Decreto Nº 751

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<b>Presidencia de la República </b><br /> <b>Decreto Nº 751 </b><br /> <b>Caracas, 24 de marzo de 2000 </b><br /> <b>Hugo Chávez Frías </b><br /> <b>Presidente de la República </b><br /> En ejercicio de la atribución que me confieren los numerales 1 y 24 del artículo<br /> 236 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en<br /> concordancia con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de Bandera, Escudo e<br /> Himno Nacionales,<br /> <b>Considerando </b><br /> Que el próximo 28 de marzo se cumplen doscientos cincuenta años del<br /> nacimiento en Caracas, del Generalísimo Francisco de Miranda,<br /> <b>Considerando </b><br /> Que el recuerdo de la gesta libertadora propiciada por Francisco de Miranda y su<br /> ejemplo inigualable vive permanentemente en el corazón de los venezolanos,<br /> <b>Considerando </b><br /> Que el próximo 28 de marzo se cumplen doscientos cincuenta años del<br /> nacimiento en Caracas, del Generalísimo Francisco de Miranda,<br /> <b>Considerando </b><br /> Que corresponde al Ejecutivo Nacional rendir el merecido homenaje en nombre<br /> del pueblo venezolano a tan egregia figura,<br /> <b>Decreta </b><br /> <b>Artículo 1° Se declara como año Mirandino, el período comprendido entre el 28 de marzo<br /> de 2000 y 28 de marzo de 2001.<br /> <b>Artículo 2° Conmemórese en todo el territorio nacional con actos adecuados, los doscientos<br /> cincuenta años del natalicio del Generalísimo Francisco de Miranda.<br /> <b>Artículo 3° Se declara el 28 de marzo de 2000, día de júbilo nacional, durante el cual<br /> permanecerá izada la Bandera Nacional en todos los edificios públicos.<br /> <b>Artículo 4° Se exhorta a las entidades políticas que forman la República a sumarse a las<br /> actividades a cumplirse en los territorios de sus jurisdicciones.<br /> Gaceta Oficial N° 36.921 del 29 de marzo de 2000<br />