Plan de Ordenación del Territorio del Estado Aragua
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GACETA EXTRAORDINARIA Nº. 610
GACETA OFICIAL
DEL
ESTADO ARAGUA
Art. 1°
Se crea la GACETA OFICIAL del Estado Aragua, que se editará en la imprenta del mismo.
Art. 2°
Todas las disposiciones que aparezcan en la GACETA OFICIAL, estarán en vigencia hasta su derogación
publicada en la misma.
Depósito Legal N° 76-1649
(Decreto Ejecutivo de 4 de Enero de 1900)
GACETA EXTRAORDINARIA N° 610
armonice la relación hombre-naturaleza y procure el apro-
SUMARIO
vechamiento racional de los recursos naturales, la ordena-
ción del espacio físico y la distribución de los recursos
económicos, a fin de garantizar un desarrollo territorial
DECRETO N° 975:
Plan de Ordenación del Territorio
equilibrado para el Estado Aragua, y que contribuya a
del Estado Aragua.
corregir la distribución espacial de la población y los
servicios públicos. Todo ello para alcanzar una mejor
calidad de vida para la población.
DECRETO Nº 976:
Se revoca totalmente el Estatuto
Orgánico del Instituto de Previ-
sión Social del Cuerpo de Seguri-
CONSIDERANDO
dad y Orden Público del Estado
Aragua.
Que es necesario fortalecer la gestión pública en la
conservación, defensa, mejoramiento, ordenación del
ambiente y en la promoción de un nuevo estilo de desarrollo
humano sustentable, por medio de la participación de la
DIDALCO ANTONIO BOLIVAR GRATEROL
sociedad en general.
GOBERNADOR DEL ESTADO ARAGUA
En uso de las atribuciones legales que me confieren
CONSIDERANDO
los artículos 117, 130 y los numerales 16 y 38 del artículo
135 , todos de la Constitución del Estado Aragua; en
Que es un deber del Ejecutivo Regional propiciar el
concordancia con lo dispuesto por los artículos 5, 10, 11,
equilibrio económico, social, ecológico y político entre los
13, 21, 34, 61 y 62 de la Ley Orgánica para la Ordenación
diferentes centros poblados y localidades, además de
del Territorio ; lo previsto por el ordinal 12 del artículo 4 de
procurar una adecuada coordinación entre los entes
la Ley Orgánica de Descentralización , Delimitación y
públicos nacionales, regionales y municipales, así como
Transferencia de Competencias del Poder Público y lo
la participación civil organizada.
preceptuado por el artículo 16 de la Ley de Procedimientos
Administrativos del Estado Aragua.
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO
Que es obligación del Estado controlar y corregir el
Que es competencia del Ejecutivo Estadal el esta-
modelo de desarrollo y el uso inadecuado de tecnologías
blecer directrices que orienten el desarrollo sustentable de
cuya utilización produzcan efectos nocivos sobre el am-
la Entidad a largo plazo, dentro de una concepción que
biente.
cola sustentable del Valle de
DECRETO
Tucutunemo y de los suelos de la
EL SIGUIENTE :
planicie aluvial y lacustrina del
Lago de Valencia o de los
PLAN DE ORDENACION DEL TERRITORIO DEL
Tacariguas como emporio agrí-
ESTADO ARAGUA
cola regional.
CAPITULO I
3º Promover el desarrollo de
actividades agropecuarias,
DISPOSICIONES GENERALES
agroindustriales y agroecológicas
con criterios de sustentabilidad.
ARTICULO 1.
El presente Plan de Ordenación
del Territorio regirá en todo el
4º Apoyar la formulación y ejecu-
ámbito del Estado Aragua. El mis-
ción de un Programa de Desarro-
mo es un instrumento a largo
llo Agroforestal para el sur del
plazo que sirve de marco de refe-
Estado como alternativa de de-
rencia normativo - espacial a los
sarrollo integral de esa región, de
planes de desarrollo tanto a me-
igual manera el desarrollo
diano como a corto plazo y a los
agroforestal del Valle de
planes sectoriales, teniendo como
Tucutunemo y el resto del Territo-
objetivo fundamental regular y pro-
rio Estadal que presente condi-
mover el uso racional del espacio
ciones climáticas, ecológicas y
y de los recursos naturales, a los
socioeconómicas propicias para
fines de lograr la mejor calidad de
esta actividad.
vida de la población, fomentar las
actividades económicas produc-
5º Controlar los daños ambienta-
tivas, la conservación, defensa y
les y establecer las bases para la
mejoramiento del ambiente, la se-
recuperación de los espacios
guridad y defensa nacional;
afectados por la explotación de
subdividiéndose en los siguien-
los minerales metálicos y no me-
tes objetivos particulares:
tálicos.
1º Asignar racionalmente el uso
6º Concertar esfuerzos entre los
del espacio territorial del Estado
poderes nacionales, regionales y
de acuerdo a las prioridades, ob-
municipales a fin de proteger
jetivos de desarrollo y la voca-
eficientemente el Parque Nacio-
ción natural de los ecosistemas,
nal Henri Pittier, el Monumento
en procura de una mejor calidad
Natural Pico Codazzi y demás
de vida de los ciudadanos y a la
Areas Bajo Régimen de Adminis-
conservación del ambiente.
tración Especial, así como todas
aquellas que por su importancia
2º Fortalecer el carácter agrícola
ecológica y climática, reservorio
del Estado, desarrollando una
de biodiversidad, belleza natural,
política de preservación de tie-
potencial ecoturístico, fuente de
rras de primera clase para la pro-
recursos hídricos y fragilidad,
ducción de alimentos, otorgándo-
posean un valor particular para la
le facilidades al sector. Se auspi-
sociedad. Se propiciará la elabo-
ciara el rescate y desarrollo agrí-
ración y puesta en práctica de los
planes de ordenamiento, uso y
manejo de los Areas Bajo Régi-
men de Administración Especial.
13º Determinar las áreas de inte-
rés turístico, histórico, arquitec-
7° Establecer normas para prote-
tónico, artístico y cultural.
ger la biodiversidad y los recur-
sos naturales del Estado, propi-
14º Localizar adecuadamente la
ciando una convivencia armóni-
infraestructura física para el trans-
ca con las actividades económi-
porte, aprovechamiento del agua,
cas y antrópicas en general.
generación y distribución de ener-
gía para el uso industrial, urbano
8º Elaborar los instrumentos de
y rural, conforme a las áreas des-
planificación para prever la dota-
tinadas para estos usos, así como
ción de un adecuado conjunto de
las obras de saneamiento am-
elementos estructurales de ser-
biental.
vicios que contribuya a una mejor
distribución de la población hacia
15º Estimular por diversas vías
los centros intermedios y meno-
(educativas, legales, financieras
res.
y otras), a nivel local y puntual, la
difusión de sistemas energeticos
9º Establecer dentro de los pla-
autónomos con energías renova-
nes de desarrollo industrial, la
bles, como complemento (y even-
utilización de tecnologías que re-
tualmente como relevo ante emer-
duzcan los niveles de riesgos de
gencias) de los sistemas energé-
daños ambientales sin afectar la
ticos convencionales ya instala-
productividad.
dos. Propender a la planificación
conjunta de sistemas energéti-
10º Disponer la localización ra-
cos autónomos y no autónomos
cional de las actividades indus-
para cubrir las necesidades aún
triales, en particular, las
no satisfechas y en especial, para
generadoras de una base econó-
la consolidación de la población
mica regional.
en centros poblados de menos de
1000 habitantes.
11° .Promover la planificación am-
biental a fin de insertar las activi-
16º Garantizar la conservación y
dades industriales y comerciales
uso a perpetuidad de las cuencas
en los parámetros internaciona-
hidrográficas y demás fuentes de
les, como el ecoetiquetado, los
agua, mancomunando esfuerzos
ecoempaques
y
la
a fin de garantizar el servicio de
ecocertificación que permita al
suministro de agua potable para
Estado Aragua lograr niveles de
la población. A tales efectos, se
competitividad a nivel mundial.
combatirán las actividades
erosivas y contaminantes y se
12º Concretar con el Ejecutivo
relanzarán políticas para un efi-
Nacional la utilización de algunas
caz consumo y aprovechamiento
obras y espacios propiedad de
integral de los recursos hídricos
entes públicos para programas
por la población y sectores pro-
turísticos y culturales, a fin de
ductivos.
potenciar el desarrollo sustenta-
ble del Estado.
17º Concertar esfuerzos con el
sus respectivos roles presentes
poder nacional y en especial con
y futuros en su correspondiente
el Estado Carabobo a fin de
área de influencia. A tales efec-
lograr una reordenación de las
tos, se reconocen cinco niveles
actividades humanas en la cuen-
funcionales de centros pobla-
ca del Lago de Valencia, con el
dos:
objeto de reducir sustancialmente
las actividades contaminantes,
propiciar un mejor uso de sus
1° .- El primer nivel lo constituye la
variados recursos hídricos,
ciudad de Maracay como centro
faunísticos
y
turístico-
político administrativo del Esta-
recreacionales y controlar el nivel
do, que conjuntamente con las
del Lago de Valencia para minimi-
poblaciones de Turmero, El Li-
zar los costos sociales, ambien-
món, Cagua, Palo Negro, San
tales y económicos ocasionados
Mateo y Santa Cruz conforman el
por el aumento del nivel del agua.
Area Metropolitana de Maracay,
la cual continuará cumpliendo fun-
18º Propiciar la conservación del
ciones de centro regional.
ambiente, mediante el control de
la contaminación atmosférica, la
2° .- El segundo nivel lo constitu-
emanación de gases que produ-
yen La Victoria, Villa de Cura y
cen el “efecto invernadero”, aque-
Camatagua, las cuales fortalece-
llos desfavorables a la capa de
rán sus propias funciones y las
ozono y a los ecosistemas; el
complementarias como prestata-
control de los efluentes industria-
rios de servicios de apoyo y pro-
les, urbanos y agrícolas, los
ducción de bienes destinados a
ruidos molestos, y los residuos
las actividades económicas que
sólidos, tóxicos y peligrosos.
se desarrollan en sus respecti-
vas áreas de influencia.
3° .- El tercer nivel lo constituyen
CAPITULO II
Las Tejerías, El Consejo, Barba-
coas, Colonia Tovar, San
DE LA DISTRIBUCION DE LA POBLACION
Sebastián, San Casimiro,
Y SISTEMA DE CIUDADES
Taguay, Choroní-Pto. Colombia,
Ocumare de la Costa-El Playón y
Los Bagres, los cuales servirán
ARTICULO 2.
A los fines de alcanzar una equi-
de apoyo para las actividades
tativa distribución de la población
especificas en su entorno.
dentro de un verdadero sistema
de ciudades, se establecen los
4° .- El cuarto nivel está constitui-
siguientes lineamientos:
do por San Francisco de Asís-
Magdaleno, San Francisco de
1° .- Se conforma un sistema de
Cara, Pao de Zárate, Valle Morín,
ciudades que permita una mejor y
Zuata y Chuao, los cuales debe-
más eficiente distribución del es-
rán alcanzar los niveles de servi-
pacio, y la consolidación de toda
cios y de equipamientos requeri-
la Entidad como una unidad eco-
dos por su población y sus áreas
nómica, social, cultural y am-
de influencia.
biental.
5° .- El quinto nivel está constituído
2° .- Se orientará el crecimiento
por los centros de El Cortijo, Car-
poblacional hacia centros inter-
men de Cura, Güiripa, Tiara,
medios y menores, ubicados al
Tocorón, Pardillal, La Guacamaya
centro y sur del Estado.
y centros poblados menores de
mil habitantes que deberán pres-
tar sus servicios básicos para
consolidar su población.
ARTICULO 3.
El Plan consolida un sistema de
ciudades y los centros poblados
que lo conforman, fortaleciendo
CAPITULO III
DEL USO DEL ESPACIO
SECCION I
DEL USO AGRÍCOLA
ARTICULO 4.
Se asigna para el uso agrícola a un espacio de aproximadamente 311.967 hectáreas, distribuidas
y localizadas bajo las siguientes categorías de preservación, las cuales se consideran tierras de
primera clase:
ARTICULO 5.
Para los espacios destinados al uso agrícola, se recomiendan las modalidades de aprovechamien-
to, de acuerdo a las siguientes especificaciones:
5.- Implementar técnicas y ac-
ARTICULO 6.
Para los espacios destinados al
ciones tendentes al manejo efi-
uso agrícola se establecen las
ciente de los suelos, adoptar me-
siguientes pautas y modalidades:
didas para su conservación, y
asegurar el uso pertinente de los
1.- Estimular proyectos destina-
insumos de producción que evi-
dos a aumentar la producción de
t e n l a de-gradación de los
alimentos y la actividad
agroecosistemas y garanticen
agroindustrial, de tal manera que
la productividad.
contribuyan a diversificar e im-
pulsar la economía de áreas de-
primidas del Estado.
ARTICULO 7.
Se dará prioridad a la asistencia
2.- Conservar las tierras del Es-
técnica y financiera destinadas a
tado con potencial agrícola,
las áreas de uso agrícola actual,
impidiéndose que sean destina-
y aquellas propuestas para nue-
das a otros usos incompatibles.
vos desarrollos agrícolas dentro
de una estrategia fundamentada
3.- El uso agrícola privará, en
en la participación de las entida-
todo caso, sobre cualquier otra
des públicas, el sector privado y
actividad. No obstante, se permi-
la población, con el objeto de
tirá en las áreas de media y baja
lograr una auténtica prosperidad
preservación, otras actividades
en el campo.
compatibles
como
la
agroindustria, el turismo y la
acuicultura, siempre y cuando se
SECCION II
garantice, mediante estudios per-
DEL USO FORESTAL
tinentes, la preservación del uso
agrícola.
ARTICULO 8.
Se estimulará el desarrollo agro-
4.- Garantizar una adecuada do-
forestal y forestal, en aquellas
tación de infraestructura de apo-
áreas del Estado con potenciali-
yo a la producción, como vialidad
dades ecológicas y socioeco-
rural, centros de acopio y alma-
nómicas, para esa actividad, fa-
cenamiento, procesadoras de pro-
cilitando asistencia técnica,
ductos, sistemas de riego y dre-
financiamiento público y creando
naje. Mejorar la conservación de
incentivos a la inversión privada.
granos y otros productos agríco-
las y hortícolas mediante
presecado y/o deshidratación in-
ARTICULO 9.
En las áreas que se destinen al
tensivos con energía solar,
uso forestal deberán acometerse
bioenergía o híbridos.
las siguientes acciones:
materia a fin de determinar su
1.- Promover programas de plan-
factibilidad ambiental.
taciones forestales y agrofores-
tales en áreas identificadas con
potencial para ello, como meca-
ARTICULO 12.
Se asigna para la actividad mine-
nismo que permita recuperar y
ra, de acuerdo a los estudios
proteger cuencas, particularmen-
técnicos y a la normativa vigente
te aquellas que son fuentes de
las áreas siguientes:
agua potable para poblaciones y
las que forman parte del sistema
1.- Un área localizada en el sector
Acueducto Regional del Centro.
Loma de Hierro en el Municipio
Santos Michelena, para la ex-
2.- Diversificar fuentes de pro-
tracción de níquel.
ducción forestal y agroforestal, a
fin de disminuir la presión sobre
2.- Un área localizada en las in-
los bosques naturales, elevar las
mediaciones de la población de
condiciones de vida de la pobla-
Taguay, Municipio Urdaneta, para
ción rural y producir materia pri-
la explotación del carbón.
ma para la industria especializa-
da.
3.- Un área localizada en los alre-
dedores del Embalse de Cama-
tagua,Municipio Camatagua, des-
SECCION III
tinada para la explotación de síli-
DEL USO MINERO
ce.
ARTICULO 10.
Se permitirá la explotación de
4.- Un área localizada al sur de
minerales no metálicos en aque-
Villa de Cura, Municipio Zamora,
llas áreas del Estado donde
destinada para la explotación de
tradicionalmente se haya lleva-
barita.
do a cabo dicha actividad,
siem-pre y cuando la misma se
5.- Las áreas en las cuales se
ajus-te a la normativa legal vigen-
encuentran formaciones calizas
te sobre la materia minera y am-
que constituyen materia prima
biental. Estas áreas son expre-
para producción de cemento y
samente señaladas en el Mapa
cal, y todas aquellas señaladas
de Asignación de Uso del presen-
en el documento base.
te Decreto.
ARTICULO 13.
En caso de determinarse la exis-
ARTICULO 11.
Los sitios para nuevas explota-
tencia de nuevos yacimientos, la
ciones de minerales no metálicos
explotación de los mismos esta-
serán evaluados de conformidad
rá sujeta al cumplimiento de la
con la normativa aplicable a la
normativa técnica y ambiental, y
en concordancia con los Planes de Uso y Manejo asignados a la localidad.
SECCION IV
DE LAS AREAS BAJO REGIMEN
DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
ARTICULO 14.
Se ratifican como Areas Bajo Ré-
gimen de Administración Espe-
3.- Coordinar programas de pre-
cial las que se señalan a conti-
nuación:
vención y control de incendios,
recuperación de suelos y
ARTICULO 15.
Para las áreas indicadas en el
reforestación en los límites den-
artículo anterior, se establecen
tro de las Areas Bajo Régimen de
las siguientes acciones:
Administración Especial.
1.- Elaborar, proponer y someter
4.-Prever en las ABRAE (en es-
a la aprobación del Ejecutivo Na-
pecial, en los Parques Naciona-
cional, los Planes de Ordena-
les) el uso de energías renova-
miento y Reglamento de Uso, en
bles, con el fin de aprovechar
los cuales se establezcan los
recursos naturales autóctonos y
lineamientos, políticas y directri-
generar energía no contaminante
ces para la administración, la
(descontaminante, en el caso de
orientación de usos y actividades
la Bio-Energía), autónoma y
permitidas.
confiable, contando con la ase-
soría de los organismos públicos
2.- Revisar los Planes de Ordena-
pertinentes (MEM, MARNR).
miento y Reglamento de Uso de
las ABRAE existentes.
5. Incluir en los Planes de Orde-
nación Urbanística y de las
ABRAE las zonas de protección
de las Areas Especiales de Se-
guridad y Defensa existentes y las de menor tamaño que escapan a la escala del presente plan.
ARTICULO 16.
Se propone la categoría de Areas
dios que a tales efectos se elabo-
sujetas a un Régimen Especial
ren.
de Conservación, Defensa y Me-
joramiento del Ambiente, a los
2.- Elaborar sus respectivos Pla-
espacios del Estado Aragua
nes de Ordenamiento y Regla-
distribuídos y localizados bajo
mento de Uso de conformidad
las siguientes figuras:
con lo establecido en la Ley
Orgánica para la Ordenación del
ARTICULO 17.
Para las áreas indicadas en el
Territorio.
artículo anterior, se establecen
las siguientes acciones:
Sección V
1. Proponerlas como Areas Bajo
DEL USO URBANO
Régimen de Administración Es-
pecial de acuerdo con los
lineamientos y previsiones del
ARTICULO 18.
Los Planes de Ordenación Urba-
presente Plan Estadal de Orde-
nística deben ser elaborados de
nación Territorial y de los estu-
acuerdo a los sistemas de ciudades establecidos en el art. 3 y a los lineamientos sobre localización
de población y de actividades económicas planteadas en el presente Decreto de Ordenación
Territorial y a las disposiciones contempladas en la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística.
ARTICULO 19.
Se asigna el uso urbano a una
ARTICULO 20.
A los efectos regulatorios del pre-
superficie aproximada de
sente Decreto, se requerirá pro-
47.502,10 hectáreas correspon-
ceder a la ejecución del Plan de
diente a los sistemas de ciuda-
Ordenación Urbanística del Eje
des siguientes:
La Victoria- El Consejo-
Sabaneta- Las Tejerías.
ARTICULO 21.
A los efectos regulatorios del pre-
ción y ejecución de los planes de
sente Decreto, se requerirá pro-
Ordenación Urbanística siguien-
ceder a la aprobación de los Pla-
tes:
nes de Ordenación Urbanística
siguientes:
1.-Eje Magdaleno-San Francis-
co-Tocorón.
1.- Area Metropolitana de
2.- Camatagua - Carmen de Cura
Maracay, Turmero, Cagua, El Li-
3.- Barbacoas.
món, Palo Negro, San Mateo,
ARTICULO 23.
A los efectos regulatorios del pre-
Santa Cruz.
sente Decreto, se requerirá dotar
2.- Villa de Cura.
de adecuados instrumentos de
3.- San Sebastián.
Planificación Urbana a los cen-
4.- San Casimiro.
tros poblados definidos en el 4º y
5.- Colonia Tovar
5º nivel, establecidos en el artí-
culo 3 del presente Decreto.
ARTICULO 22.
A los efectos regulatorios del pre-
sente Decreto, se requerirá pro-
ceder a la elaboración, aproba-
ARTICULO 24.
A los fines de alcanzar el desarro-
llo sustentable en todo el ámbito
del Estado Aragua, se fomentará
el desarrollo integral de los centros poblados del sur del Estado Aragua:
San Casimiro, San Sebastián, Camatagua, Barbacoas y sus áreas pobladas aledañas.
SECCION VI
DEL USO INDUSTRIAL
ARTICULO 25.
Se asigna para el uso industrial
ARTICULO 27.
Para los espacios destinados a
una superficie aproximada de
las actividades industriales se
3.828 hectáreas correspondien-
definen las siguientes acciones:
tes a las áreas industriales y
agroindustriales localizadas den-
1.-Orientar y estimular la localiza-
ción de industrias dentro de los
tro de las poligonales urbanas
espacios definidos para tales fi-
aprobadas, distribuídas como si-
nes en las poligonales urbanas
gue:
establecidas, a fin de consolidar
el parque industrial del Estado.
ARTICULO 26.
En los centros poblados de Mag-
2.-Brindar facilidades para la ins-
daleno, Camatagua, San Casimi-
talación de industrias cuyos pro-
ro y Barbacoas se fomentará la
cesos sean lo menos contami-
actividad agroindustrial.
nante posibles, y controlar la ins-
talación de industrias altamente
contaminadoras y consumidoras
de agua en la Cuenca del Lago de
Valencia y del Río Tuy.
3.-Exigir a todas las industrias y agroindustrias instaladas o por instalarse en el Estado, los
sistemas de tratamiento de aguas servidas, emisiones atmosféricas y control de desechos de
acuerdo a las normativas correspondientes.
SECCION VII
DEL USO TURISTICO-RECREACIONAL
ARTICULO 28.
Mediante la consideración de las
1.- Promover, crear y consolidar
limitaciones ambientales, uso de
esquemas de aprovechamiento
los corredores turísticos que inte-
racional y desarrollo sostenible,
gren el área de la Colonia Tovar y
se asigna el uso turístico-
recreacional a los espacios del
Puerto Maya a los recursos turís-
Estado Aragua localizados y dis-
tribuidos bajo las siguientes cate-
ticos del Valle de Aragua y la
gorías de preservación:
Cuenca del Lago de Valencia.
ARTICULO 29.
Para cada área asignada como
de uso turístico-recreacional, se-
2.- Promover , crear y consolidar
gún sea pertinente, se elaborará
el corredor turístico que integre
el respectivo reglamento de uso o
los recursos costeros del área de
cualquier otra normativa que ga-
Ocumare de la Costa, La Boca,
rantice la preservación del área.
Cata y Cuyagua a los existentes
en la Cuenca del Lago de Valen-
cia.
ARTICULO 30.
Para los espacios destinados al
uso turístico-recreacional, se re-
comienda la definición y desarro-
3.- Promover , crear y consolidar
llo de los corredores turísticos
el corredor turístico que integre
que favorezcan el aprovechamien-
los recursos costeros de Choroní,
to de los recursos naturales, his-
Puerto Colombia-Chuao-Cepe a
tóricos, escénicos, folklóricos,
los existentes en la Cuenca del
culturales y la infraestructura exis-
Lago de Valencia.
tentes en el Estado Aragua, pro-
poniendo las siguientes accio-
4.- Promover, crear y consolidar
nes:
el corredor turístico que integre
los recursos existentes en el Embalse de Camatagua y sus alrededores a los existentes en la
Cuenca del Lago de Valencia y Valles del Tuy Medio.
SECCION VIII
DE LOS SITIOS DE INTERES
ARQUITECTONICO, ARTISTICO, HISTORICO
Y / O ARQUEOLOGICOS QUE CONSTITUYEN EL PATRIMONIO CULTURAL
ARTICULO 31.
Se designan como sitios de inte-
4.- Elaborar y ejecutar los proyec-
rés artístico, histórico, arquitec-
tos viales de las conexiones:
tónico y / o arquelógico los que se
mencionan a continuación:
a) Prolongación de la arteria vial
ART1 “Casanova Godoy”, desde
la zona industrial de San Jacinto
ARTICULO 32.
Para los sitios de patrimonio his-
hasta el Mácaro.
tórico-cultural, ó arqueológico se
b) Perimetral sur del área metro-
definen las siguientes acciones:
politana de Maracay
1. Para los decretados, deben
c) Palo Negro-Santa Cruz-Cagua-
ser objeto de estudio e investiga-
La Encrucijada
ción, restauración, conservación,
mantenimiento y reglamentación
d) Palo Negro-Magdaleno-San
por parte de los organismos com-
Francisco-Tocorón-Villa de Cura
petentes.
e) Cagua-Villa de Cura-San Juan
2. Para los no decretados, proce-
de los Morros
der a la declaración correspon-
diente por parte del organismo
f)
Pardillal-Camatagua-
competente, de acuerdo a la je-
Barbaco-as
rarquía del bien.
g) San Juan de los Morros-San
ARTICULO 33.
La autoridad competente podrá
Sebastián-San Casimiro-Valles
acordar sea declarado como "
del Tuy
Patrimonio Cultural del Estado
Aragua " , cualquier sitio o bien
h) Palo Negro-Magdaleno-Güigüe
que reúne las condiciones nor-
mativas exigidas para ello.
i) Formular un proyecto de trans-
porte alternativo para la Colonia
SECCION IX
Tovar.
DE LAS GRANDES OBRAS
5.- Construir, mejorar y/o mante-
DE INFRAESTRUCTURA
ner la vialidad agrícola del Estado
Aragua, dándole prioridad a los
ARTICULO 34.
El presente Plan de Ordenación
tramos siguientes:
establece para las Grandes Obras
de Infraestructura de Transporte,
a) Local L001 (carretera nacional)
y bajo la responsabilidad de los
Organismos competentes, las
b) Vialidad entre Cagua-Palo Ne-
siguientes acciones:
gro-Magdaleno (local 003-T011)
1.- Ejecutar el Proyecto Ferrovia-
c) Vialidad entre La Villa y San
rio propuesto para el Estado
Juan de los Morros (T002)
Aragua que forma parte del Plan
Nacional Ferroviario, asignándo-
d) Vialidad entre San Juan de los
le prioridad al trayecto Valle del
Morros-Valles del Tuy (T011 y
Tuy-Maracay y su extensión ha-
L005)
cia San Juan de los Morros-Sur
de Aragua.
e) Vialidad entre Pardillal y Bar-
bacoas (L008)
2.- Elaborar y ejecutar el Proyec-
to de Construcción del Aeropuer-
f)
Vialidad agrícola del área
to local de Camatagua.
circundante a Camatagua y a Bar-
bacoas
3.- Mejorar y ampliar la infraes-
tructura de servicio del Aeropuer-
g) Vialidad entre Magdaleno y
to Nacional que opera en la Base
Güigüe (Edo. Carabobo).
Aérea Mariscal Sucre.
h) Vialidad agrícola del Municipio
Tovar
los valles del Tucutunemo,
i) Vialidad agrícola del Municipio
Múcura I y Múcura II con las
Zamora
aguas tratadas provenientes de
Taiguayguay.
j) Vialidad entre Guacamaya y
Magdaleno
ARTICULO 36.
El presente Plan de Ordenación
ARTICULO 35.
El presente Plan de Ordenación
establece para las Obras de Sa-
del Territorio establece definir la
neamiento Ambiental las siguien-
prioridad, factibilidad y ejecución
tes acciones:
de las siguientes obras hidráuli-
cas, bajo la responsabilidad de
1.- Estudiar, someter a consulta,
los Organismos competentes:
desarrollar y reglamentar un Cen-
tro de Disposición Final de dese-
1.- Las presas Taguay, Tinapuey
chos sólidos no tóxicos en un
y Cura.
área cuyos análisis ambientales,
económicos y sociales lo permi-
2.- Obras de Trasvases:
tan.
a) Con fines de llevar a cabo el
2.- Construir los colectores que
proyecto de sistema de tratamien-
mejoren la red de drenaje, tanto
to de aguas servidas del Lago de
primario como secundario, en las
Valencia, concluir las obras en
ciudades de Maracay, Turmero,
ejecución.
Cagua, La Victoria y Santa Cruz
de Aragua y poblaciones meno-
b) Con fines de abastecimiento:
res.
* Incorporar los centros pobla-
3.- Concluir las obras del sistema
dos de Villa de Cura, Palo Negro,
de saneamiento de la Cuenca del
Santa Cruz y otros centros meno-
Lago de Valencia e incorporar al
res, al Acueducto Regional del
sistema los centros poblados de
Centro.
Palo Negro, Santa Cruz y San
Mateo.
* Estudiar la incorporación de
nuevas fuentes al Acueducto Re-
4.- Construir las obras de sanea-
gional del Centro con la finalidad
miento integral de La Victoria,
de cubrir los déficits más allá del
Colonia Tovar, El Consejo,
2005.
Sabaneta, Las Tejerías, Villa de
Cura, San Francisco de Asís,
* Incorporar los centros meno-
Tocorón, Magdaleno, Ocumare-
res circunvecinos al Acueducto
El Playón, Cata-Cuyagua,
del Sur.
Choroní-Puerto Colombia,
Camatagua, Barbacoas, San
3.- Sistema de Riego:
Casimiro y Taguay.
a) Proyectar y construir sistemas
de riegos en los Valles de los ríos
ARTICULO 37.
El presente Plan de Ordenación
Taguay, Tinapuey y Cura, según
establece la construcción de las
se establezca la prioridad y
siguientes Obras Eléctricas:
factibilidad de construcción de
los embalses propuestos.
1.- Instalar línea de transmisión
eléctrica de 230 Kv de las si-
b) Diseñar y ejecutar un progra-
guientes zonas: Santa Cruz-El
ma para la recuperación y sanea-
Consejo, La Hamaca, El Anillo
miento de la red de canales de
Costero y Corinsa.
distribución y aducción de aguas
del sistema de riego Zuata-
2.- Construcción anillo 34,5 Kv
Taiguayguay.
del litoral costero aragüeño.
c) Acelerar el proyecto para esta-
3.-Construcción anillo 34,5 Kv sur
blecer un sistema de riego para
de Aragua norte de Guárico.
4.- Ampliación de la Sub-estación
1.5 Investigaciones dirigidas ha-
Cagua.
cia la utilización en la agricultura
de las aguas residuales de origen
5.- Construcción de la Sub-esta-
urbano-industrial.
ción Corinsa definitiva, 115/13.8
Kv, 2 x 30 Mva.
1.6 Investigaciones orientadas
hacia una mayor eficiencia de los
6.- Puesta en servicios del Patio
sistemas de riego.
115/13.8 Kv, 30 Mva de la Sub-
estación Mácaro.
1.7 Estudio que determine
factibilidad y priorización de eje-
7.- Ampliación de la Sub-estación
cución de los embalses Taguay,
Palo Negro, 115/13.8 Kv, 2 x 30
Tinapuey y Cura.
Mva.
1.8 Estudio geotécnico-hidrológico
8.- Construcción Sub-estación
para evaluar riesgos de subsidencia
115/13.8 Kv, 2 x 30 Mva, Tejerías
del suelo por sobreexplotación de
II.
acuíferos.
1.9 Estudio para la instalación de
SECCION X
una red hidrométrica completa en
el Estado, la cual permita medir
DE LOS ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
no solamente el volumen de agua
de los ríos, sino también los
parámetros físico-químicos y bio-
ARTICULO 38.
El presente Plan de Ordenación
lógicos de los mismos.
establece llevar a cabo los estu-
dios e investigaciones que en
1.10 Investigación sobre los me-
materia de recursos hidráulicos,
canismos de recuperación de la
uso agrícola, recursos minero-
calidad de los cuerpos de agua
energéticos, recursos turístico-
del Estado, y en particular del
recreacionales, uso urbano-indus-
Lago de Valencia.
trial, uso forestal y saneamiento
ambiental se señalan a continua-
1.11 Evaluación de la calidad
ción:
bacteriológica de las aguas sub-
terráneas de la Cuenca del Lago
1.- Sobre los Recursos Hidráuli-
de Valencia.
cos:
1.12 Estudio de factibilidad de
1.1 Estudios para definir regíme-
aprovechamiento de las aguas
nes óptimos de utilización de las
del Lago de Valencia para usos
aguas subterráneas.
urbanos.
1.2 Investigaciones detalladas
1.13 Estudio para determinar, de
sobre infiltración en los suelos
acuerdo al impacto ambiental, la
lacustrinos.
ruta más adecuada para la dispo-
sición de los excedentes del Lago
1.3 Investigaciones sobre posi-
de Valencia.
bilidades de usar en ciertos pro-
cesos industriales, aguas
1.14 Definir nuevas fuentes al
residuales previamente tratadas.
Acueducto Regional del Centro
con la finalidad de cubrir los défi-
1.4 Evaluación de los procesos
cits más allá del 2015.
de sedimentación de los embal-
ses del Estado y particularmente
1.15 Estudio de la contaminación
de Zuata y Taiguayguay los cua-
y sobreexplotación de las aguas
les están contemplados como la-
subterráneas en la cuenca del
gunas de pulimento en el Progra-
Lago de Valencia y el Valle del
ma de Saneamiento Integral de la
Tucutunemo.
Cuenca del Lago de Valencia.
1.16 Estudio sobre la mejora de
* Evaluación de las potenciali-
la calidad de las aguas de la
dades pesqueras de los cuerpos
Cuenca del Río Guárico que des-
de agua del Estado.
embocan en la Represa de
Camatagua.
* Continuar con el “Estudio Inte-
grado de las Cuencas Altas del
1.17 Evaluar la capacidad
Estado” con el fin de establecer el
hidrológica de la vertiente norte
manejo adecuado de las tierras
de la Cuenca del Lago de Valen-
en vertientes y su aprovecha-
cia.
miento integral.
1.18 Evaluar las posibilidades de
* Estudios orientados hacia el
aprovechamiento hidroenergético
logro de un desarrollo agrícola-
de los embalses existentes y de
industrial(agroindustrial) armóni-
los cursos de agua del Estado, en
co en el Sur de Aragua, de acuer-
especial como parte de las medi-
do con las limitaciones propias
das para una mayor eficiencia de
de la zona (baja fertilidad de los
los sistemas de riego.
suelos, poca disponibilidad de
agua).
2.- Para el Sector Agrícola:
3.- Sobre el Sector Forestal:
2.1 Investigaciones para determi-
3.1 Estudios para sustentar el
nar cultivos factibles de ser rega-
proyecto Agro -Forestal para el
dos con aguas servidas tratadas.
sur del Estado Aragua.
* Estudio sobre cultivos facti-
3.2 Estudio de factibilidad del
bles de s er r egados c on
desarrollo forestal en otras áreas
excedentes de aguas provenien-
de estado no incluidas en el pro-
tes de la Cuenca del Lago de
yecto del Valle de Tucutunemo,
Valencia.
del Municipio Zamora.
* Investigación sobre los siste-
mas agrícolas más adecuados a
4.- Sobre los Recursos Mineros:
los suelos lacustrinos y aluviales
de la Cuenca del Lago de Valen-
* Evaluación del potencial y posi-
cia.
bilidades de explotación de los
minerales no metálicos en el Sur
* Estudio a mayor detalle la vo-
de Aragua, con el fin de determi-
cación de las tierras agrícolas
nar volúmenes y sitios de extrac-
extracuenca para determinar los
ción del material.
sistemas agrícolas acordes con
5.- Sobre el Uso Turístico-
ella.
Recreacional:
* Evaluación del impacto am-
* Estudio dirigido a evaluar los
biental ocasionado por la aplica-
recursos turísticos-recreacionales
ción de productos químicos en la
y su aprovechamiento integral,
agricultura, particularmente don-
haciendo mayor énfasis en los
de su uso es más intensivo:
continentales con el fin de orien-
tar la demanda hacia los recursos
Colonia Tovar, Depresión del Lago
distintos a las playas.
de Valencia y Valle del río Guárico.
* Estudio sobre capacidad de car-
* Estudios de tecnologías alter-
ga en las áreas recreativas o
nativas para minimizar el impac-
zonas de uso turístico-
to ambiental de las prácticas
recreacional.
agronómicas, basadas en la
biotecnología, manejo integrado
* Estudio sobre la utilización de
de plagas y labranza mínima.
otras alternativas para el turismo
recreacional en la Colonia Tovar,
Lago de Valencia y el Embalse de
7.5.1 Cuevas de Loma del
Camatagua.
Medio (Nº 4 del Catastro
Espeleológico Nacional) Munici-
6.- Sobre el Sector Urbano-Indus-
pio San Sebastián
trial:
7.5.2 Cascadas de Valle Morín.
6.1 Estudio de Disposición Final
Municipio San Casimiro
de desechos tóxicos y peligro-
sos.
7.6 Estudios para delimitar y
proponer los respectivos planes
6.2 Estudio sobre sitios adecua-
de uso y manejo de las ABRAES
dos para la disposición final de
propuestas en el presente plan.
desechos urbanos e industriales,
de acuerdo a las necesidades
específicas de cada centro po-
CAPITULO IV
blado del Estado.
DISPOSICIONES FINALES
7.-Otras Propuestas:
ARTICULO 39.
Las decisiones que adopten los
organismos de la Administración
7.1 Estudio sobre los beneficios
Pública Nacional, Central o Des-
económicos que pueden resultar
centralizada, o la que adopte la
de la comercialización del mate-
Corporación de Desarrollo Regio-
rial removido de las plantas de
nal, que tengan incidencia espa-
tratamiento de las aguas
cial, e impliquen acciones de ocu-
residuales urbanas.
pación del territorio de importan-
cia Estadal, deben ser aprobadas
7.2 Estudios orientados hacia el
por el Gobernador, en conformi-
aprovechamiento integral de ma-
dad con los lineamientos y previ-
teriales que pueden ser recicla-
siones del Plan Estadal de Orde-
dos y su comercialización. Ello
nación del Territorio. La aproba-
con el fin de aumentar la vida útil
ción prevista en este artículo,
de los sitios de disposición final
deberá ser adoptada o negada
de desechos sólidos, en particu-
por el Gobernador en un lapso de
lar, los de la Cuenca del Lago de
sesenta (60) días continuos. Ven-
Valencia.
cido el plazo, sin que hubiere
habido pronunciamiento expreso,
7.3 Elaborar el estudio ferroviario
la decisión se considerará apro-
correspondiente a la selección de
bada.
ruta y evaluación económica de
los tramos San Juan de los Mo-
ARTICULO 40.
La ejecución de actividades por
rros-Cagua-conexión con la
particulares y entidades privadas
troncal ferroviaria central y ramal
que impliquen acciones de ocu-
El Sombrero; y estudio preliminar
pación del territorio de importan-
del tramo San Juan de Los Mo-
cia estadal, deberán ser autoriza-
rros-Cagua-conexión con la
das previamente por el Goberna-
troncal central.
dor, de conformidad con los
lineamientos y previsiones del
7.4 Estudios dirigidos al aprove-
Plan Estadal de Ordenación del
chamiento práctico de otras fuen-
Territorio. La autorización previs-
tes de energía, en especial de las
ta en este artículo, deberá ser
energías renovables (Solar,
adoptada o negada por el Gober-
Eólica, Mini-Hidro-Energía, Bio-
nador en un lapso de sesenta
Energía y Energía Geotérmica).
días contínuos (60), vencido el
cual, sin que hubiere habido pro-
7.5 Estudios para la protección
nunciamiento expreso, la deci-
integral de zonas de particular
sión se considerará aprobada.
atractivo y valor para ser decla-
radas como monumento natural.
ARTICULO 41.
De conformidad con lo estableci-
do en los artículos anteriores, el
control de la ejecución del Plan
suficientes elementos que a su
de Ordenación del Territorio del
juicio justifiquen y motiven la
Estado Aragua, corresponde al
modificación, ajuste, reformula-
Gobernador de la entidad, para lo
ción o redimensión del Plan aquí
cual deberá requerir la opinión de
contenido así como cualquiera
la unidad desconcentrada del Mi-
de sus aspectos básicos o cola-
nisterio del Ambiente y de los
terales, reformar total o parcial-
Recursos Naturales Renovables.
mente, el presente Decreto.
ARTICULO 42.
Las aprobaciones y/o autoriza-
ARTICULO 46.
Forman parte del presente Decre-
ciones administrativas a que se
to, el Documento Base con sus
refieren los artículos anteriores,
correspondientes mapas de asig-
son requisitos previos para la so-
nación de uso.
licitud de afectación de los recur-
sos naturales renovables ante el
Ministerio del Ambiente y de los
ARTICULO 47.
Los Organismos de la Adminis-
Recursos Naturales Renovables.
tración Pública Nacional de los
En consecuencia, no deberá eje-
Estados y de los Municipios, las
cutarse las acciones que impli-
demás entidades o instituciones
quen ocupación del territorio sin
estatales que conforman la Ad-
la concurrencia de ambas autori-
ministración Descentralizada y
zaciones y/o aprobaciones.
los particulares y demás Entida-
des de carácter privado, están
obligados al cumplimiento de las
ARTICULO 43.
De conformidad con lo estableci-
disposiciones en el Plan Estadal
do en la Ley Orgánica para la
de Ordenación de Territorio. El
Ordenación del Territorio, el con-
incumplimiento de cualquiera de
trol de la ejecución del Plan de
la disposiciones contempladas en
Ordenación del Territorio del Es-
este decreto serán sancionadas
tado Aragua corresponde al Go-
de acuerdo a las normativas lega-
bernador de la Entidad, quien
les vigentes.
actuará con la asesoría de la
Comisión Estadal de Ordenación
ARTICULO 48.
Corresponde al Secretario de
del Territorio.
Estado para Asuntos Ecológicos
y Ordenación Territorial el control
de las disposiciones del presente
ARTICULO 44.
Cada Organismo integrante de la
Decreto y someter a considera-
Comisión Estadal de Ordenación
ción del Gobernador las aproba-
del Territorio en el ámbito de su
ciones y autorizaciones que im-
competencia, hará un seguimien-
plique ocupación territorial y afec-
to periódico al presente Plan y
tación de recursos naturales re-
recopilará la información obteni-
novables de acuerdo con las pre-
da en informes, documentos y
visiones y lineamientos del De-
mapas que remitirá a la Comisión
creto de Ordenación del Territo-
Regional de Ordenación del Terri-
rio.
torio, quien analizará y remitirá su
pronunciamiento al Gobernador
ARTICULO 49.
Corresponde a la Dirección de
del Estado Aragua.
Ambiente y Ordenación Territo-
rial la realización de actividades
ARTICULO 45.
Las directrices fundamentales de
de análisis de recaudos de ins-
ordenación territorial previstas en
pección, de monitoreo, de segui-
este instrumento, han sido esta-
miento y llevar un banco de datos
blecidas con el propósito de que
de las solicitudes, aprobaciones
informen el marco regulatorio aquí
y autorizaciones que se adopten
establecido durante un plazo de
en cumplimiento de las previsio-
cinco (5) años a partir de la publi-
nes y lineamientos del Plan de
cación del presente Decreto. Sin
Ordenamiento.
embargo, el Gobernador del Es-
tado, actuando de oficio o a peti-
ción de la Comisión Estadal y
ARTICULO 50.
En virtud de la titularidad que
Nacional de Ordenación del Terri-
sobre los terrenos baldíos exis-
torio, podrá, siempre que existan
tentes en su territorio tiene el
Estado Aragua, el Ejecutivo Esta-
los artículos 130 y 134 de la Constitución del Estado Aragua; en
dal a partir de la presente fecha,
concordancia con lo previsto por el artículo 3 de la Ley de
propenderá al establecimiento y
Protección Social del Policía; lo dispuesto por los artículos
ejecución de políticas públicas
1 y 2 , el ordinal 6 del artículo 4 y los artículos 11,18 y 19
destinadas a regular el uso del
de la Ley del Instituto de la Policía del Estado Aragua y lo
suelo de los indicados terrenos
preceptuado por los artículos 16 y 25 de la Ley de
así como el aprovechamiento de
Procemientos Administrativos del Estado Aragua.
los mismos de acuerdo a la nor-
mativa especial que el Poder Pú-
blico del Estado Aragua esta-
CONSIDERANDO
blezca al efecto. En tal sentido,
sobre los terrenos baldíos del
Que mediante la Ley de Protección Social del Policí-
Estado Aragua podrán ser desa-
a , publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria del Estado
rrolladas aquellas actividades
Aragua Nº 423 de fecha 18 de julio de mil novecientos
públicas o privadas que impli-
noventa y seis, fue creado un fondo especial para sufragar
quen la consecución y materiali-
los gastos ocasionados por los beneficios económicos y
zación de los servicios transferi-
sociales previstos en ella, el cual se denominó " Fondo de
dos o que se transfieran, en ejer-
Previsión Social.
cicio de las competencias concu-
rrentes establecidas en la Ley
Orgánica de Descentralización,
CONSIDERANDO
Delimitación y Transferencia de
competencias del Poder Público,
Que la referida Ley establece al Ejecutivo Estadal
pudiendo para ello solicitarse la
la obligación de crear el Instituto de Previsión Social del
desafectación de los fines de re-
Policía del Estado Aragua, el cual tendrá por función
forma agraria que eventualmente
brindar sus beneficios a los funcionarios activos, jubilados
pudieran pesar sobre los indica-
y pensionados del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del
dos terrenos, cuando el caso lo
Estado Aragua.
amerite.
CONSIDERANDO
ARTICULO 51.
El Secretario General de Gobier-
Que mediante Ley fue creado el Instituto de la
no y el Secretario de Estado para
Policía del Estado Aragua, ente autónomo, cuyo objeto es
Asuntos Ecológicos y Ordena-
administrar los recursos destinados a los servicios de
miento Territorial, cuidarán de la
policía.
ejecución de lo contemplado en
el presente Decreto.
CONSIDERANDO
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE ,
Que en cumplimiento de su objeto, el Instituto de la
Policía del Estado Aragua deberá apoyar presupuestaria,
Dado, firmado y sellado en el Despacho del Poder
estructural y funcionalmente las actividades de los entes,
Ejecutivo del Estado Aragua. En Maracay, a los ventiún
establecimientos y demás personas jurídicas que cumplan
días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y
funciones inherentes o complementarias a la función poli-
siete. Años 186° de la Independencia y 138° de la Federa-
cial como el Instituto de Previsión Social , entre otros.
ción.
DIDALCO BOLIVAR GRATEROL
DECRETO
GOBERNADOR DEL ESTADO ARAGUA
ARTICULO 1.
Se revoca totalmente el Estatuto
REFRENDADO :
Orgánico del Instituto de Previ-
sión Social del Cuerpo de Seguri-
dad y Orden Público del Estado
CARLOS VICENTE AQUINO
Aragua de fecha 14 de marzo de
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
1989, en atención a las modifica-
ciones consagradas en la refor-
ma efectuada a la Ley de Protec-
DIDALCO BOLIVAR GRATEROL
ción Social del Policía, promulga-
GOBERNADOR DEL ESTADO ARAGUA
da por la Asamblea Legislativa
En uso de las atribuciones legales que me confieren
del Estado Aragua el 26 de junio
dula de Identidad N° 10.615.513,
de 1996.
el Inspector Jefe Alvaro Castella-
no, titular de la Cédula de Identi-
dad N° 8.989.945 y el Sargento
ARTICULO 2.
Corresponderá a partir de la pre-
Jesús Omar Morillo, titular de la
sente fecha, al Instituto de la
Cédula de Identidad N° 4.226.392.
Policía del Estado Aragua la ad-
Esta Junta Interventora permane-
ministración y suprema dirección
cerá en funcionamiento hasta tan-
del Fondo de Previsión Social, a
to el Instituto de la Policía del
los fines adaptar las presentes
Estado Aragua proceda a la crea-
disposiciones reglamentarias al
ción de la unidad administrativa a
nuevo régimen financiero y de
la cual se refiere el Artículo 3 de
administración, que para las acti-
este Decreto, pudiendo en ese
vidades de seguridad ha previsto
período, nombrar a los funciona-
la Ley que lo crea.
rios administrativos que conside-
re necesarios con el carácter de
asesores o auxiliares técnicos en
ARTICULO 3.
El Instituto de la Policía del Esta-
las decisiones que a bien se to-
do Aragua creará la unidad admi-
men. Dichos nombramientos se-
nistrativa que tenga a su cargo las
rán efectuados por el Gobernador
actividades inherentes a la admi-
del Estado en su condición de
nistración y manejo del Fondo de
Presidente de la Junta Intervento-
Previsión Social del Policía.
ra.
ARTICULO 4.
Quedan derogadas todas las dis-
ARTICULO 7.
El Secretario General de Gobier-
posiciones reglamentarias que
no y el Secretario Sectorial de
respecto a la administración y
Prevención y Seguridad Ciudada-
manejo del Fondo de Previsión
na, cuidarán de la ejecución de lo
Social del Policía colidan con las
contemplado en el presente De-
disposiciones de este Decreto y
creto.
con las de la Ley del Instituto de
la Policía del Estado Aragua.
COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE,
ARTICULO 5.
El Instituto de la Policía del Es-
Dado, firmado y sellado en el Despacho del Poder
tado Aragua dictará el Reglamen-
Ejecutivo del Estado Aragua. En Maracay, a los veintiún
to Interno del Fondo de Previsión
(21) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa
Social del Policía, estableciendo
y siete. Años 186º de la Independencia y 138º de la
en él su estructura, trámite admi-
Federación.
nistrativo y demás previsiones in-
ternas.
DIDALCO BOLIVAR GRATEROL
GOBERNADOR DEL ESTADO ARAGUA
ARTICULO 6.
Con carácter temporal y con el
objeto de proceder a practicar
todas las actuaciones adminis-
REFRENDADO:
trativas a que hubiere lugar sobre
el Fondo de Previsión Social, así
como las auditorías y demás in-
CARLOS VICENTE AQUINO
vestigaciones contables de rigor,
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
se designa una Junta Intervento-
ra, integrada por el Gobernador
del Estado Aragua, quien la presi-
LUIS EDUARDO SANTANDER PEÑALOZA
dirá, el Procurador General del
SECRETARIO SECTORIAL DE PREVENCION
Estado Aragua, el Contralor Ge-
Y SEGURIDAD CIUDADANA
neral del Estado Aragua, el Comi-
sario Jefe Ramón Velazco titular
de la Cédula de Identidad N°
5.450.935, el Sub-Comisario
Jhonny Alvarado, titular de la Cé-