concejo Federal de Gobierno, al Ministerio
entre los gastos y la producción de bienes y servicios
de Planificación y Desarrollo y a la Oficina Nacional de
que preparará la Oficina Nacional de Presupuesto,
Presupuesto, a los solos fines de información. Dentro de
será centralizada en la Oficina Nacional de
los treinta días siguientes al fin de cada trimestre,
Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta
remitirán, igualmente, a la Oficina Nacional de
General de Hacienda que el Ejecutivo Nacional debe
Presupuesto información acerca de la respectiva gestión
rendir anualmente antela Asamblea Nacional de la
presupuestaria
República, de conformidad con lo previsto en el
artículo 130 de esta Ley.
Artículo 63.- El régimen presupuestario del Distrito
Metropolitano de la Ciudad de Caracas, se ajustará a las
Sección Séptima
disposiciones de la Ley Especial sobre el Régimen del
De la Evaluación de la Ejecución
Distrito Metropolitano de Caracas.
Presupuestaria
Artículo 64.- Los principios y disposiciones establecidos
Artículo 59.- La Oficina Nacional de Presupuesto
para la administración financiera nacional regirán la de
evaluará la ejecución de los presupuestos de la
los estados, distritos y municipios, en cuanto sean
República y sus entes descentralizados
aplicables. A estos fines, las disposiciones que regulen la
funcionalmente sin fines empresariales, tanto
materia en dichas entidades, se ajustarán a los
durante el ejercicio, como al cierre de los mismos.
principios constitucionales y a los establecidos en esta
Para ello, los entes y sus órganos están obligados a
Ley para su ejecución y desarrollo.
lo siguiente:
Capítulo IV
1.
Llevar registros de información de la
Del Régimen Presupuestario de las Sociedades
ejecución física de su presupuesto, sobre la
Mercantiles del Estado y otros Entes
base de los indicadores de gestión previstos
Descentralizados Funcionalmente con fines
y de acuerdo con las normas técnicas
Empresariales
correspondientes.
2.
Participar los resultados de la ejecución
Artículo 65.- Se regirán por este Capítulo los entes del
física de sus presupuestos a la Oficina
sector público nacional a que se refieren los numerales 8
Nacional de Presupuesto, dentro de los
y 9 del artículo 6 de esta Ley, así como los otros entes
plazos que determine el reglamento de esta
descentralizados funcionalmente con fines empresariales
Ley.
de acuerdo con la definición contenida en el artículo 7 de
Artículo 60.- La Oficina Nacional de Presupuesto,
esta Ley. ( 117)
con base en la información que señala el artículo 58,
la que suministre el sistema de contabilidad pública y
Artículo 66.- Los directorios o la máxima autoridad de
otras que se consideren pertinentes, realizará un
los entes regidos por este Capítulo, aprobarán el
análisis crítico de los resultados físicos y financieros
proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo
obtenidos y de sus efectos, interpretará las
remitirán, a través del correspondiente órgano de
variaciones operadas con respecto a lo programado,
adscripción, a la Oficina Nacional de Presupuesto, antes
procurará determinar sus causas y preparará
del treinta de septiembre del año anterior al que regirá.
informes con recomendaciones para los organismos
Los proyectos de presupuesto expresarán las políticas
afectados y el Ministerio de Planificación y Desarrollo.
generales contenidas en la ley del marco plurianual del
presupuesto y los lineamientos específicos que, en
materia presupuestaria, establezca el Ministro de
8
Finanzas; contendrán los planes de acción, las
sustancialmente la inversión programada o incrementen
autorizaciones de gastos y su financiamiento, el
el endeudamiento autorizado, serán aprobadas por el
presupuesto de caja y los recursos humanos a utilizar
Ejecutivo Nacional, oída la opinión de la Oficina Nacional
y permitirán establecerlos resultados operativo,
de Presupuesto. En el marco de esta norma y con la
económico y financiero previstos para la gestión
opinión favorable del ente u órgano de adscripción y de
respectiva. (118)(120)
dicha Oficina, los entes regidos por este Capítulo
establecerán su propio sistema de modificaciones
El presupuesto de gastos operativos del Banco
presupuestarias. (129)
Central de Venezuela será sometido directamente a
la discusión y aprobación de la Asamblea Nacional.
Artículo 73.- Al término de cada ejercicio económico
financiero, las sociedades mercantiles y otros entes
Artículo 67.- Los proyectos de presupuesto de
descentralizados funcionalmente con fines empresariales
ingreso y de gasto deben formularse utilizando el
procederán al cierre de cuentas de su presupuesto de
momento del devengado y de la causación de las
ingresos y gastos.
transacciones respectivamente, como base contable.
(124)(125)
Artículo 74.- Se prohibe a los entes y órganos regidos
por el Capítulo II de este Título realizar portes o
Artículo 68.- La Oficina Nacional de Presupuesto
transferencias a sociedades del Estado y otros entes
analizará los proyectos de presupuesto de los entes
descentralizados funcionalmente con fines empresariales
regidos por este Capítulo a los fines de verificar si los
cuyo presupuesto no esté aprobado en los términos de
mismos encuadran en el marco de las políticas,
esta Ley, ni haya sido publicado en la Gaceta Oficial de
planes y estrategias fijados para este tipo de
la República Bolivariana de Venezuela, requisitos que
instituciones. En el informe que al efecto deberá
también serán imprescindibles para realizar operaciones
producir en cada caso propondrá los ajustes a
de crédito público.
practicar si, a su juicio, la aprobación del proyecto de
presupuesto sin modificaciones puede causar un
Capítulo V
perjuicio patrimonial al Estado o atentar contra los
Del Presupuesto Consolidado del Sector Público
resultados de las políticas y planes vigentes.
Artículo 75.- La Oficina Nacional de Presupuesto
Artículo 69.- Los proyectos de presupuesto,
preparará anualmente el presupuesto consolidado del
acompañados del informe mencionado en el artículo
sector público, el cual presentará información sobre las
anterior, serán sometidos a la aprobación del
transacciones netas que realizará este sector con el
Presidente de la República, en Consejo de Ministros,
resto de la economía y contendrá como mínimo, la
de acuerdo con las modalidades y los plazos que
información siguiente ( 142)(143)
establezca el reglamento de esta Ley. El Ejecutivo
Nacional aprobare antes del treinta y uno de
1.
Una síntesis de la ley de presupuesto.
diciembre de cada año, con los ajustes que considere
2.
Los aspectos básicos de los presupuestos de
convenientes, los presupuestos de las sociedades del
cada uno de los entes regidos por el Capítulo IV
Estado u otros entes descentralizados funcionalmente
de este Título.
con fines empresariales. Esta aprobación no
3.
La consolidación de los ingresos y gastos
significará limitaciones en cuanto a los volúmenes de
públicos y su presentación en agregados
ingresos y gastos presupuestarios y sólo establecerá
institucionales útiles para el análisis económico.
la conformidad entre los objetivos y metas de la
4.
Una referencia a los principales proyectos de
gestión empresarial con la política sectorial que
inversión en ejecución por el sector público.
imparta el organismo de adscripción.
5.
Información acerca de la producción de bienes y
servicios y de los recursos humanos que se
Si los entes regidos por este Capítulo no presentaren
estima utilizar, así como la relación de ambos
sus proyectos de presupuesto en el plazo previsto en
aspectos con los recursos financieros.
el artículo 66, la Oficina Nacional de Presupuesto
6.
Un análisis de los efectos económicos de los
elaborará de oficio los respectivos presupuestos y los
recursos y gastos consolidados sobre el resto de
someterá a consideración del Ejecutivo Nacional.
la economía.
Para los fines señalados, dicha Oficina tomará en
El presupuesto consolidado del sector público será
cuenta el presupuesto anterior y la información
presentado al Ejecutivo Nacional antes del treinta de
acumulada sobre su ejecución.
mayo del año de su vigencia. Una vez aprobado por el
Ejecutivo Nacional, será remitido la Asamblea Nacional
Artículo 70.- Quienes representen acciones o
con fines informativos.
participaciones del Estado en sociedades y entes
descentralizados funcionalmente con fines
TITULO III
empresariales, en los órganos facultados para
DEL SISTEMA DE CRÉDITO PÚBLICO
aprobar los respectivos presupuestos, propondrán y
votarán el presupuesto aprobado por el Ejecutivo
Capítulo I
Nacional.
De la Deuda Pública y de las Operaciones que la
Generan
Artículo 71.- El Ejecutivo Nacional publicará en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Artículo 76.- Se denomina crédito público a la
Venezuela una síntesis de los presupuestos de los
capacidad de los entes regidos por esta Ley para
entes regidos por este Capítulo.
endeudarse. Las operaciones de crédito público se
regirán por las disposiciones de esta Ley, su reglamento,
Artículo 72.- Las modificaciones presupuestarias
las previsiones de la ley del marco plurianual del
que impliquen la dism inución de los resultados
presupuesto y por las leyes especiales, decretos,
operativos o económicos previstos, alteren
resoluciones y convenios relativos a cada operación.
9
especializados, que permitan medir la capacidad
Artículo 77.- Son operaciones de crédito público:
económica del país para atender las obligaciones de la
deuda pública.
1.
La emisión y colocación de títulos, incluidas
las letras del tesoro, constitutivos de
empréstitos o de operaciones de tesorería.
Una vez sancionada la ley de endeudamiento anual, el
Ejecutivo Nacional procederá a celebrar las operaciones
2.
La apertura de créditos de cualquier
de crédito público. En todo caso será necesaria la
naturaleza.
autorización de cada operación de crédito público por la
3.
La contratación de obras, servicios o
Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea
adquisiciones cuyo pago total o parcial se
estipule realizar en el transcurso de uno o
Nacional, quien dispondrá de un plazo de diez (10) días
hábiles para decidir, contados a partir de la fecha en que
más ejercicios posteriores a aquél en que se
se dé cuenta de la solicitud en reunión ordinaria. Si
haya causado el objeto del contrato,
transcurrido este lapso la Comisión Permanente de
siempre que la operación comporte un
Finanzas de la Asamblea Nacional no se hubiere
financiamiento.
pronunciado, la solicitud se dará por aprobada. La
4.
El otorgamiento de garantías.
solicitud del Ejecutivo deberá ser acompañada de la
5.
La consolidación, conversión, unificación o
opinión del Banco Central de Venezuela, tal como se
cualquier forma de refinanciamiento o
especifica en el Artículo 86 de esta Ley, para la
reestructuración de deuda pública existente.
operación específica.
Artículo 78.- Las operaciones de crédito público
tendrán por objeto arbitrar recursos o fondos para
realizar inversiones reproductivas, atender casos de
Artículo 81.- Por encima del monto máximo a contratar
evidente necesidad o de conveniencia nacional,
autorizado por la ley de endeudamiento anual conforme
incluida la dotación de títulos públicos al Banco
al artículo precedente, sólo podrán celebrarse aquellas
Central de Venezuela para la realización de
operaciones requeridas para hacer frente a gastos
operaciones de mercado abierto con fines de
extraordinarios producto de calamidades o de
regulación monetaria y cubrir necesidades
catástrofes públicas, y aquéllas que tengan por objeto el
transitorias de tesorería.
refinanciamiento o reestructuración de deuda pública, las
cuales deberán autorizarse mediante ley especial. En
Capítulo II
este último caso, la Asamblea Nacional podrá otorgar al
De la Autorización para Celebrar Operaciones
Poder Ejecutivo una autorización general para adoptar,
de Crédito Público
dentro de límites, condiciones y plazos determinados,
programas generales de refinanciamiento.
Artículo 79.- Los entes regidos por esta Ley no
podrán celebrar ninguna operación de crédito público
Artículo 82.- En los casos en que haya reconducción
sin la autorización de la Asamblea Nacional, otorgada
del presupuesto, se entenderá que el monto autorizado
mediante ley especial.
para el endeudamiento del año será igual al del año
anterior, con las deducciones a que se refiere el numeral
Los estados, los distritos, los municipios y las demás
3, literal a) del artículo 39 de esta Ley.
entidades a que se refiere el Capítulo III del Título II
de esta Ley, previo acuerdo del respectivo consejo
Igualmente, el Ejecutivo Nacional presentará a la
legislativo, cabildo o concejo municipal, enviarán la
Asamblea Nacional, en la fecha que considere
respectiva solicitud al Ejecutivo Nacional para que,
conveniente, la ley especial de endeudamiento anual,
una vez aprobada por el Presidente de la República
correspondiente al presupuesto reconducido, atendiendo
en Consejo de Ministros, sea sometida a la
a lo previsto en el artículo 80. En estos casos, los
autorización de la Asamblea Nacional.
créditos se incorporarán al presupuesto conforme ala
autorización que deberá contenerla ley especial de
Artículo 80.- Conjuntamente con el proyecto de ley
endeudamiento.
de presupuesto, el Ejecutivo presentará a la
Asamblea Nacional, para su autorización mediante
Artículo 83.- En la ley especial de endeudamiento
ley especial que será promulgada simultáneamente
anual se indicarán las modalidades de las operaciones y
con la Ley de Presupuesto, el monto máximo de las
se autorizará la inclusión de los correspondientes
operaciones de crédito público a contratar durante el
créditos presupuestarios en la ley de presupuesto. En los
ejercicio presupuestario respectivo por la República,
supuestos a que se refieren los artículo 81 y 82, la ley
el monto máximo de endeudamiento neto que podrá
de endeudamiento autorizará los respectivos créditos
contraer durante ese ejercicio así como el monto
adicionales.
máximo en Letras del Tesoro que podrán estar en
circulación al cierre del respectivo ejercicio
En ningún caso la ley especial de endeudamiento anual
presupuestario.
podrá establecer prohibiciones o formalidades
autorizatorias adicionales a las previstas en esta Ley.
Los montos máximos referidos se determinarán, de
Artículo 84.- En uso de la autorización a que se refieren
conformidad con las previsiones de la Ley del Marco
los artículo 80, 81 y 82 de este Capítulo, el Ejecutivo
Plurianual de Presupuesto, atendiendo a la capacidad
Nacional podrá establecer que los entes descentralizados
de pago y a los requerimientos de un desarrollo
ordenado de la economía, y se tomarán como
realicen directamente aquellas operaciones que sean de
su competencia o bien que la República les transfiera los
referencia los ingresos fiscales previstos para el año,
fondos obtenidos en las operaciones que ella realice.
las exigencias del servicio de la deuda existente, el
Esta transferencia se hará en la forma que determine el
producto interno bruto, el ingreso de exportaciones y
Ejecutivo Nacional y en todo caso le corresponderá
aquellos índices macroeconómicos elaborados por el
Banco Central de Venezuela u otros organismos
decidir si mantiene, cede, remite o capitaliza la
10
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color
acreencia, total o parcialmente, en los términos y
Estado la Industria y el Comercio de los Hidrocarburos, y
condiciones que él mismo determine.
las creadas o que se crearen de conformidad con el
artículo 10 del Decreto Ley N° 580 del 26 de noviembre
Artículo 85.- En el caso de los contratos
de 1974, media nte el cual se reservó al Estado la
plurianuales previstos en el numeral 3 del artículo 77
industria de la explotación del mineral de hierro;
de esta Ley, la ley de presupuesto en que se incluya
siempre y cuando se certifique la capacidad de pago de
el primer pago autorizará al Ejecutivo Nacional para
las sociedades mencionadas.
contratar el total de las obras, servicios o
adquisiciones de que se trate. En tal caso dicha ley
A los fines de la certificación de la capacidad de pago, la
indicará, expresamente, la autorización para
respectiva sociedad publicará en un diario de circulación
contratar que se dé al Ejecutivo Nacional y ordenará
nacional y, por lo menos, en un diario de la zona donde
la inclusión en los sucesivos presupuestos de las
tenga su sede principal dentro de los quince días hábiles
asignaciones correspondientes a los pagos anuales
siguientes a la terminación de su ejercicio económico, un
que se hayan convenido.
balance con indicación expresa del monto del
endeudamiento pendiente, debidamente suscrito por un
Artículo 86.- El Banco Central de Venezuela será
contador público inscrito en el Registro de Contadores
consultado por el Ejecutivo Nacional sobre los efectos
Públicos en Ejercicio Independiente de la Profesión que
fiscales y macroeconómicos del endeudamiento y el
lleva la Comisión Nacional de Valores.
monto máximo de letras del tesoro que se prevean
en el proyecto de ley de endeudamiento anual a que
Artículo 90.- Los institutos autónomos cuyo objeto
se refiere este Capítulo.
principal sea la actividad financiera así como las
sociedades mercantiles del Estado, están exceptuados
Así mismo será consultado sobre el impacto
del requisito de la ley especial autorizatoria para realizar
monetario y las condiciones financieras de cada
operaciones de crédito público; sin embargo, requerirán
operación de crédito público. Dicha opinión no
la autorización del Presidente de la República, en
vinculante la emitirá el Banco Central de Venezuela
Consejo de Ministros. En todo caso, el monto de las
en un plazo de cinco días hábiles contados a partir de
obligaciones pendientes por tales operaciones, más el
la recepción de la solicitud de opinión. Si transcurrido
monto de las operaciones a tramitarse, no excederá de
este lapso el Banco Central de Venezuela no se
dos veces el patrimonio del respectivo instituto
hubiere pronunciado, el Ejecutivo Nacional podrá
autónomo o el capital de la sociedad.
continuarla tramitación de las operaciones
consultadas.
Capítulo IV
De las Prohibiciones en Materia de Operaciones de
Capítulo III
Crédito Público
De las Operaciones y Entes Exceptuados del
Régimen Previsto en este Título o de la
Artículo 91.- No realizarán operaciones de crédito
Autorización Legislativa
público, los institutos autónomos y demás personas
jurídicas públicas descentralizadas funcionalmente que
Artículo 87.- No requerirán ley especial que las
no ten gan el carácter de sociedades mercantiles, así
autorice, las operaciones siguientes:
como las fundaciones constituidas y dirigidas por
algunas de las personas jurídicas referidas en el artículo
1.
La emisión y colocación de letras del tesoro
6 de esta Ley.
con la limitación establecida en el artículo
80 de esta Ley, así como cualesquiera otras
Se exceptúan de esta prohibición los institutos
operaciones de tesorería cuyo vencimiento
autónomos cuyo objeto principal sea la actividad
no trascienda el ejercicio presupuestario en
financiera, a los solos efectos del cumplimiento de dicho
el que se realicen.
objeto, así como también las operaciones a que se
2.
Las obligaciones derivadas de la
refiere el numeral 3 del artículo 77 de esta Ley.
participación de la República en instituciones
financieras internacionales en las que ésta
Artículo 92.- Se prohibe a la República y alas
sea miembro.
sociedades cuyo objeto no sea la actividad financiera,
Artículo 88.- No se requerirá ley autorizatoria para
otorgar garantías para respaldar obligaciones de
las operaciones de refinanciamiento o
terceros, salvo las que se autoricen conforme al régimen
reestructuración que tengan como objeto la
legal sobre concesiones de obras públicas y servicios
reducción del tipo de interés pactado, la ampliación
públicos nacionales.
del caso previsto para el pago, la conversión de una
deuda externa en interna, la reducción de los flujos
Artículo 93.- No se podrán contratar operaciones de
de caja, la ganancia o ahorro en el costo efectivo de
crédito público con garantía o privilegios sobre bienes o
financiamiento, en beneficio de la República, con
rentas nacionales, estadales o municipales.
respecto ala deuda que se está refinanciando o
reestructurando.
Artículo 94.- La deuda pública a corto plazo será
pagada necesariamente a su vencimiento y no podrá ser
Artículo 89.- Están exceptuadas del régimen
refinanciada.
previsto en este Título: el Banco Central de
Venezuela y el Fondo de Inversiones de Venezuela;
Artículo 95.- Los estad os, distritos y municipios, las
las sociedades mercantiles del Estado dedicadas a la
otras entidades a que se refiere el Capítulo III del Título
intermediación de crédito, regidas por la Ley General
II y los entes por ellos creados, no podrán realizar
de Bancos y otras Instituciones Financieras, las
operaciones de crédito público externo, ni en moneda
regidas por la Ley de Empresas de Seguros y
extranjera, ni garantizar obligaciones de terceros.
Reaseguros, las creadas o que se crearen de
conformidad con la Ley Orgánica que Reserva al
11
Capítulo V
establezcan otras modalidades de emisión, incluida la
De la Administración del Crédito Público
utilización de procedimientos informáticos, de acuerdo
con lo que establezca el respectivo decreto de emisión.
Artículo 96.- Se crea la Oficina Nacional de Crédito
Público como órgano rector del Sistema de Crédito
Artículo 99.- Las obligaciones provenientes de la deuda
Público, la cual estará a cargo de un jefe de oficina,
pública o los títulos que la representen prescriben a los
de libre nombramiento y remoción del Ministro de
diez años; los intereses o los cupones representativos de
Finanzas, y tendrá por misión asegurar la existencia
éstos prescriben a los tres años. Ambos lapsos se
de políticas de endeudamiento, así como una
contarán desde las respectivas fechas de vencimiento de
eficiente programación, utilización y control de los
las obligaciones.
medios de financiamiento que se obtengan mediante
operaciones de crédito público. A tales efectos, la
Artículo 100.- Los títulos de la deuda pública emitidos
Oficina Nacional de Crédito Público tendrá las
por la República, serán admisibles por su valor nominal
siguientes atribuciones:
en toda garantía que haya de constituirse a favor de la
República En las leyes que autoricen operaciones de
1.
Participar en la formulación de los aspectos
crédito público, podrá establecerse que los mencionados
crediticios de la política financiera que para
títulos sean utilizados a su vencimiento para el pago de
el sector público nacional elabore el
cualquier impuesto o contribución nacional.
Ministerio de Finanzas.
2.
Proponer el monto máximo de
Artículo 101.- En los presupuestos de los entes u
endeudamiento que podrá contraerla
órganos deberán incluirse las partidas correspondientes
República en cada ejercicio presupuestario,
al servicio de la deuda pública, sin perjuicio de que éste
atendiendo a lo previsto en la ley del marco
se centralice en el Minis terio de Finanzas.
plurianual del presupuesto y a las políticas
financiera y presupuestaria definidas por el
Artículo 102.- Los funcionarios y demás trabajadores al
Ejecutivo Nacional.
servicio de los entes y órganos regidos por esta Ley,
3.
Mantener y administrar un sistema de
están obligados a suministrar las informaciones que
información sobre el mercado de capitales
requiera la Oficina Nacional de Crédito Público, así como
que sirva para el apoyo y orientación a las
a cumplir las normas e instrucciones que emanen de
negociaciones que se realicen para emitir
ella.
empréstitos o contratar préstamos, así como
para intervenir en las mismas.
Artículo 103.- Las operaciones de crédito público
4.
Dirigir y coordinarlas gestiones de
realizadas en contravención de las disposiciones de esta
autorización, la negociación y la celebración
Ley que establezcan prohibiciones o formalidades
de las operaciones de crédito público.
autorizatorias se considerarán nulas y sin efectos, sin
5.
Dictar las normas técnicas que regulen los
perjuicio de la responsabilidad personal de quienes las
procedimientos de emisión, colocación,
realicen. Las obligaciones que se pretenda derivar de
canje, depósito, sorteos, operaciones de
dichas operaciones no serán oponibles a la República ni
mercado y cancelación de la deuda pública.
a los demás entes públicos.
6.
Dictar las normas técnicas que regulen la
negociación, contratación y amortización de
Artículo 104.- Las controversias de crédito público que
préstamos.
surjan con ocasión de la realización de operaciones de
7.
Registrar las operaciones de crédito público
crédito público, serán de la competencia del Tribunal
en forma integrada al sistema de
Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, sin
contabilidad pública.
perjuicio de las estipulaciones que de conformidad con lo
8.
Realizar las estimaciones y proyecciones
dispuesto en el Artículo 151 de la Constitución, se
presupuestarias del servicio de la deuda
incorporen en los respectivos documentos contractuales.
pública y supervisar su cumplimiento.
9.
Dirigir y coordinar las relaciones con
TITULO IV
inversionistas y agencias calificadoras de
DEL SISTEMA DE TESORERÍA
riesgos.
10. Las demás atribuciones que le asigne la ley.
Artículo 105.- El Sistema de Tesorería está integrado
Artículo 97.- Antes de realizarlas operaciones de
por el conjunto de principios, órganos, normas y
crédito público autorizadas conforme lo dispone esta
procedimientos a través de los cuales se presta el
Ley, los respectivos entes y órganos solicitarán la
servicio de tesorería.
intervención de la Oficina Nacional de Crédito
Público, para iniciar las gestiones necesarias a fin de
Artículo 106.- El conjunto de los fondos nacionales, los
llevar a cabo la operación.
valores de la República y las obligaciones a cargo de
ésta, conforman el Tesoro Nacional.
Artículo 98.- Los contratos de empréstitos, el
otorgamiento de garantías y las operaciones de
Artículo 107.- El servicio de tesorería, en lo que se
refinanciamiento o reestructuración de deuda
refiere a las actividades de custodia de fondos,
pública, se documentarán según lo establecido en las
percepción de ingresos y realización de pagos, se
normas que al efecto dicte la Oficina Nacional de
extenderá hasta incluir todo el sector público nacional
Crédito Público.
centralizado y los entes descentralizados de la República
sin fines empresariales, en la medida en que se cumpla
Los contratos de empréstitos y los títulos de la deuda
una evolución progresiva y consistente de la modalidad y
pública de la República llevarán la firma del Ministro
atributos funcionales del servicio consagrados en esta
de Finanzas o sus delegados, o del funcionario
Ley.
designado al efecto por el Presidente de la República
Se exceptúan aquellos títulos para los cuales se
12
Artículo 108.- Se crea la Oficina Nacional del
Artículo 112.- La República, por órgano del Ministerio
Tesoro, como órgano rector del Sistema de Tesorería
de Finanzas, mantendrá una cuenta única del Tesoro
que actuará como unidad especializa para la gestión
Nacional. En dicha cuenta se centralizarán todos los
financiera del Tesoro, la coordinación de la
ingresos y pagos de los entes integrados al Sistema de
planificación financiera del sector público nacional y
Tesorería, los cuales se ejecutarán a través del Banco
las demás actividades propias del servicio de
Central de Venezuela y de los bancos comerciales,
tesorería nacional, con la finalidad de promover la
nacionales o extranjeros, de conformidad con los
optimización del flujo de caja del Tesoro, bajo la
convenios que al efecto se celebren.
modalidad de cuenta única del tesoro.
Artículo 113.- Las existencias del Tesoro Nacional
La Oficina Nacional del Tesoro podrá tener agencias,
estarán constituidas por la totalidad de los fondos
según los requerimientos del servicio de tesorería
integrados a él, independientemente de donde se
mantengan. Dichas existencias forman una masa
La Oficina Nacional del Tesoro estará a cargo del
indivisa a los fines de su manejo y utilización en los
Tesorero Nacional, de libre nombramiento y remoción
pagos ordenados conforme a la ley. No obstante, podrán
del Ministro de Finanzas.
constituirse provisiones de fondos de carácter
permanente a los funcionarios que determine el
Artículo 109.- Corresponden ala Oficina Nacional de
reglamento de esta Ley y en las condiciones que éste
Tesorería las atribuciones siguientes: (38)
señale, las cuales incluirán la forma de justificar la
aplicación de estos fondos.
1.
Participar en la formulación y coordinación
de la política financiera para el sector
El establecimiento de la Cuenta única del Tesoro
público nacional.
Nacional no es incompatible con el mantenimiento de
2.
Aprobar, conjuntamente con la Oficina
subcuentas en divisas abiertas en el Banco Central de
Nacional de Presupuesto, la programación
Venezuela por la Oficina Nacional del Tesoro o con la
de la ejecución del presupuesto de los
autorización de ésta, conforme al reglamento de esta
órganos y entes regidos poda ley de
Ley.
presupuesto y programar el flujo de fondos
de la República.
En todo caso, la Oficina Nacional del Tesoro autorizará la
3.
Percibir los productos en numerario de los
apertura de cuentas bancarias con fondos del Tesoro
ingresos públicos nacionales.
Nacional y vigilará el manejo de las mismas, a fin de
4.
Custodiar los fondos y valores
resguardar el Sistema de Cuenta única del Tesoro
pertenecientes a la República.
Nacional. Así mismo organizará y mantendrá actualizado
5.
Hacer los pagos autorizados por el
un registro general de cuentas bancarias del sector
presupuesto de la República conforme a la
público nacional.
ley.
6.
Distribuir en el tiempo y en el territorio las
Artículo 114.- El Ministerio de Finanzas dispondrá la
disponibilidades dinerarias para la puntual
devolución al Tesoro Nacional, de las sumas acreditadas
satisfacción de las obligaciones de la
en cuentas de la República y de sus entes
República.
descentralizados funcionalmente sin fines empresariales,
7.
Administrar el sistema de cuenta única del
sin menoscabo de la titularidad de los fondos de estos
Tesoro Nacional que establece el Artículo
últimos, cuando éstas se mantengan sin utilizar por un
112 de esta Ley.
período que determinará el reglamento de esta Ley. Las
8.
Registrar contablemente los movimientos de
instituciones financieras depositarias de dichos fondos
ingresos y egresos del Tesoro Nacional.
deberán ejecutar las transferencias que ordene el
9.
Determinar las necesidades de emisión y
referido Ministerio.
colocación de letras del tesoro, con las
limitaciones establecidas en el Artículo 80 de
Artículo 115.- Los fondos del Tesoro Nacional podrán
esta Ley, y solicitar de la Oficina Nacional de
ser colocados en las instituciones financieras en los
Crédito Público la realización de estas
términos y condiciones que señale el Ministro de
operaciones.
Finanzas, conforme a lo dispuesto en el reglamento de
10. Elaborar anualmente el presupuesto de caja
esta Ley. En todo caso, estas colocaciones se sujetarán
del sector público nacional y realizar el
al acuerdo anual de armonización de políticas, fiscal y
seguimiento y evaluación de su ejecución.
monetaria, celebrado con el Banco Central de Venezuela
11. Participar en la coordinación
macroeconómica concerniente a la política
Artículo 116.- En las condiciones que establezca el
fiscal y monetaria, así como en la formación
reglamento de esta Ley, los ingresos y los pagos del
del acuerdo anual de políticas sobre esas
Tesoro podrán realizarse mediante efectivo, cheque,
materias, establec iendo lineamientos sobre
transferencia bancaria o cualesquiera otros medios de
mantenimiento y utilización de los saldos de
pago, sean o no bancarios. El Ministerio de Finanzas
caja.
podrá establecer que en la realización de determinados
Artículo 110.- La Oficina Nacional del Tesoro tendrá
ingresos o pagos del Tesoro sólo puedan utilizarse
un sub-tesorero que llenará las faltas temporales o
específicos medios de pago.
accidentales del Tesorero y las absolutas, mientras
se provea la vacante.
Artículo 117.- Los funcionarios y oficinas encargados
de la liquidación de ingresos deben ser distintos e
Artículo 111.- La Oficina Nacional del Tesoro dictará
independientes de los encargados del servicio de
las normas e instrucciones técnicas necesarias para
tesorería y en ningún caso estos últimos pueden estar
el funcionamiento del servicio y propondrá las
encargados de la liquidación y administración de
normas reglamentarias pertinentes.
ingresos.
13
Cuando se trate de tasas por servicios prestados por
forma que facilite el ejercicio del control y la
el Estado cuya recaudación por oficinas distintas de
auditoría interna o externa.
las liquidadoras sea causa de graves inconvenientes
5.
Suministrar información necesaria para la
para la buena marcha de esos servicios, podrá el
formación de las cuentas nacionales.
Ejecutivo Nacional autorizar la percepción de tales
Artículo 123.- El Sistema de Contabilidad Pública será
tasas en las propias oficinas liquidadoras, cuidando
único, integrado y aplicable a todos los órganos de la
de que se establezcan sistemas de control adecuados
República y sus entes descentralizados funcionalmente;
para impedir fraudes.
estará fundamentado en las normas generales de
contabilidad dictadas por la Contraloría General de la
Artículo 118.- Las oficinas de ordenación de pagos
República y en los demás principios de contabilidad de
deben ser distintas e independientes de las que
general aceptación válidos para el sector público.
integran el Sistema de Tesorería y en ningún caso
estas últimas podrán liquidar ni ordenar pagos contra
La contabilidad se llevará en los libros, registros y con la
el Tesoro Nacional.
metodología que prescriba la Oficina Nacional de
Contabilidad Pública y estará orientada a determinarlos
Artículo 119.- Los embargos y cesiones de sumas
costos de la producción pública.
debidas por el Tesoro Nacional y las oposiciones al
pago de dichas sumas, se notificarán al funcionario
Artículo 124.- El Sistema de Contabilidad Pública podrá
ordenador del pago respectivo, expresándose el
estar soportado en medios informáticos. El reglamento
nombre del ejecutante, cesionario u oponente y del
de esta Ley establecerá los requisitos de integración,
depositario, silo hubiere, a fin que la liquidación y
seguridad y control del sistema.
ordenación del pago se haga en favor del oponente,
cesionario o depositario la cuota que corresponde.
Artículo 125.- Por medios informáticos se podrán
generar comprobantes, procesar y transmitir
En caso de varias oposiciones relativas a un mismo
documentos e informaciones y producir los libros Diario
pago, se nombrará un sólo depositario, con quien se
y Mayor y demás libros auxiliares. El reglamento de esta
entenderá exclusivamente el ordenador respecto de
Ley establecerá los mecanismos de seguridad y control
la cuota que debe pagarse por razón de todos los
que garanticen la integridad y seguridad de los
embargos u oposiciones.
documentos e informaciones.
Las oposiciones, embargos o cesiones que no sean
Artículo 126.- Se crea la Oficina Nacional de
notificadas con los requisitos de este artículo, no
Contabilidad Pública, como órgano rector del Sistema de
tendrán ningún valor ni efecto respecto del Tesoro.
Contabilidad Pública, la cual estará a cargo de un Jefe de
Oficina quien será de libre nombramiento y remoción del
Artículo 120.- Los funcionarios o empleados de los
Ministro de Finanzas.
entes integrados al servicio de tesorería están
obligados a suministrarlas informaciones que
Artículo 127.- Corresponde a la Oficina Nacional de
requiera la Oficina Nacional del Tesoro, así como a
Contabilidad Pública:
cumplir las normas e instrucciones que emanen de
ella.
1.
Dictar las normas técnicas de contabilidad y los
procedimientos específicos que considere
TITULO V
necesarios para el adecuado funcionamiento del
DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD PÚBLICA
Sistema de Contabilidad Pública.
2.
Prescribir los sistemas de contabilidad para la
Artículo 121.- El Sistema de Contabilidad Pública
República y sus entes descentralizados sin fines
comprende el conjunto de principios, órganos,
empresariales, mediante instrucciones y
normas y procedimientos técnicos que permiten
modelos que se publicarán en la Gaceta Oficial.
valorar, procesar y exponerlos hechos económico
3.
Emitir opinión sobre los planes de cuentas y
financieros que afecten o pueden llegar a afectar el
sistemas contables de las sociedades del
patrimonio de la República o de sus entes
Estado, en forma previa, a su aprobación por
descentralizados.
éstas.
4.
Asesorar y asistir técnicamente en la
Artículo 122.- El Sistema de Contabilidad Pública
implantación de las normas, procedimientos y
tendrá por objeto:
sistemas de contabilidad que prescriba.
5.
Llevar en cuenta especial el movimiento de las
1.
El registro sistemático de todas las
erogaciones con cargo a los recursos originados
transacciones que afecten la situación
en operaciones de crédito público de la
económico financiera de la República y de
República y de sus entes descentralizados.
sus entes descentralizados funcionalmente.
6.
Organizar el sistema contable de tal forma que
2.
Producir los estados financieros básicos de
permita conocer permanentemente la gestión
un sistema contable que muestren los
presupuestaria, de tesorería y patrimonial de la
activos, pasivos, patrimonio, ingresos y
República y sus entes descentralizados.
gastos de los entes públicos sometidos al
7.
Llevar la contabilidad central de la República y
sistema.
elaborar los estados financieros
3.
Producir información financiera necesaria
correspondientes, realizando las operaciones de
para la toma de decisiones por parte de los
ajuste, apertura y cierre de la misma.
responsables de la gestión financiera pública
8.
Consolidarlos estados financieros de la
y para los terceras interesados en la misma.
República y sus entes descentralizados.
4.
Presentar la información contable, los
9.
Elaborar la Cuenta General de Hacienda que
estados financieros y la respectiva
debe presentar anualmente el Ministro de
documentación de apoyo, ordenados de tal
Finanzas ante la Asamblea Nacional, los demás
14
estados financieros que considere
y el comportamiento de los costos y de los indicadores
conveniente, así como los que solicite la
de eficiencia de la producción pública.
misma Asamblea Nacional y la Contraloría
TITULO VI
General de la República.
DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
10. Evaluar la aplicación de las normas,
procedimientos y sistemas de contabilidad
Artículo 131.- El sistema de control interno tiene por
prescritos, y ordenarlos ajustes que estime
objeto asegurar el acatamiento de las normas legales,
procedentes.
salvaguardar los recursos y bienes que integran el
11. Promover o realizarlos estudios que
patrimonio público, asegurar la obtención de información
considere necesarios de la normativa
administrativa, financiera y operativa útil, confiable y
vigente en materia de contabilidad, a los
oportuna para la toma de decisiones, promoverla
fines de su actualización permanente.
eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de
12. Coordinar la actividad y vigilar el
los planes, programas y presupuestos, en concordancia
funcionamiento de las oficinas de
con las políticas prescritas y con los objetivos y metas
contabilidad de los órganos de la República
propuestas, así como garantizar razonablemente la
y de sus entes descentralizados sin fines
rendición de cuentas.
empresariales.
13. Elaborar las cuentas económicas del sector
Artículo 132.- El sistema de control interno de cada
público, de acuerdo con el sistema de
organismo será integral e integrado, abarcará los
cuentas nacionales.
aspectos presupuestarios económicos, financiero,
14. Dictar las normas e instrucciones técnicas
patrimoniales, normativos y de gestión, así como la
necesarias para la organización y
evaluación de programas y proyectos, y estará fundado
funcionamiento del archivo de
en criterios de economía, eficiencia y eficacia.
documentación financiera de la
Administración Nacional. En dichas normas
Artículo 133.- El sistema de control interno funcionará
podrá establecerse la conservación de
coordinadamente con el de control externo a cargo de la
documentos por medios informáticos, para
Contraloría General de la República.
lo cual deberán aplicarse los mecanismos de
seguridad que garanticen su estabilidad,
Artículo 134.- Corresponde a la máxima autoridad de
perdurabilidad, inmutabilidad e
cada organismo o entidad la responsabilidad de
inalterabilidad.
establecer y mantener un sistema de control interno
Artículo 128.- Los entes a que se refieren los
adecuado a la naturaleza, estructura y fines de la
numerales 6, 7, 8, 9 y 10 del Artículo 6 de esta Ley
organización. Dicho sistema incluirá los elementos de
suministrarán ala Oficina Nacional de Contabilidad
control previo y posterior incorporados en el plan de
Pública los estados financieros y demás
organización y en las normas y manuales de
informaciones de carácter contable que ésta les
procedimientos de cada ente u órgano, así como la
requiera, en la forma y oportunidad que determine.
auditoría interna.
Artículo 129.- La Oficina Nacional de Contabilidad
Artículo 135.- La auditoría interna es un servicio de
Pública solicitará a los estados, al Distrito
examen posterior, objetivo, sistemático y profesional de
Metropolitano de la ciudad de Caracas, así como a los
las actividades administrativas y financieras de cada
distritos y municipios la información necesaria para el
ente u órgano, realizado con el fin de evaluarlas,
cumplimiento de sus funciones; así mismo,
verificarlas y elaborar el informe contentivo de las
coordinará con éstos la aplicación, en el ámbito de
observaciones, conclusiones, recomendaciones y el
sus competencias, del sistema de información
correspondiente dictamen. Dicho servicio se prestará por
financiera que desarrolle.
una unidad especializada de auditoría interna de cada
ente u órgano, cuyo personal, funciones y actividades
Artículo 130.- El Ministro de Finanzas presentará a
deben estar desvinculadas de las operaciones sujetas a
la Asamblea Nacional, antes del treinta de junio de
su control.
cada año, la Cuenta General de Hacienda, la cual
contendrá, como mínimo: (141)
Artículo 136.- Los titulares de los órganos de auditoría
interna serán seleccionados mediante concurso,
1.
Los estados de ejecución del presupuesto de
organizado y celebrado de conformidad con lo previsto
la República y de sus entes descentralizados
en Ley Orgánica de la Contraloría General de la
sin fines empresariales.
República, con participación de un representante de la
2.
Los estados que demuestren los
Superintendencia Nacional de Auditoría Interna en el
movimientos y situación del Tesoro
jurado calificador.
Nacional.
3.
El estado actualizado de la deuda pública
Una vez concluido el período para el cual fueron
interna y externa, directa e indirecta.
seleccionados, los titulares podrán participar en la
4.
Los estados financieros de la República.
selección para un nuevo período.
5.
Un informe que presente la gestión
financiera consolidada del sector público
Artículo 137.- Se crea la Superintendencia Nacional de
durante el ejercicio y muestre los resultados
Auditoría Interna, como órgano rector del Sistema de
operativos, económicos y financieros y un
Control Interno, integrado ala Vicepresidencia Ejecutiva
anexo que especifique la situación de los
de la República, con autonomía funcional y
pasivos laborales.
administrativa, con la estructura organizativa que
La Cuenta General de Hacienda contendrá además
determine el reglamento respectivo.
comentarios sobre el grado de cumplimiento de los
objetivos y metas previstos en la ley de presupuesto;
Artículo 138.- La Superintendencia Nacional de
Auditoría Interna es el órgano a cargo de la supervisión,
15
orientación y coordinación del control interno, así
13. Atender las consultas que se le formulen en el
como de la dirección de la auditoría interna en los
área de su competencia.
organismos que integran la administración central y
Artículo 140.- La Superintendencia Nacional de
descentralizada funcionalmente enumerados en el
Auditoría Interna podrá contratar estudios de consultoría
artículo 6 de esta Ley, excluido el Banco Central de
y auditoría bajo condiciones preestablecidas, en cuyo
Venezuela.
caso deberá planificar y controlarla ejecución de los
trabajos y cuidar la calidad del informe final, como
Artículo 139.- Son atribuciones de la
requisitos de indispensable cumplimiento para poder
Superintendencia Nacional de Auditoría Interna:
asumir como suyos dichos estudios.
1.
Orientar el control interno y facilitar el
Artículo 141.- La Superintendencia Nacional de
control externo, de acuerdo con las normas
Auditoría Interna podrá solicitar de los organismos
de coordinación dictadas por la Contraloría
sujetos a su ámbito de competencia, las informaciones y
General de la República.
documentos que requiera para el cumplimiento de sus
2.
Dictar pautas de control interno y promover
funciones, así como tener acceso directamente a dichas
y verificar su aplicación.
informaciones y documentos en las intervenciones que
3.
Prescribir normas de auditoría interna y
practique. Los funcionarios y autoridades competentes
dirigir su aplicación por las unidades de
prestarán su colaboración a esos efectos y estarán
auditoría interna.
obligados a atender los requerimientos de la
4.
Realizar o coordinar las auditorías que
Superintendencia.
estime necesarias, para evaluar el sistema
de control interno en los entes y órganos a
Artículo 142.- La Superintendencia Nacional de
que se refiere el Artículo 138, así como
Auditoría Interna estará a cargo de un funcionario
orientar la evaluación de proyectos.
denominado Superintendente Nacional de Auditoría
programas y operaciones. Eventualmente,
Interna, quien será designado por el Presidente de la
podrá realizar auditorías financieras, de
República y dará cuenta de su gestión a éste y al
legalidad y de gestión, en los organismos
Vicepresidente Ejecutivo.
comprendidos en el ámbito de su
competencia.
Artículo 143.- Son atribuciones del Superintendente
5.
Vigilar la aplicación de las normas que
Nacional de Auditoría Interna:
dicten los órganos rectores de los sistemas
de administración financiera del sector
1.
Dictar las normas reglamentarias sobre la
público nacional e informarles los
organización, estructura y funcionamiento de la
incumplimientos observados.
Superintendencia.
6.
Ejercer la supervisión técnica de las
2.
Nombrar y remover el personal de la
unidades de auditoría interna, aprobar sus
Superintendencia.
planes de trabajo y orientar y vigilar su
3.
Ejercer la administración de personal y la
ejecución, sin perjuicio de las atribuciones
potestad jerárquica.
de la Contraloría General de la República.
4.
Celebrar los contratos y ordenar los pagos para
7.
Comprobar la ejecución de las
la ejecución del presupuesto de la
recomendaciones de las unidades de
Superintendencia.
auditoría interna, adoptadas por las
5.
Ejercer la administración y disposición de los
autoridades competentes.
bienes Nacionales adscritos a la
8.
Proponer las medidas necesarias para lograr
Superintendencia.
el mejoramiento continuo de la
6.
Someter a la aprobación del Presidente de la
organización, estructura y procedimientos
República el plan de acción y el proyecto de
operativos de las unidades de auditoría
presupuesto de gastos de la Superintendencia,
interna, considerando las particularidades de
antes de remitirlo al Ministerio de Finanzas para
cada organismo.
su incorporación en el Proyecto de Ley de
9.
Formular directamente a los organismos o
Presupuesto.
entidades comprendidos en el ámbito de su
Artículo 144.- El Superintendente Nacional de Auditoría
competencia, las recomendaciones
Interna podrá delegar en funcionarios de la
necesarias para asegurar el cumplimiento de
Superintendencia determinadas atribuciones, de
las normas de auditoría interna y de los
conformidad con lo establecido en la ley.
criterios de economía, eficacia y eficiencia.
10. Establecer requisitos de calidad técnica para
Artículo 145.- La Superintendencia Nacional de
el personal de auditoría de la administración
Auditoría Interna deberá informar:
financiera de sector público, así como de
consultores especializados en las materias
1.
Al Presidente de la República, al Vicepresidente
vinculadas y mantener un registro de
Ejecutivo y al Ministro de Finanzas, acerca de
auditores y consultores.
su gestión y de la gestión financiera y operativa
11. Promover la oportuna rendición de cuentas
de los organismos comprendidos en el ámbito
por los funcionamos encargados de la
de su competencia.
administración, custodia o manejo de fondos
2.
A la Contraloría General de la República, sobre
o bienes públicos, de acuerdo con las
los asuntos comprendidos en el ámbito de su
normas que dicte la Contraloría General de
competencia, en la forma y oportunidad que
la República.
ese organismo lo requiera.
12. Realizar y promover actividades de
3.
A la opinión pública, con la periodicidad que
adiestramiento y capacitación de personal,
determine el reglamento de esta Ley.
en materia de control y auditoría, y
TITULO VII
DE LA COORDINACIÓN MACROECONÓMICA
16
municipal y establecerá las reglas para su administración
Artículo 146.- A los fines de promover y defenderla
y funcionamiento sobre la base de los principios de
estabilidad económica, el Ejecutivo Nacional y el
eficiencia, equidad y no discriminación entre las
Banco Central de Venezuela celebrarán anualmente
entidades que aporten recursos al mismo.
un convenio para la armonización de políticas que
regirá para el ejercicio económico financiero
Artículo 152.- En todo caso, la República transferirá al
siguiente.
Fondo de Estabilización Macroeconómica los siguientes
recursos:
En dicho acuerdo se especificarán los objetivos de
1.
Un porcentaje del ingreso ordinario petrolero
crecimiento, balance externo e inflación, y sus
adicional, calculado después de deducida la
repercusiones sociales; los resultados esperados en
porción que deba aplicase para subsanar,
el ámbito fiscal, monetario, financiero y cambiario;
razonablemente, la brecha entre el ingreso
las políticas y acciones dirigidas a lograrlos; las
ordinario no petrolero efectivamente percibido y
responsabilidades del Ejecutivo Nacional y del Banco
el presupuestado inicialmente para cada
Central de Venezuela; así como las interrelaciones
ejercicio, sin menoscabo de las medidas de
fundamentales entre la gestión fiscal que
ajuste que se impongan. La ley especial del
corresponde al Ejecutivo Nacional y la gestión
Fondo establecerá los parámetros para el
monetaria y cambiaría a cargo del Banco.
cálculo de los ingresos adicionales petroleros.
2.
Los ingresos netos provenientes de la
Artículo 147.- El acuerdo de políticas será suscrito
privatización de bienes, empresas o servicios
por el Ministro de Finanzas y el Presidente del Banco
propiedad de la República. Los demás que
Central de Venezuela, se fundamentará en
determine la ley.
pronósticos macroeconómicos coherentes y
3.
Los aportes provenientes de ingresos ordinarios
congruentes, conforme a los requerimientos
se determinarán una vez deducidas las
constitucionales y se divulgará en el momento de la
preasignaciones de estos ingresos establecidas
sanción del presupuesto por la Asamblea Nacional,
en la Constitución para los estados y el Poder
con especificación del órgano responsable de la
Judicial.
elaboración de tales pronósticos, los métodos de
Artículo 153.- Las transferencias que efectúe el Fondo
trabajo y supuesto empleados para ello, a fin de
de Estabilización Macroeconómica durante un
facilitar su comparación con los resultados obtenidos
determinado ejercicio presupuestario no podrán ser
y la rendición de cuentas.
superiores a un cincuenta por ciento del saldo de dicho
Fondo para el cierre del ejercicio presupuestario
Artículo 148.- Serán nulas y sin efectos las
inmediatamente anterior. Así mismo, los aportes que
cláusulas del acuerdo que puedan comprometer la
efectúe a un determinado ente, no excederán del monto
independencia del Banco Central de Venezuela, que
necesario para cubrir la correspondiente diferencia de
presupongan o deriven el establecimiento de
ingresos.
directrices por parte del Ejecutivo en la gestión del
Banco o que tiendan a convalidar o financiar políticas
Artículo 154.- Cuando el monto de los recursos del
deficitarias por parte del ente emisor.
Fondo de Estabilización Macroeconómica exceda del
setenta por ciento del monto equivalente al promedio del
Artículo 149.- El Presidente del Banco Central de
producto de las exportaciones petroleras de los últimos
Venezuela y el Ejecutivo Nacional, por órgano del
tres años, el excedente será destinado al Fondo de
Ministro de Finanzas, informarán trimestralmente ala
Ahorro Intergeneracional. Sin embargo, cuando las
Asamblea Nacional acerca de la ejecución de las
condiciones de los mercados financieros lo permitan, y
políticas objeto del acuerdo y los mecanismos
de acuerdo con un programa de reestructuración de
adoptados para corregir las desviaciones y rendirán
deuda pública, parte de ese excedente podrá ser
cuenta a la misma As amblea de los resultados de
utilizado en operaciones de compra o refinanciamiento
dichas políticas en la oportunidad de presentar el
de deuda pública externa e interna legalmente contraída.
acuerdo correspondiente al ejercicio siguiente.
Capítulo II
Del Fondo de Ahorro Intergeneracional
TITULO VIII
Artículo 155.- Mediante ley especial se establecerá un
DE LA ESTABILIDAD DE LOS GASTOS Y SU
Fondo de Ahorro Intergeneracional a largo plazo,
SOSTENIBILIDAD INTERGENERACIONAL
destinado a garantizar la Sostenibilidad
Intergeneracional de las políticas públicas de desarrollo,
Capítulo I
especialmente la inversión real reproductiva, la
Del Fondo de Estabilización Macroeconómica
educación y la salud, así como a promover y sostener la
competitividad de las actividades productivas no
Artículo 150.- El Fondo para la Estabilización
petroleras.
Macroeconómica será un fondo financiero de
inversión sin personalidad jurídica, tendrá por objeto
Artículo 156.- El Fondo de Ahorro Intergeneracional se
garantizar la estabilidad de los gastos a nivel
constituirá e incrementará con la proporción de ingresos
nacional, regional y municipal, frente a las
petroleros que la ley determine. Dicho Fondo tendrá un
fluctuaciones de las ingresos ordinarios y se regirá
lapso de no disponibilidad no menor de veinte años,
por las disposiciones de esta Ley y de la ley que
contados a partir de su constitución efectiva Durante
regule su funcionamiento.
este lapso, se tomará en consideración para el cálculo
del aporte aquellas inversiones que tengan
Artículo 151.- La Ley del Fondo de Estabilización
características intergeneracionales y que se realicen en
Macroeconómica determinará los recursos que se
cada ejercicio presupuestario. Transcurrido este lapso, el
destinarán al mismo nivel Nacional, estadal y
monto acumulado en el Fondo y sus rendimientos
17
Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color Error : Bad color
podrán ser utilizados en inversiones reproductivas,
Artículo 163.- En caso de incumplimiento de las reglas
salud y educación, de acuerdo alas disposiciones que
y metas definidas en el marco plurianual del
establezca la ley de creación.
presupuesto, sin perjuicio de otras responsabilidades a
que haya lugar y de las competencias de la Asamblea
Artículo 157.- Los recursos del Fondo de Ahorro
Nacional y la Contraloría General de la República, el
Intergeneracional sólo podrán ser invertidos en
Vicepresidente Ejecutivo deberá recomendar al
portafolios diversificados, en activos de máxima
Presidente de la República la remoción de los Ministros
calificación crediticia, en un contexto de inversión de
responsables del área en que ocurrió el incumplimiento.
largo plazo y con criterios de optimización que
garanticen la mayor transparencia y seguridad del
Artículo 164.- Sin perjuicio de otras responsabilidades
retorno de la inversión, en las condiciones que
a que haya lugar, la inexistencia de registros de
establezca la ley.
información acerca de la ejecución de los presupuestos,
así como el incumplimiento de la obligación de
Sin embargo, los rendimientos de este Fondo,
participarlos resultados de dicha ejecución ala Oficina
apropiadamente contabilizados, podrán quedar
Nacional de Presupuesto, será causal de responsabilidad
sujetos a reglas y condiciones de desacumulación
administrativa determinable de conformidad con los
distintas de las establecidas para el capital y podrán
procedimientos previstos en la Ley Orgánica de la
ser destinados a fines específicos de inversión
Contraloría General de la República. (54)
reproductiva o dotación de obras y servicios básicos.
Artículo 165.- Si de la evaluación de los resultados
Artículo 158.- En ningún caso, los recursos del
físicos de la ejecución presupuestaria se evidenciare
Fondo de Ahorro Intergeneracional o sus
incumplimientos injustificados de las metas y objetivos
rendimientos podrán ser aplicados ala adquisición de
programados, la Oficina Nacional de Presupuesto
instrumentos de endeudamiento de entidades
informará dicha situación ala máxima autoridad del ente
públicas nacionales, ni a garantizar obligaciones de
u organismo, a la respectiva Contraloría Interna y a la
las mismas.
Contraloría General de la República, a los fines del
establecimiento de las responsabilidades administrativas
TITULO IX
a que haya lugar.
DE LAS RESPONSABILIDADES
Artículo 166.- Los funcionarios con capacidad para
Artículo 159.- Los funcionarios encargados de la
obligar a los entes y órganos públicos en razón de las
administración financiera del sector público,
funciones que ejerzan, que celebren o autoricen
independientemente de las responsabilidades
operaciones de crédito en contravención a las
penales, administrativas o disciplinarias en que
disposiciones de la presente Ley, serán sancionados con
incurran, estarán obligados a indemnizar al Estado de
destitución e inhabilitación para el ejercicio de la función
todos los daños y perjuicios que causen por
pública durante un período de tres años, sin perjuicio de
infracción de esta ley y por abuso, falta, dolo,
responsabilidades de otra naturaleza. ( 55)
negligencia, impericia o imprudencia en el
desempeño de sus funciones.
TITULO X
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Artículo 160.- La responsabilidad civil de los
funcionarios encargados de la administración
Artículo 167.- La administración de personal en los
financiera del sector público se hará efectiva con
órganos rectores de la Administración Financiera y del
arreglo alas disposiciones legales pertinentes.
Sistema de Control Interno del Sector Público, se regirá
por esta Ley, por el estatuto especial que dicte el
Artículo 161.- Los funcionarios encargados de la
Ejecutivo Nacional y por la Ley de Carrera
administración y liquidación de ingresos nacionales o
Administrativa.
de la recepción, custodia y manejo de fondos o
bienes públicos, prestarán caución antes de entrar en
Las actividades técnicas de los órganos rectores de la
ejercicio de sus funciones, en la cuantía y forma que
Administración Financiera y del Sistema Control Interno
determine el reglamento de esta Ley.
del Sector Público estarán a cargo del cuerpo de
consultores técnicos y auditores que regulará el Estatuto
La caución se constituye para responder de las
que dicte el Ejecutivo Nacional, en el cual se
cantidades y bienes que manejen dichos funcionarios
establecerán los derechos y obligaciones de los
y de los perjuicios que causen al patrimonio público
funcionarios y la profesionalización de los niveles
por falta del cumplimiento de sus deberes o por
directivos y de supervisión sobre la base de méritos.
negligencia o impericia en el desempeño de sus
funciones.
En dicho Estatuto se regularán especialmente los
sistemas de ingreso por concurso, de clasificación, de
En ningún caso podrá oponerse al ente público
remuneración, de evaluación, y de capacitación así como
perjudicado la excusión de los bienes del funcionario
de adiestramiento, el cual tenderá hacia la formación
responsable. (53)
integral del Cuerpo a que se refiere este artículo en
todas las áreas del Sistema
Artículo 162.- La responsabilidad administrativa de
los funcionarios de las dependencias de la
En ningún caso, el Estatuto que se dicte podrá
administración financiera del sector público nacional
desmejorarlos derechos consagrados por ley a los
se determinará y hará efectiva de conformidad con
funcionarios. El régimen de faltas y sanciones previsto
las previsiones de la Ley Orgánica de la Contraloría
en la Ley de Carrera Administrativa será aplicable a los
General de la República.
funcionarios de los órganos rectores de la Administración
Financiera y del Sistema de Control Interno del Sector
Público.
18
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demás disposiciones de esta Ley entrarán en vigencia el
Artículo 168.- El Ministro de Finanzas informará
1° de enero de 2002, a excepción de lo previsto en el
trimestralmente a la Asamblea Nacional acerca de la
régimen transitorio regulado en los artículos siguientes
ejecución presupuestaria del sector público nacional,
de este Título.
el movimiento de ingresos y egresos del Tesoro
Nacional y la situación de la deuda pública y le
Artículo 173.- La Ley de Presupuesto para el ejercicio
proporcionará los estados financieros que estime
2002, constará de los Títulos I y II, sobre Disposiciones
convenientes. Con la misma periodicida d publicará
Generales y Presupuesto de Gastos y Operaciones de
los informes y estados financieros correspondientes.
Financiamiento de la República que establece el artículo
30; y se ajustará en su formulación, presentación,
Artículo 169.- El Ejecutivo Nacional está facultado
programación, ejecución financiera, registro y evaluación
para resolverlos casos dudosos o no previstos en las
de dicha ejecución financiera a lo establecido en esta
leyes fiscales, procurando conciliar siempre los
Ley, salvo lo indicado en el segundo aparte del artículo
intereses del Estado con las exigencias de la equidad
12 y las disposiciones relativas al marco plurianual del
y los principios generales de la administración
presupuesto.
financiera
Artículo 174.- Las normas sobre registro, control y
Artículo 170.- El Ministerio de Finanzas organizará
evaluación de la ejecución física entrarán en vigencia el
una Oficina de Estadística de las Finanzas Públicas
1° de enero del 2003. El registro, control y evaluación
que actuará de acuerdo alas normas técnicas de
de la ejecución física de los presupuestos
compilación y publicación dictadas por el Instituto
correspondientes a los ejercicios 2002 y 2003 se
Nacional de Estadística para garantizarla calidad e
efectuará conforme a criterios selectivos que permitan
integridad de las estadísticas públicas y, en
establecer sistemas pilotos de información durante el
particular, de las estadísticas fiscales, así como a los
lapso de vacatio de las disposiciones sobre la materia
Principios Fundamentales de las Estadísticas Oficiales
establecidas en esta Ley.
del Fondo Monetario Internacional y de las Naciones
Unidas. Dicha Oficina tendrá la función de
Artículo 175.- Los presupuestos de los entes
establecerla normas especiales para la preparación
descentralizados sin fines empresariales, referidos en los
de las estadísticas fiscales, coordinar la recopilación y
numerales 6, 7 y 10 del artículo 6 esta Ley, para el
compilación que deberán hacerlos órganos de
ejercicio 2002, se elaborarán de acuerdo a los
información fiscal y demás dependencias oficiales,
lineamientos y normas técnicas que dicte el Ministerio de
será un centro de divulgación, coordinación y
Finanzas y el Ministerio de adscripción y a las normas
consulta de estadísticas fiscales.
técnicas que imparta la Oficina Nacional de Presupuesto
y se someterán ala aprobación del Presidente de la
Artículo 171.- Queda parcialmente derogado el
República en Consejo de Ministros antes del 15 de
artículo 92 de la Ley Orgánica de la Hacienda Publica
septiembre de 2001. En todo lo demás se aplicarán al
Nacional, en cuanto al servicio de inspección se
presupuesto de estos entes para el ejercicio 2002, las
refiere. El servicio de fiscalización será competencia
disposiciones de la Ley Orgánica de Régimen
de los órganos de la administración tributaria y, sin
Presupuestario, publicada en la Gaceta Oficial N°
perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General
36.916, Extraordinario, de fecha 2 de marzo de 2000 y
de la República, se ajustará las disposiciones del
de sus Reglamentos.
Código Orgánico Tributario y las leyes especiales que
regulen la materia tributaria.
Artículo 176.- Para la formulación del presupuesto de
las sociedades del Estad o y otros entes sometidos al
Quedan derogados los artículos 1, in fine, en
régimen establecido en el Capítulo IV del Título II de
cuanto se refiere al Fisco como personificación
esta Ley, correspondiente al ejercicio 2001; se aplicarán
jurídica de la Hacienda; 2; 51, 60, 61, 62,78,81
las disposiciones de la Ley Orgánica de Régimen
numeral 4, 82 a 191,98 al 101,128 al
Presupuestario, publicada en la Gaceta Oficial N° 36.916
138,146,204,205,206,208 al 210 de la Ley Orgánica
Extraordinario, de fecha 2 de marzo de 2000 y sus
de la Hacienda Pública Nacional publicada en Gaceta
Reglamentos.
Oficial N° 1.660 Extraordinario, de fecha 21 de junio
de 1974; la Ley Orgánica de Crédito Público,
Artículo 177.- Las disposiciones legales que establecen
publicada en la Gaceta Oficial N° 35.077 de fecha 26
afectaciones de ingresos o asignaciones presupuestarias
de octubre de 1992; la Ley Orgánica de Régimen
predeterminadas, no autorizadas en la Constitución o en
Presupuestario publicada en la Gaceta Oficial
esta Ley, continuarán en vigencia hasta el 31 de
N° 36.916 de fecha 2 de marzo de 2000 salvo lo
diciembre de 2003.
dispuesto en el Artículo 74; el aparte final del
Artículo 21 y los Artículos 74 y 148 de la Ley
Artículo 178.- El marco plurianual del presupuesto se
Orgánica de la Contraloría General de la República,
elaborará a partir del período correspondiente a los
publicada en Gaceta Oficial N° 5.017 Extraordinario,
ejercicios 2003 al 2004, ambos inclusive, conforme a las
de fecha 13 de diciembre de 1995, así como todas
disposiciones del Capítulo II del Título II de esta Ley y se
aquellas otras disposiciones que colidan con la
presentará a la consideración de la Asamblea Nacional
presente Ley.
en el ejercicio económico-financiero 2002.
Artículo 172.- Las disposiciones de esta Ley
En la oportunidad de presentación del Proyecto de Ley
relativas a la estructura, formulación y presentación
de Presupuesto correspondiente al 2002 el Ejecutivo
de la ley de presupuesto entrarán en vigencia el 1°
Nacional presentará a la Asamblea Nacional los limites
de enero de 2001 y se aplicarán para la formulación
de gastos y de endeudamiento para ese ejercicio, así
y presentación de la ley de presupuesto
como las estimaciones y resultados financieros
correspondiente al ejercicio financiero 2002, con las
indicativos para los dos años siguientes, los cuales se
salvedades señaladas en el artículo siguiente. Las
ajustarán en la oportunidad de la presentación del marco
19
plurianual para el período indicado en la primera
asistencia a los órganos rectores y a las labores de
parte de este artículo.
capacitación de los funcionarios de los organismos
sujetos a las disposiciones de esta Ley, así como a la
En esa misma oportunidad, hasta tanto se formule el
especialización de los consultores de dichos Programas
marco plurianual del presupuesto a que se refiere la
para integrar el personal de los órganos rectores.
primera parte de esta misma disposición, el Ejecutivo
Nacional presentará igualmente la propuesta de
Artículo 187.- Sin perjuicio de lo establecido en el
aportes ordinarios que se harán cada año al Fondo de
artículo 172 de esta Ley, la Administración Pública,
Estabilización Macroeconómica
antes del 31 de diciembre del año 2002, ajustará
sus estructuras y procedimientos a las
A partir del período correspondiente a los ejercicios
disposiciones de esta Ley. Asimismo, el Ejecutivo
2005 al 2007, inclusive, el marco plurianual del
Nacional dictará los reglamentos necesarios antes del 15
presupuesto se ajustará a las previsiones del Título II
de marzo de 2001.
y se formulará y sancionará para un lapso de tres
años.
Artículo 188.- El Presupuesto Consolidado del Sector
Público a que se refiere el artículo 75 de esta Ley, será
Artículo 179.- Las disposiciones del Título II de esta
presentado por primera vez al Ejecutivo Nacional antes
Ley sobre la ley del marco plurianual del presupuesto
del 30 de mayo del año 2003.
se aplicarán gradualmente a los entes referidos en
los numerales 8 y 9 del artículo 6 de esta Ley, de
Artículo 189.- Mientras se dicten los sistemas de
conformidad con lo que establezca el reglamento de
contabilidad para los entes a que se refieren los
esta Ley.
numerales 1, 6 y 7 del artículo 6 de esta Ley continuarán
en vigencia los que rijan para el momento de su
Artículo 180.- Las disposiciones de los Capítulos I al
promulgación. En todo caso; los sistemas de contabilidad
V del Título III de esta Ley, se aplicarán para la
para los institutos autónomos se prescribirán con
elaboración, presentación y sanción de la ley anual
posterioridad a la instalación del sistema de contabilidad
de endeudamiento para el ejercicio 2001.
de la República.
Artículo 181.- La ejecución del Presupuesto del año
La Cuenta General de Hacienda, con los contenidos
2001 y su semestre adicional así como la liquidación
señalados en el artículo 130, se presentará a la
de este Presupuesto, se regirá por la Ley Orgánica de
Asamblea Nacional en el ejercicio fiscal siguiente ala
Régimen Presupuestario, identificado en el artículo
implantación del Sistema de Contabilidad.
171, y en sus Reglamentos.
Artículo 190.- Las unidades de control interno de los
Artículo 182.- El Ministerio de Planificación y
organismos del Poder Ejecutivo y los entes de la
Desarrollo y el Ministerio de Finanzas establecerán
administración Nacional descentraliza enumerados en el
los mecanismos de coordinación necesarios para la
artículo 6 de esta Ley, deberán reestructurarse como
elaboración del Proyecto de Ley de Presupuesto de
órganos de auditoría interna dentro del plazo previsto en
2001, así como para la modificación de las
el artículo 187, y las funciones de control interno serán
estructuras e implantación de los sistemas de
integradas a los procesos y reasignadas a los órganos
administración financiera y de control interno
administrativos competentes.
regulados por esta Ley.
Artículo 191.- El Ejecutivo Nacional, dentro del año
Artículo 183.- La Oficina Nacional del Tesoro
siguiente a la publicación de esta Ley, presentará a la
asumirá, según el cronograma que el Ejecutivo
Asamblea Nacional un proyecto de ley que organice el
Nacional, por órgano del Ministerio de Finanzas,
sistema de administración de bienes del Estado, de
convenga con el Banco Central de Venezuela, las
manera que se integre a los sistemas básicos de
funciones que éste realiza como agente del Servicio
administración financiera regulados en esta Ley, bajo los
de Tesorería para la recaudación de ingresos
mismos criterios de centralización normativa y
nacionales y para hacer pagos por cuenta del Tesoro
desconcentración operativa
Nacional, sin menoscabo de la posibilidad de que el
Banco permanezca como depositario de fondos del
Artículo 192.- Las disposiciones del Título VIII, relativo
Tesoro Nacional, conforme a los convenios que
a la Estabilidad de los Gastos y su Sostenibilidad
suscriba con la República.
Intergeneracional entrarán en vigencia en la misma
fecha de vigencia de la Ley del Fondo de Estabilización
Artículo 184.- El Artículo 113 de esta Ley, en lo
Macroeconómica y del Fondo de Ahorro
relativo a la apertura y mantenimiento de subcuentas
Intergeneracional cuyo proyecto deberá ser presentado
del Tesoro Nacional en divisas, entrará en vigencia a
por el Poder Ejecutivo a la Asamblea Nacional y derogará
partir del 1° de enero del 2001, de acuerdo a los
la Ley del Fondo a Rescate de la Deuda y la Ley del
convenios que se celebren con el Banco Central de
Fondo de Inversión para la Estabilización
Venezuela
Macroeconómica .
Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo,
Artículo 185.- El Servicio de Tesorería se extenderá
sede de la Asamblea Nacional, en Caracas a los
gradualmente a los entes descentralizados sin fines
diecinueve días del mes de diciembre de dos mil dos.
empresariales, a partir del 1° de enero del año 2002.
Año 192° de la Independencia y 143° de la Federación.
Artículo 186.- El Ministerio de Finanzas
Palacio de Miraflores, a los nueve días del mes de enero
reestructurará el Programa de Modernización de las
de dos mil tres. Años 192° de la Independencia y 143°
Finanzas Públicas, afro de que su objeto atienda
de la Federación.
prioritariamente a la implantación de los sistemas de
administración financiera y de control interno, a la
Cúmplase
20
21